3.1.3. La zona oriental: sector del Extremo Noreste, sector central y sector meridional
El sector del Extremo Noreste partía del litoral, entre Burela y la ría del Eo, y alcanzaba la línea formada por A Pastoriza-Santo André de Logares (punto septentrional del municipio de Fonsagrada). Por el oeste, llegaba hasta la Sierra de Buio y la Sierra de Toxiza. Por el sur y este, se encontraban dos ejes montañosos en ángulo recto, orientado oeste-este, que prolongaba el Cordal de Neda, y marcaba la línea de partición de las aguas entre la cuenca del río Masma y el del Miño superior; otro orientado sur-norte, que separaba los afluentes de la ribera derecha del río Masma de los afluentes de la ribera izquierda del río Eo40.
En este sector, la dimensión de las “agras” era grande, entre 6 y 10 hectáreas, aunque también eran frecuentes las “agras” de 4 a 5 hectáreas de superficie.
El sector central se extendía de la línea que abarcaba A Pastoriza-Santo André de Logares, al norte, a la formada por O Incio-Santa Madanela de Riocereixa, al sur41. Las “agras” eran grandes, al igual que en el sector del Extremo Noroeste.
El sector meridional discurría, en sentido norte-sur, desde la línea O Incio-Riocereixa hasta el Sil. De este-oeste, se encontraba nítidamente desfasado hacia el oeste con respecto al sector central42. En relación al tamaño de las “agras”, eran de mayor tamaño a las de los sectores precedentes, entre 10 a 14 hectáreas.
3.1.4. Dominio de los terrenos de organización doble: de “agras” y de bancales (“bancais”)y terrazas (“socalcos”)
Desde la ría de Corcubión hasta la baja Limia (frontera portuguesa) se extendía en diagonal una zona en la que los terrenos presentaban una organización doble: de “agras” y de bancales y terrazas. La misma organización también se encontraba en un pequeño sector separado entre el río de Vigo y el bajo Miño43.
3.1.5. La zona sudoriental
La zona sudoriental estaba limitada, al norte, por la ribera vitícola del Sil y del Miño. Al sur, seguía la frontera portuguesa. Por el este, discurría desde la zona este de las montañas del bajo Limia y de las mesetas de Arnoia medio, hasta la línea Verín-Larouco44.
3.2. LA RELEVANCIA DEL “AGRA” DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO
Si bien en el apartado anterior se destacaba la peculiar configuración física del “agra”, especialmente el reducido tamaño de las fincas que la conformaban, desde un punto de vista estrictamente jurídico la relevancia del “agra” se encuentra en que dicho agrupamiento de fincas en el seno del “agra” daba lugar a una especie de comunidad que exigía el respeto de determinadas relaciones de vecindad por parte de todos los usuarios del “agra” para no entorpecer su adecuado funcionamiento interno45.
El elevado grado de interdependencia entre las parcelas del “agra” impedía que sus usuarios pudiesen organizar la explotación individual de las mismas sin tener en cuenta a los demás. El reducido tamaño de los predios, el abundante número de fincas que integraban el “agra”, las irregularidades del terreno, la situación de enclavamiento en la que se hallaban la mayoría de los fundos y la señalización rigurosa de los límites de las parcelas por parte de los distintos usuarios impedía pensar en dicha posibilidad46. Aunque el campesino gallego anhelaba la independencia e inviolabilidad de sus fincas, era necesaria una disciplina colectiva para poder obtener el máximo rendimiento en su explotación individual.
3.2.1. Los problemas derivados de la limitación de las fincas del “agra” y sus consecuencias
Los elementos de cierre de las fincas, en general, cumplían una doble función: por una parte, servían de elementos de señalización de los límites de las fincas y, por otra, permitían franquear el libre acceso a ellas a las personas y al ganado47.
Teniendo en cuenta el reducido tamaño de los fundos que formaban el “agra”, el cierre individual de cada uno de los predios situados en su interior impediría o dificultaría excesivamente las labores que requería su explotación agrícola. La pérdida de terreno que suponía la construcción de sólidas fronteras entre las parcelas del “agra” obligaba a optimizar el espacio dedicado a la fijación de los lindes, recurriendo a elementos de cierre más sencillos que ocupasen el espacio mínimo imprescindible48.
De ahí que las parcelas del “agra” contasen con un único cercado exterior común a todas ellas. En la mayoría de los casos el cierre estaba constituido por un muro de piedra, aunque también eran frecuentes los formados con tierra (“valados”), setos vivos (“sebes”) o losas de pizarra (“chantós” o “chantas”)49. En el interior del “agra” no solía haber muros50, sino que las líneas fronterizas entre los predios se señalizaban, normalmente, con pequeños “marcos” o mojones de piedra que se colocaban en las esquinas de las fincas. Las reducidas dimensiones y la estrechez de los fundos no permitían dar acceso a todas las parcelas mediante sendas, y mucho menos cerrarlas de forma individual, dada la pérdida de terreno excesiva que ello supondría y que, incluso, impediría maniobrar con una yunta dentro de muchas de ellas51.
Los “marcos” eran simples piedras enclavadas en la tierra en el límite de dos o más fincas, carentes de una forma o grosor característico y fácilmente identificables por el campesino, a quien le bastaba la simple mirada para reconocer si se trataba de una piedra cualquiera o de un auténtico “marco”. En ocasiones, se encontraban cubiertos por la vegetación o, incluso, llegaban a enterrarse por completo con el paso del tiempo, lo que tampoco suponía un verdadero problema para el campesino, porque éste conocía a la perfección su ubicación exacta. Además, era habitual que pegados a los “marcos” hubiera dos piedras de menor tamaño que los afirmaban (“testigos”)52.
De este modo, mientras que por el exterior del “agra” las fincas quedaban sólidamente protegidas de las eventuales incursiones de terceras personas o del ganado, en su interior el reducido tamaño de los fundos obligaba a sus usuarios a tener que recurrir a elementos divisorios más frágiles que ocupasen el mínimo espacio imprescindible. De ordinario, los lindes entre las parcelas colindantes se fijaban con una simple línea imaginara trazada de “marco” a “marco” que, al ser fácilmente transgredibles, generaba fuertes riñas y disputas vecinales. En efecto, la práctica fraudulenta más habitual era, precisamente, el desplazamiento de los “marcos” hacia el interior de la finca contigua, aunque la operación sólo podía abarcar escasos centímetros, debido al escaso tamaño de los predios y a que el campesino conocía con exactitud la ubicación de los “marcos”, incluso cuando hubiesen quedado cubiertos por la vegetación o enterrados bajo tierra