Las "serventias" en Galicia. José Luís Ramos Blanco. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: José Luís Ramos Blanco
Издательство: Bookwire
Серия: Colección ciencia y pensamiento jurídico.
Жанр произведения: Сделай Сам
Год издания: 0
isbn: 9788412324501
Скачать книгу
–a los que dicho autor denomina “servidumbre alternativa de vía”–, las “agras” se hallarían divididas a tal efecto en dos partes, llamadas “hojas”. A la “hoja” del pan –centeno, trigo o maíz– se interrumpían los caminos que pasaban por dichas “agras”, obstruyendo sus entradas con muros de piedra, palos atravesados o zanjas, quedando los predios que dicho camino atravesaba libres de la carga de tener que soportar el paso de los usuarios de las fincas vecinas hasta que se levantaran las cosechas. A la otra “hoja”, que se abría al tránsito, separando los obstáculos puestos el año anterior para impedirlo, las fincas quedaban a barbecho, o se dedicaban al cultivo de patatas, nabos y otros frutos análogos89.

      Dicha disciplina de cultivos debía ser cumplida rigurosamente por todos los usuarios de los fundos del “agra”, salvo en determinados casos muy excepcionales.

      Si las prolongadas lluvias del otoño impidieran sembrar a tiempo con centeno alguna o algunas de las fincas del “agra”, el único medio para no condenarlos a perder una cosecha era permitir, a las parcelas que quedaran vacías, sembrar maíz o plantar patatas tan pronto como llegara la primavera.

      Si, como consecuencia de un invierno demasiado húmedo o riguroso, se destruyera el trigo o centeno todavía no maduro en algunos predios, se permitía una nueva puesta en cultivo.

      Si en el año de centeno un campesino, insuficientemente dotado de tierras y pobre, necesitara indispensablemente para alimentar a su familia plantar patatas, se le permitía hacerlo.

      En correspondencia aparentemente lógica con las obligaciones de rotación de los cultivos, las entradas del “agra” debían mantenerse cerradas mientras las tierras llevaban fruto. BOUHIER destaca algunos de los sistemas de prohibición de entrada adoptados en la zona de las grandes “agras”.

      En algunos lugares, las entradas se cerraban en fechas fijas tanto para el cereal de invierno como de verano.

      En otros, más numerosos que los anteriores, el cerramiento y la apertura sólo se realizaba en fechas concretas para el cereal que se consideraba más importante, o, si se señalizaban para ambos cereales, sólo para el cierre y no para la apertura, que tenía lugar simplemente cuando las cosechas estaban maduras. En la elección de las fechas se solía dejar, teniendo en cuenta las condiciones climáticas locales, un margen de una a dos semanas más allá de los límites de siembra normalmente permitidos.