Un contrato, en consecuencia, no solo beneficia a las partes, en la medida que permite que obtengan los recursos que desean; también beneficia a la organización social, en la medida que genera las condiciones para que las partes realicen intercambios subsecuentes con terceros. Esos intercambios permiten que los terceros agreguen sus recursos a los mercados y fomenten el incremento de la producción en general.
Tanto los terceros como el Estado se benefician con los intercambios antes indicados, en la medida que obtienen ingresos (ganancias e impuestos).
Los mercados requieren que los contratos sean legalmente exigibles, pues solamente bajo ese estado de cosas las personas tendrán incentivos para generar excedentes. B produce más trigo del que necesita para su consumo solamente porque C, D y E asumen el compromiso de adquirir ese producto. B sabe ex ante que si C, D y E no cumplen ese compromiso, B puede demandar la ejecución forzada o el pago de una indemnización. El riesgo de incumplimiento de C, D y E se encuentra, por tanto, controlado. Pero si, por alguna extraña razón, el sistema legal establece que el incumplimiento de compromisos de adquirir trigo no habilita a demandar la ejecución forzada ni el pago de una indemnización, B no tendrá incentivos para generar excedentes: ¿por qué incurrir en costos de producción si C, D y E pueden incumplir su compromiso de adquisición con toda impunidad?
Generalmente, los contratos que se celebran en los mercados contemplan pagos diferidos o, en otras palabras, “financiamiento” (directo o indirecto). Las personas que adquieren acceso a energía eléctrica, agua, Internet o televisión por cable, pagan en el futuro lo que consumen en el presente. Las personas que prestan sus servicios reciben en el futuro lo que aportan en el presente. En el primer caso, los proveedores financian a los consumidores. En el segundo caso, los locadores financian a los comitentes.
La contratación con pagos diferidos es socialmente valiosa porque permite maximizar la producción. Si los mercados solo operan con contratos con pagos inmediatos, (i) los compradores solo demandan activos que puedan adquirir al contado (X); y, (ii) los vendedores solo producen esos activos (X). Pero si los mercados operan tanto con contratos con pagos inmediatos como con contratos con pagos diferidos, (i) los compradores demandan tanto activos que puedan adquirir al contado (X), como activos que no puedan adquirir al contado (Y); y, (ii) los vendedores producen ambos activos (X+Y). Por tal razón, el consumo y la producción se expanden de forma constante (Harari, 2015, pp. 309 y 310).
Los contratos cumplen una función económica crítica: asignar los recursos a las personas que más los valoran en un momento determinado.
Los contratos de ejecución en el tiempo cumplen, además, otra función económica crítica: asignar los riesgos a las personas que pueden tolerarlos a menor costo.
Estas dos funciones económicas no solamente promueven la eficiencia de los mercados; también explican la existencia de regulación legal en materia contractual.
V. ASIGNACIÓN DE RECURSOS
Los recursos son valiosos en función de la utilidad que generan para las personas32. Esa utilidad es determinada por las necesidades y las preferencias de estas últimas. Esas necesidades y preferencias cambian a lo largo del tiempo (a veces de forma gradual, a veces de forma abrupta).
En todas las sociedades, los recursos circulan, con menor o mayor intensidad, en función de las leyes de los mercados. De forma diaria, millones de vendedores y de compradores realizan millones de transacciones sobre millones de productos. ¿Por qué B decide transferir 100 kg de trigo a C a cambio de $10,000?
La respuesta a la pregunta formulada es simple: el mayor valor del dinero.
B tiene un recurso (trigo), pero desea otro recurso (dinero). B decide transferir el recurso que tiene a cambio del recurso que desea porque valora más el recurso que desea que el recurso que tiene. Evidentemente, para que la transacción se realice, es necesario que C decida transferir $10,000 a cambio de 100 kg de trigo. Y para que esto ocurra, es necesario que C valore más el recurso que desea (trigo) que el recurso que tiene (dinero).
Si cada parte valora más el recurso que ofrece la contraparte, entonces ambas celebrarán un contrato. ¿Qué función cumplirá el contrato celebrado? Evidentemente, permitir el intercambio de recursos para que sean utilizados por las personas que más los valoran.
Sabemos que toda acción tiene costos. Para que B y C realicen el intercambio de trigo por dinero, ambos deben, cuando menos, adquirir información (sobre la contraparte, el recurso, etc.) y negociar. Imaginemos que la transacción será ejecutada de forma diferida. En este caso, cada parte necesita adquirir información relevante sobre su contraparte (p.e. ¿cumple sus compromisos?). Asimismo, cada parte necesita contratar asesores que negocien los documentos contractuales (p.e. compraventa, garantía). Las partes, en consecuencia, deben invertir tiempo y dinero. Los costos en los que las partes incurren para adquirir información y negociar un contrato se denominan “costos de transacción”33.
En un mundo sin costos de transacción es suficiente con que cada parte valore más el recurso ofrecido por la contraparte para que el contrato se celebre34. Pero en un mundo con costos de transacción, desafortunadamente, no es suficiente con que cada parte valore más el recurso ofrecido por la contraparte para que el contrato se celebre. Veamos por qué.
Imaginemos que B está dispuesto a transferir el recurso que tiene (90 kg de trigo) a $9035. Imaginemos, además, que C está dispuesto a pagar $110 por ese recurso36 y que no existen costos de transacción. En este escenario, B y C seguramente celebrarán un contrato, pues la brecha que existe entre los precios de reserva ($21) otorga 21 posibilidades de lograr un acuerdo mutuamente satisfactorio. Si B y C pactan un precio de $100, cada uno habrá obtenido un beneficio mayor al esperado: B habrá recibido $10 más de lo que esperaba y C habrá pagado $10 menos de lo que esperaba.
¿Qué ocurre si existen costos de transacción?
Imaginemos que B y C deben asumir, cada uno, costos de transacción ascendentes a $11. Si B debe invertir $11 en obtener información sobre C y en negociar el contrato, B demandará un precio de $101 con el fin de mantener su precio de reserva ($90). Por su parte, si C debe invertir $11 en obtener información sobre B y en negociar el contrato, C ofrecerá un precio de $99 con el fin de mantener su precio de reserva ($110). Evidentemente, B y C no celebrarán contrato alguno.
El análisis efectuado tiene dos implicancias legales.
Primera: los contratos incrementan de forma directa el nivel de bienestar de las partes y de forma indirecta el nivel de bienestar de la organización social, al crear las condiciones necesarias para la realización de intercambios subsecuentes. Tales intercambios permiten agregar recursos a los mercados y, por consiguiente, fomentan el incremento general de la producción. La ley, por lo tanto, debe facilitar la celebración de contratos y garantizar a las partes que sus derechos serán protegidos por el aparato estatal, incluso a través de la coerción.
Segunda: los costos de transacción impiden que las personas accedan a los recursos que más valoran a través de los contratos. Por lo tanto, la ley debe reducir los costos de transacción. A menores costos de transacción, mayores posibilidades de que las personas celebren contratos y accedan a los recursos que requieren para incrementar su bienestar.
Una de las formas más sencillas de reducir los costos de transacción consiste en diseñar las reglas legales en función de las soluciones que las personas razonablemente adoptarán37.
VI. ASIGNACIÓN DE RIESGOS
6.1. Incertidumbre
No existe actividad humana inmune a la incertidumbre. La posibilidad de que ocurra un evento que genere consecuencias adversas forma parte del escenario natural y habitual en el que las personas realizan sus actividades.
Las catástrofes naturales y los accidentes suelen generar pérdidas humanas y económicas a gran escala. En muchos casos, la magnitud de los daños ocasionados por terremotos, huracanes o explosiones de plantas nucleares puede alcanzar un porcentaje considerable del producto bruto interno de toda una nación.