82 Cfr. BOUHIER, A., op. cit., pp. 333 y ss.
83 Cfr. FERNÁNDEZ DE ROTA, J. A., Antropología de, op. cit., p. 43. En este mismo sentido vid. RODRÍGUEZ PARDO, J. L., op. cit., p. 51. También MOURE MARIÑO y RODRÍGUEZ MONTERO parecen referirse a los “arredores” como posibles lugares de tránsito, al señalar que el paso se efectuaba, con carácter general, por las cabeceras de las fincas, en las que, precisamente, se encontraban situados los “arredores”. Cfr. MOURE MARIÑO, P., op. cit., pp. 155 y 171; RODRÍGUEZ MONTERO, R. P., “Problemática, op. cit., p. 166.
84 Cfr. GARCÍA RAMOS, A., Arqueología, op. cit., p. 95.
85 Ibídem.
86 Cfr. MARTÍNEZ-RISCO Y MACÍAS, S., “Lagunas, op. cit., p. 317; DÍAZ FUENTES, A., Dereito civil, op. cit., pp. 132 y ss.; BOUHIER, A., op. cit., pp. 421 y 476; DÍAZ FUENTES, A., “Hacia la, op. cit., pp. 29 y ss.
87 Vid. lo dispuesto a este respecto en p. 46.
88 Según CARDESÍN todavía en los años 50 del siglo pasado existían en la comarca de la “Terra Chá” “agras” que se encontraban sometidas a un barbecho bienal. Cfr. CARDESÍN, J. M., op. cit., p. 215. En este sentido también BOUHIER, A., op. cit., pp. 405 y ss. y p. 420. Respecto a la desaparición del barbecho en las distintas zonas de Galicia vid., entre otros, RODRÍGUEZ GALDO, M. X. y DOPICO, F., Crisis agrarias y crecimiento económico en Galicia en el siglo XIX, Ediciós do Castro, A Coruña, 1981, pp. 33 y ss.; VILLARES, R., La propiedad de la tierra en Galicia (1500-1936), Siglo XXI de España Editores, Madrid, 1982, pp. 25 y ss. y 190 y ss.; BARREIRO FERNÁNDEZ, X. R., op. cit., pp. 124 y ss.; FERNÁNDEZ DE ROTA, J. A., Antropología de, op. cit., p. 27; SAAVEDRA, P., Economía, op. cit., pp. 140 y ss., 167 y ss. y 180 y ss.; CARDESÍN, J. M., op. cit., pp. 131 y ss.; SAAVEDRA, P., A vida, op. cit., pp. 79 y ss.
89 Cfr. HERVELLA FERREIRA, A., op. cit., pp. 133 y ss. En este sentido vid. también DÍAZ FUENTES, A., Dereito civil, op. cit., pp. 132 y ss.; BOUHIER, A., op. cit., pp. 421 y 476; DÍAZ FUENTES, A., “Hacia la, op. cit., pp. 29 y ss.
90 Vid. MARTÍNEZ-RISCO Y MACÍAS, S., “Lagunas, op. cit., p. 317. En este sentido también FERNÁNDEZ DE ROTA, J. A., Antropología de, op. cit., p. 45.
91 Según RODRÍGUEZ MONTERO, el camino “serventío” era mutable físicamente, se transformaba apareciendo y desapareciendo, y sólo se abría alternativamente al tránsito; cuando la vía se sembraba –en determinadas temporadas, y de acuerdo con los usos establecidos–, el cultivo interrumpía el tránsito (desaparición del camino) hasta que se recogía la cosecha (aparición del camino). Cfr. RODRÍGUEZ MONTERO, R. P., “Problemática, op. cit., p. 169. También DÍAZ FUENTES, A., “Hacia la, op. cit., p. 30.
92 Cfr. PAZ ARES, J. C., “Especialidades, op. cit., p. 725. También MARTÍNEZ-RISCO Y MACÍAS, S., “Lagunas, op. cit., p. 317; FERNÁNDEZ DE ROTA, J. A., Antropología de, op. cit., p. 45; LISÓN TOLOSANA, C., op. cit., p. 18; LORENZO MERINO, F. J., El Derecho Civil de Galicia y la Propuesta de Compilación del 22 de marzo de 1991, Publicacións da Asociación Galega de Estudios Xurídicos, Santiago de Compostela, 1992, p. 42; RODRÍGUEZ PARDO, J. L., op. cit., p. 51; DÍAZ FUENTES, A., “Hacia la, op. cit., p. 30; DÍAZ FUENTES, A., “Instituciones, op. cit., p. 120; SAAVEDRA, P., “Servidumbres, op. cit., p. 370.
93 Cfr. BOUHIER, A., op. cit., p. 344.
94 Ibídem.
95 Ibídem. Según CARDESÍN, a finales del siglo XIX, en la parroquia de San Martiño (Ayuntamiento de Castro de Rey, provincia de Lugo), la mayor parte de la superficie cultivada estaba dedicada al centeno, en régimen de año y vez. Durante el año en que las tierras quedaban a barbecho, las fincas se convertían en un espacio forrajero, quedando abiertas al pastoreo de los ganados de todos los vecinos. Ganados, cuyos excrementos constituían la única fuente de estiércol que recibían esas tierras. Para garantizar esta alternancia de aprovechamientos, el terrazgo se dividía en cuatro grandes “hojas”: el Agra de Francos (unas 32 hectáreas), la de Fioqueira (sobre 30 hectáreas), la de Casás (29,4 hectáreas) y la de Cal (17,8 hectáreas). Esta última estaba ya reducida a cultivo intensivo, y las otras tres se explotaban en régimen de año y vez. De este modo, el año que la de Francos se sembraba, las de Casás y Fioqueíra quedaban en barbecho. Es decir, el terrazgo se dividía en dos grandes “hojas”, una sembrada y otra convertida en campo de pasto común. Parejamente toda casa distribuía sus fincas en dos “manos”, de forma que esa casa disponía todos los años de suficiente superficie a sembrar. Las reducidas dimensiones, la estrechez de las fincas y su configuración en bandas de tipo “lanière”, impedían dar acceso a todas las parcelas mediante sendas y cerrar las lindes con muro o seto, debido a la pérdida excesiva de terreno que ello conllevaría, y que, en ocasiones, harían imposible maniobrar con una yunta dentro de muchas. Tales dificultades se superarían a través de un sistema de obligaciones colectivas establecidas sobre el terrazgo: un calendario agrícola y la rotación coordinada de las “agras”. De esta manera, todas las fincas de un mismo “agra” debían rotar conjuntamente, llevando, por ejemplo, centeno en el año de nones y quedar en barbecho en el año de pares. Según este autor, el sistema de obligaciones colectivas sobre las “agras” se mantuvo en San Martiño durante el siglo XIX, mientras el barbecho se suprimía fuera de ellas. No se trataba de un caso aislado, puesto que en la Meseta de Lugo el barbecho bienal empezó a romperse en las “agras” con la introducción de la patata entre los años 1890 y 1920, movimiento que se generalizaría a partir de 1925. Cfr. CARDESÍN, J. M., op. cit., pp. 131 y ss. También HERVELLA FERREIRA, A., op. cit., pp. 133 y ss.; CABANA, A., “Lo que queda, op. cit., pp. 41 y ss.
96 Cfr. BOUHIER, A., op. cit., pp. 346 y ss. Según CARDESÍN, el paso quedaba prohibido cuando las plantas empezaran a brotar, momento en el cual se cerraban las “agras” hasta la cosecha. Cfr. CARDESÍN, J. M., op. cit., p. 134. En relación a la provincia de Mondoñedo, señala SAAVEDRA que una vez levantado el fruto, las “agras” se franqueaban a los ganados. Cfr. SAAVEDRA, P., Economía, op. cit., p. 140.
97 Cfr. BOUHIER, A., op. cit., pp. 347 y ss.
98 Ibídem, p. 348.