3.3.2.1. El caso de la locatio conductio rei y la remissio mercedis en derecho romano
NOTAS AL PIE
ÍNDICE DE FUENTES DE TRADICIÓN MANUSCRITA, LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA
La presente investigación es el resultado de mi proceso de formación doctoral en Italia. Deseo agradecer sinceramente a la Università degli Studi di Roma “Tor Vergata” y, en particular, a su Centro di Studi Giuridici Latinoamericani por acogerme en su seno, al igual que, de manera muy especial, a la Universidad Externado de Colombia, en cabeza de su rector, el profesor Juan Carlos Henao, por el apoyo que, de manera tan generosa, me brindó para poder adelantar satisfactoriamente el camino que hoy culmina con esta publicación.
Presento, igualmente con gran estima, mi agradecimiento al profesor Felipe Navia Arroyo, director del Departamento de Derecho Civil, por haber creído en mí y haber sido permanente vigía del proceso de investigación que antecedió este trabajo y por su atenta lectura del mismo, y al profesor Édgar Cortés Moncayo, quien desde mis años de estudiante en la Facultad de Derecho ha sido para mí un maestro y un ejemplo de ser humano, con su invaluable apoyo, consejo y presencia.
Sea esta, también, la ocasión para reiterar con el mayor cariño y respeto mi profundo agradecimiento tanto a mi directora de tesis doctoral, la profesora Martha Lucía Neme Villarreal, por exigir de mí lo mejor y, en especial, por inspirarme con su pasión por el derecho romano a elegir este sendero para mi vida académica, así como a mi tutor en la presente investigación, el profesor Riccardo Cardilli, cuya guía me resultó fundamental para comprender el estudio del derecho romano como escenario proficuo y complejo, así como para internarme con rigurosidad y respeto en el análisis de las fuentes en las que reposa la sabiduría jurídica de los prudentes.
Por último, un especial agradecimiento a mis papás, a mi hermana y a mi tía Lucelia, quienes atravesaron el dolor de la distancia sin ningún reparo, con el único deseo de verme cumplir mis objetivos; su compañía constante y su amor me permitieron avanzar con la certeza de su soporte.
La obra que a continuación se presenta fue defendida como tesis doctoral el 25 de julio de 2019 en la sede de la Università degli Studi di Roma “Tor Vergata”, recibiendo, por voto unánime de la comisión evaluadora, la máxima calificación final: “eccellente qualità cum laude”.
La presente investigación tiene como objetivo encontrar criterios sustanciales de valoración del cumplimiento de las obligaciones que contribuyan a la construcción de una consideración de la conducta de los contratantes en la ejecución de las prestaciones a su cargo capaz de reflejar la importancia de este concepto para el derecho civil, pues el cumplimiento es la más perfecta realización del contenido de la obligación, estando destinada fisiológicamente hacia él desde que nace, ya que solo a través del mismo despliega plenamente su función social. El cumplimiento, en suma, es la única vía que permite la materialización de la colaboración intersubjetiva que el derecho aspira a facilitar y tutelar por medio de la obligación como categoría jurídica.
Nuestro propósito se encuentra justificado en la convicción de la insuficiencia de los mecanismos que en la actualidad se utilizan para evaluar el comportamiento del deudor al dar cumplimiento a sus compromisos, pues dichos mecanismos se encuentran restringidos a la mera verificación de la correspondencia entre fuente de la obligación y conducta efectivamente desplegada en términos de sujetos, tiempo y lugar del pago, así como a una confrontación formal de los señalados extremos que permita concluir que el pago es idéntico y completo respecto del título que lo impone.
Asimismo, nos motiva la preocupación que proviene de constatar que en el derecho civil contemporáneo el lugar, por antonomasia, en el que se evalúa con mayor detalle y atención la conducta del deudor es el de la responsabilidad civil. La razón de la aludida preocupación radica en que, según nuestra opinión, esta manera de afrontar las problemáticas relacionadas con el comportamiento de aquel sobre el que pesa una obligación ha contribuido a la difusión, tal vez silenciosa, de una percepción de las obligaciones como compromisos respecto de los cuales puede elegirse entre cumplir o indemnizar, con lo cual se pone en grave peligro la capacidad de las obligaciones y contratos como estructuras jurídicas que permiten la realización de la autonomía privada y la solidaridad entre individuos que se necesitan mutuamente.
En este contexto, nos proponemos acudir al estudio del derecho romano como herramienta de deconstrucción crítica que otorga dimensión y profundidad a cada norma e institución de nuestro código civil, el cual representa, desde esta óptica, la puerta de acceso al largo y fructífero camino que nos conecta con nuestras más remotas y ancestrales tradiciones jurídicas, demostrándose, por lo mismo, imprescindible para la elaboración de las respuestas nuevas, ingeniosas y creativas que le son exigidas en nuestros días al derecho para responder con justicia a los graves problemas que, en todos los frentes, aquejan a la civilización occidental, llegando, incluso, a amenazar nuestra supervivencia como especie.
La estructuración metodológica del presente trabajo se articula en tres partes: la primera de ellas se dedica a establecer el statu quo de la doctrina, romanista y moderna, y de la legislación respecto de la valoración del cumplimiento en los ordenamientos civiles francés, chileno, brasilero, argentino e italiano, así como en los proyectos de armonización del derecho de contratos, en particular los Principios Unidroit y en el Common Frame of Reference. Allí nos proponemos analizar, por una parte, la forma en que la doctrina romanista aborda el origen y la transformación de la solutio, expresión latina que describe nuestra actual noción de cumplimiento, y, por otra parte, la forma en que la doctrina civilista moderna aborda temas como la relación entre obligación y cumplimiento, el alcance de este último concepto, su naturaleza jurídica y los criterios que la doctrina utiliza para su evaluación. Por último, presentamos un estudio acerca del tratamiento normativo de la materia en los ordenamientos y proyectos de armonización antes señalados.
Los vacíos y carencias detectados con el desarrollo de esta primera parte nos motivaron a adentrarnos con mayor profundidad en la materia y, en consecuencia, a buscar respuestas en el derecho romano debido a su capacidad para dar completitud a las instituciones jurídicas que de él descienden, así como para ofrecer respuestas con vocación universal a los problemas que afligen a los ordenamientos que en su sistema se integran. Es así como en la segunda parte de esta investigación se pretende esclarecer cuál fue el proceso que determinó que el concepto de solutio transformara su significado desde un sentido arcaico de liberación solemne a un sentido sustancial de cumplimiento de las obligaciones.