El cumplimiento de las organizaciones en la tradición romanista y su reconsideración como categoría central del derecho civil.  Paula Natalia Robles Bacca. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор:  Paula Natalia Robles Bacca
Издательство: Bookwire
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Год издания: 0
isbn: 9789587905267
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rel="nofollow" href="#ulink_8d63314d-95e8-5435-b3d2-218a01d14216">1.4. La regulación del cumplimiento en el contexto de los proyectos de armonización del derecho de contratos, en particular, en los Principios Unidroit y en el MCR Common Frame of Reference

       CAPÍTULO 2 EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN DERECHO ROMANO SE IDENTIFICABA CON EL CONCEPTO DE SOLUTIO, EL CUAL ABARCABA INICIALMENTE UN SENTIDO FORMAL (DISOLVER) Y, POSTERIORMENTE, UNO SUSTANCIAL (CUMPLIR)

       2.1. La solutio arcaica como representación solemne de la liberatio de una sujeción a la manus iniectio

       2.1.1. Liberación de la condición de damnatus por medio del rito de la solutio per aes et libram

       2.1.2. El rol liberatorio de la solutio en el ámbito del nexum

       2.1.3. El formulario de la solutio per aes et libram contenido en Gai. 3, 174

       2.2. El rol de la solutio como rito con función de liberación entra en crisis como consecuencia de su interacción con el oportere del ius civile

       2.2.1. La solutio dentro del escenario del oportere ex sponsione

       2.2.2. Superación de la necesidad de un rito que solemnice la solutio para la plena producción de sus efectos

       2.3. Consolidación del rol de la solutio como expresión del cumplimiento de las obligaciones

       2.3.1. La solutio en el ámbito del oportere ex fide bona

       2.3.1.1. La regla prout quidque contractum est, ita et solvi debet y el concepto de solutio en Quinto Mucio Scaevola

       2.3.2. Surgimiento de la categoría de obligatio y consolidación de solutio como concepto que representó el cumplimiento del deber de prestación

       2.3.2.1. En la definición de obligatio contenida en I. 3, 13 pr. solvere detenta una importancia central como expresión del deber jurídico de prestación

       2.3.2.2. Usos de solvere en los últimos años de la jurisprudencia republicana e inicios de la clásica confirman la consolidación del concepto como expresión de cumplimiento sustancial

       2.3.2.3. Usos de solvere en Gayo y Pomponio

       2.3.2.4. Textos de Ulpiano y Paulo testimonian la continuidad, durante todo el periodo clásico, del uso de solvere con la duplicidad de significados que convivían en su concepto

       CAPÍTULO 3 EN EL DERECHO CIVIL CONTEMPORÁNEO RESULTARÍA CONVENIENTE ARTICULAR UNA VALORACIÓN INTEGRAL DEL CUMPLIMIENTO CON INSPIRACIÓN EN EL DERECHO ROMANO CLÁSICO

       Introducción

       3.1. La conservación del equilibrio entre las posiciones de las partes como posible criterio de valoración del cumplimiento de las obligaciones

       3.1.1. La determinación supletoria del locus solutionis en derecho romano

       3.1.1.1. Reconsideración del rol que tiene el lugar del cumplimiento en la conservación del equilibrio contractual

       3.1.2. Conservación del equilibrio entre los intereses de las partes ante el evento de una solutio ante diem

       3.1.2.1. El pago anticipado en los ordenamientos civiles italiano y colombiano

       3.1.3. La elección de la causa más gravosa como criterio supletorio de imputación del pago ante una pluralidad de deudas

       3.2. La integración del contenido de las obligaciones debe garantizar su cumplimiento sustancial y no meramente formal

       3.2.1. El caso de la integración en la emptio venditio de la garantía por evicción en derecho romano

       3.2.1.1. Utilidad de proceder a una integración del contenido de las obligaciones del deudor que permita exigirle un cumplimiento acorde con los fines del contrato y las circunstancias particulares del caso

       3.2.1.2. El mero cumplimiento aparente o formal no puede tenerse por “cumplimiento” pues no permite realizar la función del tipo contractual

       3.2.1.3. Un cumplimiento despojado de la posibilidad de materializar el contenido de la obligación a la que se refiere, debe considerarse inexistente

       3.3. Una valoración elástica del cumplimiento como mecanismo que permitiría ajustar su contenido al caso concreto

       3.3.1. Valoración elástica del cumplimiento en el contexto del mandato

       3.3.1.1. Una valoración elástica del cumplimiento permitiría establecer con mayor precisión la diligencia y el esfuerzo exigibles a la conducta del deudor

       3.3.1.2. La protección de los intereses de la contraparte puede requerir la exacerbación de las exigencias predicables del comportamiento del deudor en cumplimiento de sus obligaciones

       3.3.1.3.