La democracia amenazada. Paz Consuelo Márquez Padilla. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Paz Consuelo Márquez Padilla
Издательство: Bookwire
Серия:
Жанр произведения: Социология
Год издания: 0
isbn: 9786073041027
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a la justicia con la democracia. Para hablar de justicia en una sociedad tenemos que referirnos a principios que nos ayuden a dividir los costos y los beneficios de la cooperación social en una forma equitativa, pero la democracia no hace referencia a principios con base en los cuales la sociedad distribuya esos beneficios; simplemente expresa que es a través de una votación como se elegirá la propuesta que obtenga la mayoría y se tomarán las decisiones democráticas. Si bien un determinado proceso pudo ser democrático, sus resultados pueden suponer mayores beneficios para la elite de la sociedad y costos más altos para las masas. En definitiva: el proceso fue democrático, pero el resultado no conlleva necesariamente la justicia social.

      Es posible concebir una idea mínima de democracia o concepciones más ricas que establezcan requisitos, demanden atributos de los votantes, establezcan procesos específicos o, más aún, incluyan a otras instituciones que atemperen tanto la forma elitista como la populista de la democracia, y que establezcan un bien común al que las sociedades puedan aspirar, que impulse a los ciudadanos a volver a confiar en el sistema democrático.

      Al hacer un recorrido intelectual a través de las teorías más influyentes en torno a la democracia, tal vez podremos ensanchar nuestro arco de conocimiento sobre el tema o nos ayude a despertar nuestra imaginación para establecer o proponer prácticas democráticas que sirvan no sólo para consolidar nuestras democracias, sino para protegerlas de los intentos de hacerlas retroceder. Ésta es una idea fundamental que debemos recordar todos los demócratas: ninguna democracia se establece para siempre, sino que debe reproducirse y defenderse permanentemente con las prácticas democráticas adecuadas, es decir, requieren para su mejor desempeño de la participación activa de los ciudadanos, que deliberen, ofrezcan argumentos adecuados, sean capaces de ejercicios de empatía y, al mismo tiempo, visualicen cuáles son los peligros que la amenazan.

      Tanto la llamada Revolución americana como la Revolución francesa fueron importantes experimentos sociopolíticos que ayudaron a forjar una concepción más rica de la democracia. En ambos casos surge un nuevo contrato social para resolver el problema del orden, un contrato que se regiría conforme a la voluntad de la mayoría, lo que implicaba el consentimiento de los individuos. Los dos movimientos postulan y defienden los derechos de libertad, igualdad política, seguridad, propiedad privada y libertad de pensamiento como derechos naturales de los hombres.

      Para algunos autores, desde Alexis de Tocqueville a principios del siglo XIX, hasta Dunn, Fukuyama y Huntington en el XX (Tocqueville, 1984; Dunn, 2005; Fukuyama, 2014; Huntington, 1991), el surgimiento de Estados Unidos es el experimento político y social que representa el inicio de la democracia moderna, junto con la Revolución francesa. Francis Fukuyama explica los aportes de cada uno de estos acontecimientos: establece que la Revolución americana institucionalizó la democracia y el principio de igualdad política y que la Revolución francesa instituyó el Estado impersonal y expandió la aplicación del derecho (Fukuyama, 2014: 18).

      La idea de democracia en la práctica se asocia, en muchas ocasiones, con el liberalismo de Locke. Es decir, para resolver el problema del orden, o la guerra de todos contra todos al estilo hobbesiano, los individuos no tienen que ceder todos sus derechos porque sea esa la única forma de sobrevivir. La democracia moderna asume los derechos individuales y, por lo tanto, el sistema político tendrá siempre que buscar el equilibrio entre derechos individuales, democracia y orden.

      Locke formula dos grandes preguntas en su trabajo sobre el gobierno, al referirse al poder político: primera, se interroga sobre si el gobierno es el producto siempre, y en cada caso, de la violencia y de la fuerza, o si podemos pensar que tiene otros orígenes. En segundo término, se cuestiona sobre cuál es el fin o la meta del gobierno. En este sentido, se embarca en una reflexión teórica para dar respuesta a tales preguntas (Locke, 1952: 25). De acuerdo con el filósofo inglés, el gobierno es la institución que crea las leyes al mismo tiempo que impone las penas necesarias para así proteger la propiedad privada. Según este autor, los hombres son iguales por naturaleza. Sostiene que en el “estado de naturaleza”, los individuos no se hacen daño y sólo se defienden y llegan a matar a otros cuando su propia vida corre peligro; lo hacen sólo para la preservación.

      En su opinión, los hombres se rigen por la razón y cuando violan las leyes de la naturaleza no están actuando conforme a ella (Locke, 1952: 26). Matar por matar o apropiarse de la propiedad de otro son actos que ejecutan las personas que no se guían por la razón. En el estado de naturaleza, cada individuo es juez de sus actos y de las controversias que surjan con los demás; sin embargo, precisamente el hecho de que el individuo sea juez y parte en sus conflictos ocasiona que no sea objetivo y, por lo tanto, se cae “naturalmente” en un estado de desorden. Por ello, “el gobierno civil es el remedio adecuado para los inconvenientes del estado de naturaleza” (Locke, 1952: 28). Ahora bien, no es cualquier pacto aquel que nos ayudaría a salir de esta situación de desorden, sino solamente uno en donde todos acuerdan, mutuamente, formar una comunidad y un cuerpo político. Sólo en la medida en que los individuos dan su consentimiento entran en este pacto social, con el objetivo principal de proteger sus propiedades y su vida. Es en virtud de este pacto como finalmente formulan leyes, las cuales les permiten la verdadera libertad: ser libres de violencia e incertidumbre.

      Afirma Locke que el gobierno no tiene otro fin que preservar la propiedad privada (Locke, 1952: 46). Es decir, para poder vivir en sociedad los individuos deciden formar parte de un acuerdo social y con ello crean un pacto político. En otras palabras, los miembros de una sociedad otorgan su consentimiento de obligarse a respetar y obedecer las leyes que dicho gobierno político promulgue.

      El pensador inglés se da cuenta de que no es suficiente con afirmar que los individuos dan su consentimiento para obligarse a cumplir con las leyes. Explica que es muy fácil que se produzca la concentración del poder, por lo que apunta a la necesidad de “equilibrar el poder del gobierno, al poner las diversas partes del mismo en distintas manos” (Locke, 1952: 49). De esta forma, critica el poder absoluto cuando sostiene que ningún hombre puede ostentar un poder total sobre otros o sobre sus propiedades. Agrega que, finalmente, es la comunidad, la sociedad, la que siempre retiene en última instancia el poder, y explica que “[…] cuando ocurre el poder arbitrario del príncipe se alteran las formas de elección sin el consentimiento [de la comunidad], o en contra del interés común; entonces el Poder Legislativo es también alterado” (Locke, 1952: 74).

      Los legisladores deben ser electos por el pueblo, pero si los gobernantes actúan en forma contraria a su deber, el gobierno se desintegra: “Otra forma por la que el gobierno se disuelve es cuando el Legislativo o el príncipe actúan en contra de su confianza [del pueblo]” (Locke, 1952: 75). En otras palabras, Locke confiere a los individuos el derecho a la revolución en tanto que se ha violado la confianza popular.

      Si bien tradicionalmente se ha considerado a Jean-Jacques Rousseau como el padre de la democracia moderna, y a Locke como el iniciador del liberalismo, recientemente ha surgido una reinterpretación de este último en la que se subraya el carácter democrático de su teoría. El profesor de Yale, Ian Shapiro, argumenta que generalmente se ha resaltado que Locke se ocupa de la igualdad moral de las personas y de los derechos de los cuales gozan, incluso con anterioridad al contrato social, con lo cual subraya la importancia de los derechos naturales. La genialidad de Locke, sostenemos, reside en parte en su teoría de la igualdad moral y de los derechos naturales, en el contexto de la época y circunstancias históricas en que vivió, una sociedad profundamente jerárquica y desigual, en donde el poder absoluto del monarca estaba legitimado por el derecho divino.

      Aunque reconoce que la igualdad y los derechos naturales son las bases que permiten sostener la posibilidad de un contrato social entre iguales, Shapiro argumenta que lo que finalmente otorga la legitimidad del contrato en forma institucionalizada es el principio de la mayoría. “Para Locke es el consentimiento mayoritario, más que el individual, el que autoriza los arreglos institucionales” (Shapiro, 2011: 61). Este autor nos explica que las personas, para Locke, como seres racionales y en su afán de preservarse y proteger a la comunidad por medio de un consentimiento tácito, llegan a un acuerdo colectivo, que es el contrato social. En tanto que las instituciones son creadas por personas, éstas tienen el derecho