Ante esta percepción tan uniforme, las disidencias son escasas. Una está representada por Armand Arriaza.[8] Considera que desde finales del siglo XII se formó una «bourgeoisie chevaleresque», y por consiguiente,
...l’histoire de l’ascension statutaire des chevaliers populaires est en fait l’histoire du processus par lequel une bourgeoisie prend possession d’un statut noble au sein d’un environnement urbain (Arriaza, 1994, p. 419).
Cree que la legislación de finales del siglo XIV y comienzos del XV –que libera a los candidatos al estatuto nobiliario de una matriz puramente agraria o señorial– fue el reflejo de un cambio en la concepción de la nobleza, basada ahora en las riquezas urbanas: la «burguesía caballeresca» se habría transformado en «burguesía noble» (Arriaza, 1995, pp. 90 y ss.). Este punto de vista, tan diferente a los expuestos, es parcialmente explicable por las bases de información. Arriaza se apoya en documentación del norte, en especial de Burgos, donde los mercaderes se habían integrado al patriciado urbano.[9] En esta ciudad surgió una capa de comerciantes enriquecidos por los peregrinos del camino de Santiago de Compostela, por la importación de textiles galo-flamencos y por la exportación de materias primas (Astarita, 1992). A partir del siglo XIII, Burgos (al igual que Sevilla en el sur) iba a constituir un enclave estratégico para el comercio, situación hasta cierto punto singular en Castilla. Esta aclaración permite delimitar el área que nos interesa: la Extremadura Histórica, en la porción central de Castilla.
HIPÓTESIS
No obstante el consenso general, la concordancia de los caballeros con los señores tropieza con complicaciones. Una de ellas es la referida a los documentos. La apelación a fuentes eclesiásticas plantea que la asimilación con la clase feudal carece muchas veces de un apropiado sostén. Antes que recurrir a peligrosas analogías, conviene apoyarse en textos específicamente concejiles. Esos documentos, del siglo XIII en adelante, serán el asiento fáctico de este análisis, para apreciar las relaciones económicas y sociales de los caballeros, su situación de clase, lo que implica su captación como tipo social promedio tomando en una consideración secundaria las desviaciones individuales.
La hipótesis es que los caballeros constituyeron una clase de campesinos independientes, rasgo que no niega, sin embargo, su funcionalidad en la reproducción feudal a partir del poder que, como colectivo, ejercieron sobre las aldeas. Como parte socialmente diferenciada del feudalismo, la caballería villana garantizaba la dominancia que sobre el espacio de los concejos había constituido el régimen señorial. Esto significa que el modo de producción feudal admitía sistemas subordinados que aseguraban el excedente del poder superior, que era, en muchos casos, el rey. La proposición se aclara si se muestra que los caballeros explotaban asalariados. Es el problema que se tratará aquí con cierto detenimiento.
Esta tesis se opone a buena parte de los historiadores. Esta posición implica el riesgo (ya probado) de ser acusada de una nostálgica revalorización de nociones de Sánchez Albornoz, ahora tan cuidadosamente denostadas por los investigadores. Es de esperar que ese prejuicio no interfiera en la lectura del presente trabajo, que de ningún modo se propone revivir una visión crepuscular de la historia.
Una posición minoritaria no significa la soledad. Monsalvo Antón se adhirió a la concepción que aquí se defiende, y que expuse hace ya unos años, siguiendo las huellas de Pastor de Togneri (1970) (Astarita, 1982). No estuvo exento de algunas vacilaciones. En un primer momento, Monsalvo (1988, pp. 126 y ss.) aceptó la caracterización feudal de las aristocracias concejiles, aunque observaba que los caballeros de Alba de Tormes, su real campo de examen, no tenían señoríos. Finalmente (1992a), se inclinó por una interpretación en el sentido del campesino libre.
Abordaremos ahora en detalle situaciones socioeconómicas y sociopolíticas de los caballeros. Con ello, reconoceremos una estructura que supera los límites del grupo. Tomaremos contacto con una modernidad precoz que por un lado bloqueaba las posibilidades de transformación social, y por otro originaba una circulación mercantil que abría posibilidades de transición al capitalismo en un nivel microsocial. Además, con este estudio estaremos en condiciones de abordar ulteriormente la transmutación que ofrece la forma política bajo medieval.
PROPIEDAD ECONÓMICAMENTE LIBRE
La peculiaridad de la propiedad de la caballería villana comienza a resolverse si partimos de una observación comparativa con el nivel inferior de la caballería feudal.
En su aspecto primordial, la propiedad feudal implica la distribución de derechos de mando y de apropiación de rentas entre los miembros de la clase de poder, por un lado, y los nexos que los partícipes de esos derechos establecían con los productores directos, por otro. Estos dos ámbitos abarcan las esferas combinadas de relaciones políticas y económicas en que se desagrega, analíticamente, el sistema.
Con referencia al primer nivel, la propiedad consistía, en principio, en bienes raíces que detentaban diversos titulares atados a un régimen de obligaciones. Su expresión fueron los pactos de vasallaje que, no obstante su objetivo de cohesión social, no impidieron las rebeliones y los enfrentamientos recursivos. Sin embargo, para los estratos inferiores de la clase señorial, las obligaciones no eran letra muerta. La desfavorable correlación de fuerzas en que se hallaban les impedía imitar a los grandes señores que se permitían muchas veces abandonar al rey en la campaña militar o no obedecer sus disposiciones.
Ese acatamiento de los caballeros feudales fue un factor imprescindible del funcionamiento social, que se vincula con el segundo aspecto que recubre la categoría de propiedad feudal: la relación establecida entre señores y campesinos. En la medida en que el excedente era obtenido mediante una coacción política y militar que no podía implementarse más que por acción colectiva, el derecho de propiedad pasaba a estar depositado en una jerarquía señorial. Cada uno de sus miembros disponía de una atribución de mando sobre alguna porción de territorio, prerrogativa que se había convertido en una propiedad individual, en una cualidad de la persona.