El paraíso de la impunidad. Rainer Huhle. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Rainer Huhle
Издательство: Bookwire
Серия:
Жанр произведения: Социология
Год издания: 0
isbn: 9786078616909
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acostumbrados a ser acusados de haber violado el Código de Conducta para los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos (Código de Conducta), pero debo decir que jamás esperé una acusación de México en ese sentido. Quiero dejar sentado y claro mi absoluto desacuerdo con que cualquiera de mis acciones o informes violen el Código de Conducta (Méndez, 2015).

      A la acusación de que fuera objeto en el sentido de que fue “poco ético” responde de manera contundente y devuelve la acusación sobre quiénes fueron los poco éticos:

      Hubiera sido una falta de ética de mi parte haber sucumbido a presiones que recibí en ese primer momento para que cambiara de parecer, del mismo modo que sería una falta de ética cambiar mi parecer al redactar el informe o incluso ahora, cuando toda la evidencia que tengo a disposición solamente ratifica mi evaluación (Méndez, 2015).

      A la acusación de Gómez Robledo de que solo busca quedar bien con los gobiernos, responde: “Muy en contrario, para que el diálogo con los Gobiernos sea realmente constructivo, tengo que ser justo, pero también honesto, al describir la situación tal como la veo” (Méndez, 2015).

      A la acusación de Jorge Lomónaco de que la evaluación del informe carece de fundamentos porque se basa solo en 14 casos de tortura, Juan Ernesto Méndez responde y justifica:

      En primer lugar, quiero aclarar que esos 14 casos que he enviado a lo largo de pocos meses representan la situación de 107 víctimas mexicanas, además de un grupo indeterminado de personas que habrían sido víctimas de tratos crueles, inhumanos o degradantes como resultado del uso excesivo de la fuerza para reprimir manifestaciones… [todo esto] es mucho más que la cantidad de casos enviados a cualquier otro país en el curso de un solo año (Méndez, 2015).

      En otras acusaciones a Juan Ernesto Méndez utilizan mal sus palabras o las tergiversan, como cuando dicen que señaló que la metodología utilizada por los Procedimientos especiales es “rudimentaria e insatisfactoria”; al respecto, su respuesta es contundente e incluso se lanza al ataque para cuestionar la “honestidad intelectual” del embajador Lomónaco:

      Hasta aquí, apenas el primero de los grandes argumentos que plantea el exrelator contra la tortura, pues, como señala en su carta al embajador Lomónaco, hay un segundo argumento que cuestiona la argumentación gubernamental de que se basa en solo 14 casos; aquí su respuesta:

      En segundo lugar, y como le he reiterado a su Gobierno, mi evaluación no se basa exclusivamente en los casos presentados en forma de comunicación individual. Por el contrario, se basa en comunicaciones enviadas en años anteriores (en 2012 y 2013 se trataron de 25 víctimas); en conversaciones mantenidas con instituciones mexicanas de control; en documentos oficiales que refieren al número de denuncias recibidas por esas instituciones independientes y por varias procuradurías; y en información y documentos que refieren a la respuesta del poder judicial y de las procuradurías ante estas denuncias. Además, mis conclusiones se basan en la amplia información e informes recibidos por parte de la sociedad civil, y en numerosas entrevistas mantenidas en el curso de mi visita con víctimas de tortura o sus familiares, representantes o testigos, quienes no solamente provenían de las regiones visitadas, sino que de diversos puntos del país, ya que muchas de estas personas viajaron para encontrarme (Méndez, 2015).

      El argumento principal contiene la palabra dura, generalizada, y es el tercer argumento que destaca el exrelator Juan Ernesto Méndez en los siguientes términos:

      En tercer lugar, mi evaluación sobre la naturaleza generalizada de la tortura en México se basa en el hecho de que todas esas fuentes aducen circunstancias similares… Más importante aún, las historias eran muy similares independientemente de quienes llevaban a cabo la detención, se tratara de la policía municipal, estatal o federal; las procuradurías estatales o federales; o el Ejército o la Marina (Méndez, 2015).

      Quizá el argumento de mayor contundencia no esté tanto en la práctica generalizada de la tortura, sino en su impunidad, que es parte de lo que queremos destacar en este libro. Así es como argumenta el exrelator:

      En cuarto lugar, mi evaluación se basa en la muy escasa evidencia existente de que las miles de denuncias reciban una respuesta adecuada por parte de las autoridades, en la forma de investigaciones, enjuiciamiento y castigo adecuado de los responsables, un imperativo absoluto bajo la Convención contra la Tortura. De esas miles de denuncias, he podido determinar un total de solamente 5 sentencias condenatorias en la jurisdicción federal en el periodo comprendido entre 2005 y 2013. Asimismo, pude constatar que existe un nivel similar de impunidad en la mayoría de las jurisdicciones estatales (Méndez, 2015).

      Coloquialmente podemos afirmar que a Juan Ernesto Méndez no le falta el sentido del humor y una cierta ironía, pues cuestiona que el gobierno mexicano quiera elevar el nivel de estándar de evidencia que utilizan los Procedimientos Especiales de la ONU. No es el caso plantearlo aquí, pero sí vemos su importancia solo para destacar lo desmesurado de la acusación que hace el gobierno mexicano que, si entramos en los detalles, es una argumentación desesperada e irracional, comprensible solo porque es la reacción de quien fue señalado a escala internacional y, por tanto, su prestigio o capital simbólico se vio seriamente mermado con este informe.

      Otra argumentación que utiliza el exrelator contra la tortura es señalar de sospechosa la reacción de sorpresa ante sus conclusiones. Así, la palabra causa del escándalo y sorpresa, “generalizada”, tiene sus matices en documentos oficiales que el propio Juan Ernesto Méndez cita en su carta. Por ejemplo, del Programa Nacional de Derechos Humanos 2014–2018 usa el término “tema recurrente”; de la CNDH, cita que recibió una denuncia por tortura en 2005, pasó a recibir 2,126 en 2012; el CAT, habla de la tortura en términos de “habitual” y “sistemática”. Al referirse al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas destaca que “dijo que en México la impunidad por el crimen de desaparición forzada era generalizada. Recientemente, en febrero de 2015, el Comité sobre Desapariciones Forzadas concluyó que había un contexto generalizado de desapariciones en varias partes del país, muchas de las cuales podían ser caracterizadas como desapariciones forzadas” (Méndez, 2015).

      No está por demás señalar que, al final de su carta, el exrelator contra la tortura expresa su disposición al diálogo constructivo y reitera su petición de realizar una visita para dar seguimiento a su informe. Esa invitación jamás llegó. Peor aún, en el caso del GIEI, para el caso Ayotzinapa, se dio una expulsión poco diplomática.

      Recientemente la periodista Carmen Aristegui entrevistó a Juan Ernesto Méndez, en CNN en español, en la que reiteró, una vez más, los términos de su informe:

      … esa práctica se reproducía exactamente de la misma manera, ya sea que actuaran las policías locales, la policía estatal, la policía federal, los cuerpos del Ministerio Público estatal o el federal, se reproducía también cuando actuaban las fuerzas armadas, en ese sentido es que yo considero generalizada, no era que estuviera limitada a ciertos agentes del estado fuera de control o a ciertas corporaciones, particularmente más descontroladas que otras, lamentablemente, es en ese sentido que quiero decir que es generalizada. El gobierno mexicano quería que dijera que la tortura era un problema recurrente, pero a mí me parecía que eso no capturaba realmente lo que yo vi [...] es una práctica generalizada […] Obviamente lo que dije también ahora en el Informe de Seguimiento, es que me hubiera gustado decir o que me equivoqué en aquel entonces o que las cosas habían cambiado y ya no era