El paraíso de la impunidad. Rainer Huhle. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Rainer Huhle
Издательство: Bookwire
Серия:
Жанр произведения: Социология
Год издания: 0
isbn: 9786078616909
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profesionalEdwin Noé GarcíaSecretario Ejecutivo de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos ÓrganosPoder Judicial de la FederaciónNo hay datoJoel Alfonso SierraSubsecretario de Asuntos JurídicosGobierno del estado de MéxicoNo hay datoMargarita María Guerra y TejadaFiscal General Jurídica, de Derechos Humanos y Atención a Víctimas del DelitoGobierno del estado de PueblaNo hay datoSara Idania MartínezSubprocuradora de Atención a Víctimas, Justicia Restaurativa y Servicios a la ComunidadGobierno del estado de OaxacaNo hay datoAlberto Raúl LópezDirector General de Derechos HumanosGobierno del Distrito FederalNo hay datoJosé Román RuizSubprocurador de Control de ProcesosGobierno del estado de CampecheNo hay datoMaría Isabel SosaAgente del Ministerio PúblicoGobierno del estado de Baja CaliforniaNo hay datoSalvador GómezContralmirante C.G. dem. Unidad JurídicaSecretaría de Marina Armada de MéxicoNo hay datoAdriana Isabel López PadillaAsesora Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos HumanosSecretaría de GobernaciónNo hay datoMartha HernándezDirectora General de Supervisión y Evaluación de Centros PenitenciariosSecretaría de Seguridad PúblicaNo hay datoAdolfo LuvianoDirector de Cooperación InternacionalSecretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia PenalNo hay datoDelegadosNombreCargoDependenciaFormación profesionalMaría de los Ángeles ArcosCoord. Derechos Humanos y Asesoría de la PresidenciaSuprema Corte de Justicia de la NaciónNo hay datoJosé Manuel AlcántaraTeniente CoronelSecretaría de la Defensa NacionalNo hay datoSergio ReyesUnidad JurídicaSecretaría de MarinaNo hay datoFernando OcampoUnidad JurídicaSecretaría de MarinaNo hay datoReyna BirrueteSubsecretaría de Prevención y Participación CiudadanaSecretaría de Seguridad PúblicaNo hay datoMaría Elena TolentinoDirectora para la Defensa de los Derechos HumanosSecretaría de Seguridad PúblicaNo hay datoElba JiménezFiscal Ejecutivo TitularCoordinación de Asuntos Internacionales y Agregadurías, pgrNo hay datoAlfredo LópezSubprocuraduría de dh, Atención a Víctimas y Servicios a la ComunidadProcuraduría General de la RepúblicaNo hay datoErnesto VelázquezSubprocuraduría de dh, Atención a Víctimas y Servicios a la ComunidadProcuraduría General de la RepúblicaNo hay datoErick HernándezDirector de Asuntos InternacionalesInstituto Nacional de MigraciónNo hay datoMaría Rita CornejoDirectora de Asuntos InternacionalesComisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra MujeresNo hay datoRodrigo JiménezProcuraduría General de Justicia de CampecheGobierno del estado de CampecheNo hay datoConsuelo OlveraDirectora de Derechos Civiles y PolíticosSecretaría de Relaciones ExterioresNo hay datoMónica EspinosaJefa del Departamento de Derechos Civiles y PolíticosSecretaría de Relaciones ExterioresNo hay datoSalvador TinajeroSegundo SecretarioMisión Permanente ante la Oficina de las Naciones Unidas y otros Organismos InternacionalesNo hay datoLuis Antonio MedinaAsesorMisión Permanente ante la Oficina de las Naciones Unidas y otros Organismos InternacionalesNo hay dato

      Fuente: Carta de la Misión Permanente a la OACNUDH, 29 de octubre de 2012. Tomado de http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=INT%2fCAT%2fLOP%2fMEX%2f12954&Lang=es

      CONCLUSIONES SOBRE LA MÁS RECIENTE EVALUACIÓN AL ESTADO MEXICANO

      Con este estudio podemos observar cómo el EM (estado mexicano) reprobó el examen que le practicó el CAT —habiendo violado nueve artículos de la Convención. El CAT continuó resaltando múltiples problemáticas y realizando recomendaciones —incluso haciéndolas más contundentes que en los exámenes anteriores— ante un problema que no solo se ha agravado en México, sino que incluso se ha legitimado, normalizado y naturalizado por gran parte de la población. Esta última ve a las personas torturadas, en la mayoría de los casos, como merecedoras de ese trato, al estigmatizarlas y catalogarlas inmediatamente como delincuentes, una estigmatización de la que tanto las autoridades como los medios de comunicación son responsables.

      Vemos pues cómo la tortura engloba muchas problemáticas sociales y muchas violaciones de DH: falta del debido proceso, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, etc. Esto también ha llevado a que los miembros del CAT cuestionen al estado mexicano no solamente sobre tortura, sino también sobre la situación de las personas migrantes, las desapariciones forzadas y la explicación de figuras tan poco democráticas y elevadas a rango constitucional, como el arraigo.

      El CAT, junto con la sociedad civil, muestran grandes preocupaciones. La falta de un marco normativo fuerte y las continuas fallas en los peritajes los han llevado a emitir recomendaciones relacionadas con el hecho de enmendar esas fallas. Recomendaciones que, debe señalarse, son reiteraciones de los exámenes anteriores, lo que muestra la gran magnitud de este problema. Sin embargo, vemos cómo, pese a ello, el estado mexicano se limita a contestar escuetamente sus cuestionamientos y muestra una mínima preocupación por esta situación en la que, según diversos IS, se han visto involucrados desde miembros de las fuerzas armadas hasta policías municipales.

      Es necesario que el estado mexicano haga cumplimiento de la Convención y de las recomendaciones del CAT y, sobre todo, que deje de usar los métodos de tortura en los procesos judiciales con la finalidad de simular la “efectiva investigación”, como el caso de Ayotzinapa, donde hubo tortura para obtener confesiones, y el caso de Israel Arzate.

      Es importante que se comprenda en la sociedad que la tortura debe ser inadmisible, en cualquier caso, y que el hecho de oponernos a su utilización implica el respeto de la dignidad humana y de los procedimientos con los que se busca lograr justicia.

      En conclusión, el estado mexicano, una vez más, lanza demasiada información y entrega informes extensos que no logran informar mucho de lo que pasa en el país con respecto a la tortura. Se devela un estado ajeno y poco sensibilizado con respecto a una práctica tan común y tan normalizada entre la población mexicana, y se sigue dando preferencia a informar sobre medidas legislativas que reiteran que en la teoría existe un México líder en materia de DH; aunque se ha comprobado que, en la práctica, una vez más y en otro comité más, el estado reprueba en esta materia.

      Finalmente, ¿por qué el CAT reprueba a México? Basta ver la tabla 2.6.

      TABLA 2.6 LA IMPUNIDAD PARA LA TORTURA

Datos duros sobre tortura (2006–2014)
Número de denuncias4,055 (Amnistía Internacional 2015)
Número de investigaciones1,884 (Amnistía Internacional 2015)
Número de personas consignadas119 (mayo 2014)
Número de sentencias4 a nivel federal.8 a nivel estatal. Centro Prodh, 2015)

      EPÍLOGO

      La confrontación entre Juan Ernesto Méndez y el estado mexicano

      Además de que México reprueba el examen del CAT, destaca la confrontación ocurrida entre Juan Manuel Gómez Robledo Verduzco, exsubsecretario de Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores y el ahora exrelator especial contra la Tortura, Juan Ernesto Méndez. Esta confrontación, que merece un análisis detallado, muestra el comportamiento no solamente de un estado reprobado en materia de tortura, sino de un estado engallado y con autoridad para descalificar no a una persona en especial, sino al mismo sistema universal de derechos humanos. A la afirmación contundente del relator contra la