El paraíso de la impunidad. Rainer Huhle. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Rainer Huhle
Издательство: Bookwire
Серия:
Жанр произведения: Социология
Год издания: 0
isbn: 9786078616909
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encarcelado e inocente. El caso de Israel Arzate Méndez y el uso sistemático de la tortura para obtener confesiones falsas en México15 oct 2012Comité de Defensa Integral de DH–GobixhaResumen sobre tortura. Caso “Yo soy 132 Oaxaca”15 oct 2012Colectivo contra la tortura y la impunidad e International Rehabilitation Council for Victims of TortureImplementation of a Nation wide system of torture documentation according to the Istanbul Protocol15 oct 2012Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, Centro de Derechos Humanos Paso del Norte, Centro de Derechos Humanos de las MujeresInforme Alternativo para el Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas sobre Chihuahua, México Octubre de 201212 oct 2012Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C. y OMCTEl arraigo hecho en México: violación a los derechos humanos12 oct 2012Global Initiative to End All Corporal Punishment of ChildrenBriefing on Mexico11 oct 2012Human Rights Watch“Neither Rights, Nor Security” (report dated November 2011)24 sep 2012International Disability Alliance (IDA)Suggestions for disability–relevant recommendations to be included in the Concluding Observations of the Committee against Torture 49th Session (29 October to 23 November 2012)12 oct 2012Physicians for Human RightsPHR_via_IRCT_Letter_Mexico_CAT49 - FORENSIC DOCUMENTATION OF TORTURE AND ILL TREATMENT IN MEXICO12 oct 2012Physicians for Human Rights (via IRCT)Forensic Documentation of torture and ill treatment in Mexico15 oct 2012TRIAL, i(DH)eas, FONAMIH, Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios A.C., FUUNDEC, COFAMIDE y AFADEM“¡Desaparición forzada también es tortura!”–Executive Summary18 may 2012TRIAL, i(DH)eas, FONAMIH, Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios A.C., FUUNDEC, COFAMIDE y AFADEM“¡Desaparición forzada también es tortura!”–Report18 may 2012

      Fuente: estado de la presentación de informes para México. Tomado de: http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/TreatyBodyExternal/Countries.aspx?CountryCode=MEX&Lang=SP

      EL ARTE DE SIMULAR: RESPUESTAS DE MÉXICO AL CAT

      Ante la gran problemática que plantea la sociedad civil en sus informes y ante las contundentes recomendaciones y observaciones, además del regaño diplomático por parte del CAT, el estado mexicano busca comunicar y argumentar tres diferentes aspectos a lo largo de los informes que presenta. En primer lugar, la reforma al sistema de justicia penal del 2008 que establece los juicios orales, la limitación de la prisión preventiva (que solo se podrá llevar a cabo cuando otras medidas cautelares no sean suficientes), y el arraigo a los delitos cometidos por la delincuencia organizada. Además, esa reforma contempla y da vigencia a las garantías individuales y los DH. En conformidad con esa reforma constitucional las entidades del país contaban con un plazo de ocho años para su instrumentación, lo que supone que a partir de este año se contará con un sistema de justicia penal que vele por los DH de las personas y se mejore sustancialmente la manera de garantizar la justicia en el país.

      El segundo punto son las diferentes capacitaciones a funcionarios, servidores públicos, elementos de la seguridad pública y a militares en temas de tortura, de DH, el empleo de la fuerza y del Protocolo de Estambul. Así pues, el estado lanza nombres de capacitaciones que fueron realizadas y el número de asistentes; sin embargo, no dice nada del impacto que tienen esas capacitaciones ni de cómo erradican la práctica generalizada de la tortura en México.

      Al final se hace hincapié en que la figura del arraigo será utilizada solamente en casos de investigaciones y procesos seguidos por el delito de delincuencia organizada. Para que esta figura pueda ser aplicada se necesita previo consentimiento por parte de un juez, el cual decretará los términos y condiciones, así como la temporalidad (máximo cuarenta días) o la extensión de este, siempre que sigan vigentes las circunstancias que justificaron su autorización inicial. A pesar de las reiteradas recomendaciones que hace el CAT, y la presión que ejerce la sociedad civil para que se elimine esa figura legal de la constitución, el estado la defiende y regula bajo el argumento de la creciente organización de la delincuencia que ha puesto en riesgo las instituciones jurídico–procesales, por lo que la reforma judicial busca poder contrarrestar su impacto en la seguridad pública con la finalidad de que los delincuentes no puedan evadir la autoridad ministerial en un primer momento, y la judicial posteriormente. También argumenta que su orientación es garantizar la eficacia de la procuración de justicia en la que se busca evitar que la persona acusada logre evadir la justicia. Esta figura, reitera el estado, es necesaria y funcional, y proporciona números y gráficos que, a la hora de analizarlos, interpreta como eficiente el trabajo que realizó el Ministerio Público durante el periodo de arraigo.

      Estos tres puntos los establece, reitera y refuerza el gobierno a lo largo de todo el informe presentado ante el CAT. De igual manera, lo hace cuando lo citan a comparecer frente a los expertos. Es en ese momento cuando se encarna de manera directa una lucha simbólica por la posesión de la verdad con respecto a la situación de los DH en México. Se tiene constancia de esto en las sesiones, en las cuales los representantes de México se empeñan en destacar la reforma constitucional, la reforma al sistema judicial y la reforma al procedimiento de amparo, explicando que todas estas buscan fortalecer el sistema de garantías y crear un sistema de justicia que sea transparente y efectivo. Presumen que los estándares y normas internacionales sobre DH ya pueden ser aplicados directamente por las cortes locales, aceptando a su vez que la legislación necesita todavía ser armonizada de tal forma que incorpore uniformemente los estándares internacionales con respecto a la tortura en nuestra constitución nacional y en las estatales.

      Los representantes de México resaltan el fortalecimiento de las instituciones, así como la aplicación de ciertas prácticas, entre ellas el Protocolo de Estambul. Por otra parte, hacen alusión a la amenaza que representa el crimen organizado para la seguridad de la nación y de sus habitantes, por lo que justifican que las autoridades federales se hayan “visto forzadas” a recurrir a las fuerzas armadas. Junto con este argumento declaran que la figura del arraigo es de suma importancia, puesto que previene la evasión de justicia durante el tiempo en el que se investiga el delito. Así es como podemos entender, con algunos años de diferencia, el reciente discurso del general Salvador Cienfuegos con ocasión de la difusión en redes sociales del video en el que se ve a militares, hombres y mujeres, torturando a una joven mujer.

      Una manera de entender la postura de la delegación mexicana es revisar, a grandes rasgos, su composición. Según el documento de la Misión Permanente de México ante la Oficina de las Naciones Unidas y otros Organismos Internacionales con sede en Ginebra, la Delegación cuenta con tres jefes: Ruth Villanueva, subprocuradora de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de la República; Alejandro Negrín, embajador, director general de Derechos Humanos y Democracia de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y Ulises Canchola, embajador, representante permanente alterno, Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas y otros Organismos Internacionales. Luego aparece una lista de once representantes, seis hombres y cinco mujeres, la mayoría subsecretarios de diversos gobiernos estatales, ninguno de trayectoria reconocida en la defensa y protección de los derechos humanos. Finalmente, aparece otro grupo propiamente llamado “delegados”, con dieciséis personas, seis mujeres y diez hombres, todos de muy bajo perfil. Un total de treinta miembros de la delegación mexicana. Esta descripción numérica la podemos observar en la tabla 2.5.

      TABLA 2.5 INTEGRANTES DE LA DELEGACIÓN MEXICANA AL EXAMEN ANTE EL COMITÉ CONTRA LA TORTURA (2012)

Jefes de la Delegación
NombreCargoDependenciaFormación profesional
Ruth VillanuevaSubprocuradora de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la ComunidadProcuraduría General de la RepúblicaNo hay dato
Alejandro NegrínEmbajador. Director general de Derechos Humanos y DemocraciaSecretaría de Relaciones ExterioresNo hay dato
Ulises CancholaEmbajador. Representante

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