El arbitraje al derecho y al revés. Francisco González de Cossío. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Francisco González de Cossío
Издательство: Bookwire
Серия: Litigio arbitral
Жанр произведения: Социология
Год издания: 0
isbn: 9786123251154
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las palabras de un contrato que, en una controversia en la que participé, emplearon las partes. Dicho híbrido rápidamente se convirtió en un procedimiento arbitral y formal.

      361 Charles Jarrosson, La Notion d’Arbitrage, Bibliotheque de Droit Privé, Librairie Generale de Droit et de Jurisprudence, París, 1987. Si bien la teoría es desarrollada a lo largo de su (extraordinaria) obra, el núcleo de la misma puede encontrarse en las páginas 124 a 132.

      362 Jarrosson no lo explica así. La metáfora química es mía y busca ilustrar con más facilidad (pues su estudio es largo y complejo – además de interesante). Espero estarle haciendo justicia a Jarrosson. Pero por respeto al autor alerto al lector con la finalidad de no atribuir palabras a Jarrosson con las que posiblemente no esté de acuerdo.

      363 En la química, un ‘elemento’ es una sustancia que no se puede separar en sustancias más simples. Comparten los mismos átomos. (Raymond Chang, Química, Williams College, McGraw Hill, México, Séptima edición, 2002, p. 9)

      364 Un ‘compuesto’ es una sustancia formada por átomos de dos o más elementos unidos químicamente en proporciones definidas. Es un conjunto de dos o más elementos. (Chang, Química, id. p. 9).

      365 Las sustancias se caracterizan por sus propiedades y su composición. Una propiedad física se puede medir y observar sin que cambie la composición o identidad de la sustancia. Una propiedad química es observable mediante un cambio químico. (Chang, Química, id. p. 11)

      366 La jurisprudencia francesa le da más importancia al carácter irrevocable y obligatorio de la decisión del tercero y el procedimiento seguido para ello, que a la denominación que las partes le han dado al tercero.

      367 Esto se presenció en Compagnie d’eclairage de l’Allier v. Bouchand, 31 de marzo de 1862. En este caso se mencionó la irrelevancia de la forma en que haya sido bautizado por las partes.

      368 Jarrosson, ob. cit. p. 126.

      369 Bruno Oppetit fue el primero en acuñar el término ‘arbitraje contractual’, Revue de L´Arbitrage, 1980, p. 93.

      370 Para abundar sobre esto puede consultarse: La Naturaleza Jurídica Del Arbitraje: Un Ejercicio De Balanceo Químico, Revista Peruana de Arbitraje, 2007, de este mismo autor.

      371 Aron Broches, Commentary on the uncitral Model Law an International Comercial Arbitration, Kluwer Law and Taxation Publishers, Boston, 1990, p. 38 (“Broches, Commentary”).

      372 Andrea Sirotti Gaudenzi, Guida al Diritto dell’Arbitrato, L’arbitrato nel codice di rito e nelle leggi speciali, Il Sole 24 ORE S.p.A., 2006; Paolo Cendon, Transazione Arbitrato, e Risoluzione alternativa delle controversie, UTET, Wolters Kluwer Italia Giuridica S.r.L., 2006; Maurizio de Tilla, Nino Ferrelli, Nuovo Arbitrato, Conciliazione, e Costituzione di Camere Arbitrali, I Libri di Guida al Diritto, Il Sole 24 ORE S.p.A., 2006.

      373 Cass. Civ. Sez. un., 18 settembre 1978, n. 4167, en Omia Iuris, Cedam, 2006.

      374 Cass. civ., sez. I, 9 giugno 1983, n. 3956, en Mass. Giur. It., 1983. Trib. Ctania, 16 Ottobre 2001, en Le Società, 2002, 1, p. 63.

      375 Marinelli, La natura dell’arbitrato irrituale, Utet, Torino, 2002, p. 8. Sus palabras son “Arbitrato irrituate quella particolare modalità di definizione di una controversia, con la quale le parti hanno conferito all’arbitro (o agli arbitri) il compito di definire in via contrattuale le contestazioni insorte (o che possono insorgere) mediante una composizione riconducibile alla volontà delle parti e da valere come contratto concluso dale stesse”.

      376 “uno strumento a mezza strada fra il processo e il contratto” fueron las palabras exactas.

      377 “arbitrato irrituale dovrebbe essere collocato entro lo schema del mandato (…) mandato congiunto a transigere” (Rubino Sammartano, Il Diritto dell’arbitrato, Cedam, Padova, 2004, p. 79.)

      378 Antoine Kassis, Problèmes de L’Arbitrage en Droit Comparé et en Droit International, Tome I: Arbitrage Juridictionnel et Arbitrage Contractuel, L.G.D.J., 1987, p. 239.

      379 Por ejemplo, el seguido por las reglas de Expertise de la CCI.

      380 Por ejemplo, el seguido mediante el Mecanismos Complementario del ciadi.

      381 Aron Broches, Commentary on the uncitral Model Law an International Comercial Arbitration, Kluwer Law and Taxation Publishers, Boston, 1990, p. 38 (“Broches, Commentary”).

      382 Este resumen es escueto. En caso de desear abundar sobre las teorías, véase González de Cossío, Arbitraje, Porrúa, México, D.F., 2004, pp. 12 et seq.

      383 Samuel, Jurisdiction of Problems, pp. 39-44; Bernard L’Arbitrage Voluntaire, párrafo 473.

      384 Ver, por ejemplo, el caso estadounidense Reily v. Russel, 34 Mo 524,1864, p. 528; y el caso francés Roses v. Moller et Cie, Corte de Casación, 27 de julio de 1937.

      385 Por ejemplo, puede refutarse que la concepción contractual del arbitraje es útil para iniciar el procedimiento arbitral; sin embargo, una vez comenzado, las partes tienen una autonomía de la voluntad limitada y es el tribunal arbitral quien tiene las facultades para tomar decisiones importantes en el procedimiento. No obstante estas reflexiones, la teoría contractual ha sido importante en el desarrollo del arbitraje moderno.

      386 Por ejemplo, muchos cuestionan que el arbitraje sea un simple juicio más. Tiene elementos que lo diferencian en forma importante.

      387 Esta teoría fue desarrollada por el profesor Sauser-Hall en su reporte al Institut du Droit International en 1952 en el cual argumentaba que el arbitraje no podía apartarse de los sistemas jurídicos, tenía que existir algún derecho que pudiera determinar la validez del sometimiento al arbitraje y la ejecutabilidad del laudo. Reconoció que cada arbitraje tiene su origen en un contrato privado y que los árbitros designados y las reglas para regir el arbitraje dependen en forma primaria del acuerdo de las partes. Por consiguiente, sostenía que existen elementos contractuales y jurisdiccionales en el arbitraje que están interrelacionados en forma indisoluble.

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