La administración en el deporte. Othón Díaz Valenzuela. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Othón Díaz Valenzuela
Издательство: Bookwire
Серия:
Жанр произведения: Зарубежная деловая литература
Год издания: 0
isbn: 9788499106281
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públicas.

       Actualidad

      La Agencia Mundial Antidopaje (WADA; World Antidoping Agency) es una fundación independiente, creada el 10 de noviembre de 1999 en Lausana (Suiza) como resultado de la “Declaración de Lausana” por una iniciativa colectiva liderada por el Comité Olímpico Internacional (COI) para promover, coordinar y supervisar la lucha contra las drogas en el deporte.

      A partir del 2002, la sede de la organización se ha ubicado en Montreal (Canadá); la oficina de Lausana se convirtió en la Oficina Regional de Europa, y existen otras oficinas regionales que se han establecido en África, Asia, Oceanía y América Latina.

      La WADA es responsable del Código Mundial Antidopaje, adoptado por más de 600 organizaciones deportivas, incluidas las federaciones deportivas internacionales, organizaciones nacionales antidopaje, el COI y el Comité Paralímpico Internacional.

      En la actualidad, la WADA recibe la mitad de sus necesidades presupuestarias del COI; la otra mitad viene de los aportes realizados por gobiernos. Sus órganos de gobierno están compuestos en partes iguales por representantes del movimiento deportivo (incluidos los atletas) y gobiernos del mundo.

      Las actividades clave de la agencia incluyen la investigación científica, la educación, el desarrollo de las capacidades antidopaje y el seguimiento del Código Mundial Antidopaje.

       Gobierno

      Se compone de un patronato, un comité ejecutivo y varios comités.

       Patronato

      Integrado por 38 miembros que conforman el órgano supremo de decisión de la WADA, está compuesto por el presidente, el vicepresidente, 18 representantes del movimiento olímpico y, para estar en igualdad, 18 representantes de los gobiernos.

      Los delegados del Patronato encomiendan la gestión y el funcionamiento real de la agencia, incluida la realización de actividades y la administración de activos, en el comité ejecutivo.

       Comité ejecutivo

      El comité ejecutivo consta de 12 miembros, está compuesto por cinco representantes del movimiento olímpico y cinco más de los gobiernos.

       Comités y grupos de expertos

      Los comités y grupos de expertos de la WADA actúan como órganos de asesoramiento y proporcionan orientación para los programas de la agencia.

       Código Mundial Antidopaje

      El código es el documento fundamental y universal en el que se basa el Programa Mundial Antidopaje en el deporte, teniendo como propósito:

      • Proteger el derecho fundamental de los deportistas a participar en actividades deportivas libres de dopaje, fomentar la salud y garantizar la equidad y la igualdad en el deporte.

      • Velar por armonizar la coordinación y la eficacia de los programas contra el dopaje en el mundo, en especial en su detección, disuasión y prevención.

      El código especifica las siguientes circunstancias y conductas que constituyen violaciones de las normas antidopaje:

      • Presencia de una sustancia prohibida o de sus metabolitos o marcadores en la muestra de un deportista.

      • Uso o intento de uso por parte de un deportista de una sustancia prohibida o de un método prohibido.

      • Negativa o resistencia, sin justificación válida, a la recolección de muestras tras una notificación hecha conforme a las normas antidopaje aplicables, o evitar de cualquier otra forma la recogida de muestras.

      • Que un deportista incumpla con las normas establecidas y no se encuentre en el lugar que informó o no haya presentado dicha información para ser localizado y realizarse los controles de dopaje fuera de la competencia.

      • Falsificar o intentar falsificar cualquier parte del procedimiento de control del dopaje.

      • Tráfico o intento de tráfico de cualquier sustancia prohibida o método prohibido.

      • Administración o intento de administración a un deportista durante la competición.

       Lista de sustancias y métodos prohibidos

      Bajo la dirección del Comité Olímpico Internacional, la lista de prohibiciones se publicó por primera vez en 1963. Desde el año 2004, según lo dispuesto por el Código Mundial Antidopaje, la AMA es responsable de la preparación y publicación.

      La Lista de Prohibiciones es una norma internacional que se publica anualmente e identifica las sustancias y los métodos prohibidos, que se dividen en tres categorías: los que se prohíben en todo momento, los que se prohíben únicamente durante la competencia y, por último, aquellos que se prohíben en algunos deportes en particular.

      En virtud de que muchas de las sustancias que pueden dar un doping positivo son medicamentos que se utilizan para tratar enfermedades en la medicina fuera del deporte, es posible su uso por un atleta en cualquier sustancia siempre y cuando se tramite bajo el código de una Autorización de Uso Terapéutico (TUE).

       Sistema de Gestión y Administración Antidopaje, ADAMS

      El Sistema de Gestión y Administración Antidopaje (Anti-Doping Administration and Management System) es una herramienta para la gestión de bases de datos situada en un sitio web para manejar información, almacenarla, compartirla, así como para elaborar informes con el fin de ayudar a las partes interesadas y a la WADA en sus actividades contra el dopaje, cumpliendo de una manera segura la legislación relativa a la protección de datos.

       EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE DEL DEPORTE

       Antecedentes

      A principios de la década de 1980, el aumento del número de controversias relacionadas con los deportes internacionales y la ausencia de una autoridad independiente especializada en la problemática de ciertos deportes y autorizada a pronunciar decisiones llevaron a las organizaciones deportivas superiores a reflexionar sobre cómo solucionar las controversias en las organizaciones deportivas.

      En 1982, el presidente del COI, Juan Antonio Samaranch, en la sesión del COI celebrada en Roma, encomendó al juez Kéba Mbaye, que era miembro del COI así como juez de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, presidir un grupo de trabajo encargado de elaborar los estatutos de lo que con rapidez se convertiría en el Tribunal de Arbitraje del Deporte.

      En 1983, el COI ratificó oficialmente los estatutos del Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS), que entraron en vigor el 30 de junio de 1984. A partir de ese momento, el TAS entró en funcionamiento bajo el liderazgo del presidente Mbaye y el secretario general, el señor Gilbert Schwaar.

      Desde su creación hasta el estatuto de 1984, la organización del Tribunal de Arbitraje del Deporte fue acompañada por un conjunto de normas de procedimiento. Ambos fueron modificados en 1990.

      Hasta 1992, una amplia variedad de casos se presentaron al TAS: se plantearon cuestiones como la nacionalidad de los atletas y los contratos relativos al empleo, los derechos de televisión, patrocinio y licencias. Posteriormente, con la aparición de la cláusula de arbitraje de apelación, numerosos casos de dopaje fueron llevados ante el TAS, y fue como resultado de, o gracias a uno de esos casos, que la estructura del TAS tuvo que evolucionar.

      En primer lugar, el estatuto y el reglamento del TAS fueron completamente revisados para hacerlos más eficientes y se modificó la estructura de la institución para que sea definitivamente independiente del COI, que la había patrocinado desde su creación. Como resultado de esta reforma, el mayor cambio fue la creación de un Consejo Internacional de Arbitraje Deportivo (ICAS) para cuidar la gestión y financiación del TAS, ocupando así el lugar del COI.

      Otros cambios importantes incluyen la creación de dos divisiones de arbitraje (División de Arbitraje Ordinaria y División de Arbitraje de