Como no hay crimen que no sea producido por la lógica de los vínculos entre humanos, su naturaleza tiene que ser social. Y como no hay sujeto que entre en el vínculo social gracias a un instinto gregario, sino a la admisión de la ley en su inconsciente, interrogarlo, por un lado, desde la particularidad que supone su relación con dicho inconsciente y, por otro, en su relación con el crimen, no resulta en absoluto contradictorio. La fijación de estas premisas de análisis define el campo desde el cual un psicoanalista emprende el diálogo con el discurso penal respecto al crimen.
El crimen tomado como objeto social no tiene, por condición estructural, la formación de una personalidad criminal, sino la inscripción de la ley en el inconsciente. Esta inscripción es la que nos hace ingresar como sujetos en los dominios del Otro simbólico.27 Un crimen, independiente de su condición objetiva, de los excesos que implique, las particularidades que lo definan y las circunstancias que lo promuevan, es un hecho social que involucra a un sujeto y simboliza algo que contiene su realidad concreta.
Mantener al sujeto transgresor ligado a su realidad psíquica y social implica tratarlo como un ser influido por sus pasiones; por tal motivo, el psicoanálisis extiende la responsabilidad hasta el campo de la sinrazón, así el discurso médico-legal argumente su eliminación en dicho campo.
Concluiremos este capítulo diciendo que la realidad del crimen no es psíquica ni biológica, sino social; pero como el crimen lo comete un humano, un ser trabajado por su realidad psíquica y social, se vuelve necesario articular esas dos realidades, y tomar el crimen como un medio para arrojar luces sobre la implicación del sujeto que entra en juego. Otro elemento conclusivo tiene que ver con el hecho de que, si en todo ser humano existen, en su inconsciente, tendencias perversas prohibidas, verificarlas en alguien no es garantía de que pueda llegar a ser un criminal, pues lo que dichas tendencias ponen a prueba son los recursos simbólicos con los cuales cuenta un sujeto para defenderse de lo criminal que hay en él. Estas precisiones adquieren un valor metodológico importante, porque definen los límites y las posibilidades en la orientación del debate con el discurso penal y con los saberes que vienen en su auxilio, debate para el que nos serviremos en los dos capítulos siguientes de un ejemplo concreto.
1 Citado en Gabriel Ignacio Anitua, Historia de los pensamientos criminológicos (Buenos Aires: Editores del Puerto, 2005), 230.
2 Ibid.
3 Publicada como libro: El sujeto criminal (Medellín: Editorial Universidad de Antioquia, 2007).
4 Theodor Reik, Psicoanálisis del crimen. El asesino desconocido (Buenos Aires: Ediciones Hormé, 1915), 15.
5 Anitua, Historia de los pensamientos criminológicos, 306.
6 Ibid., 305.
7 Ibid.
8 Una explicación de la diferencia entre lo psíquico y lo mental se encuentra en Héctor Gallo, Psicoanálisis e intervención psicosocial (Medellín: Editorial Universidad de Antioquia, 2017).
9 Reik, Psicoanálisis del crimen, 15.
10 Ibid., 67.
11 Ibid., 68.
12 Ibid., 77.
13 Ibid., 122.
14 Anitua, Historia de los pensamientos criminológicos, 269.
15 Silvia Tendlarz y Carlos Dante García, ¿A quién mata el asesino? (Buenos Aires: Grama Editores, 2008), 8.
16 Sigmund Freud, “La responsabilidad moral por el contenido de los sueños”, en Obras completas, t. 8 (Madrid: Biblioteca Nueva, 1972).
17 Jacques-Alain Miller, Conferencias porteñas, t. 3 (Buenos Aires: Paidós, 2010), 79.
18 Ibid.
19 “Pulsión de muerte” es el nombre que Freud le da a su descubrimiento de un insistente empuje irracional e ilógico a romper el equilibrio y la regulación que se pretende mantener desde el “principio del bien”; empuje orientado, básicamente, hacia la aniquilación de sí mismo, al seguir diversas estrategias, entre ellas la violencia contra el semejante, como sucede en los criminales seriales.
20 Miller, Conferencias porteñas, 79.
21 Ibid.
22 Ibid., 82.
23 Ibid., 81.
24 Ibid., 82.
25 Ibid.
26 Jacques-Alain Miller, La experiencia de lo real en la cura psicoanalítica (Buenos Aires: Paidós, 2003), 15.
27 Lugar desde el cual emana una orden, una regulación, una mediación de la que se espera logren servirse los sujetos en tanto seres hablantes.
2 Clínica de los actos homicidas
Para la reflexión que se hace en este capítulo y en el
que sigue sobre el acto homicida, se toman como soporte los dos tomos que conforman el expediente “Asesino múltiple de mujeres de Medellín” y un texto elaborado por Gabriel Jaime López, a partir de la evaluación psiquiátrica de J. A., denominado el “Degollador de San Javier”,1 titulado “Homicida múltiple de mujeres en Medellín”.2 En este texto, el autor, quien se ocupó de hacer una de las tantas peritaciones forenses que se realizaron del sindicado en el transcurso del proceso penal,