Si la retórica se interesa por los procesos argumentativos, la dialéctica se interesa por los procedimientos argumentativos. Los intercambios argumentativos son formas de conducta coordinada, orientadas a la consecución de un fin compartido, y como tales están sujetos a reglas que fijan las obligaciones y los derechos de los participantes y regulan sus intervenciones, haciéndolas en cierta medida previsibles. La dialéctica trata de esas reglas y procedimientos desde un doble punto de vista, descriptivo y normativo. El objetivo de la dialéctica descriptiva es describir las reglas que rigen los distintos tipos de intercambios argumentativos. Conocidas esas reglas, se puede determinar si la propuesta de un argumento en una determinada fase de un diálogo es procedente, es decir, conforme a las reglas, o improcedente, es decir contraria a ellas. Por tanto, por lo que hace a los argumentos, los criterios dialécticos, como los retóricos, se refieren a su uso. El objetivo de la dialéctica normativa es proponer procedimientos ideales que promuevan la realización de los fines y valores que dan sentido a las prácticas argumentativas. Esos procedimientos ideales pueden cumplir distintas funciones: (1) proporcionar criterios para juzgar la razonabilidad de un procedimiento argumentativo, (2) servir como estándares para juzgar si y en qué medida un determinado intercambio argumentativo es razonable, y (3) dar orientaciones para diseñar procedimientos argumentativos eficientes.
La lógica se ocupa de los argumentos entendidos como productos de la argumentación, formados por una razón prima facie y una tesis. Su objeto es formular y aplicar criterios de corrección argumental. La idea es que un argumento convincente es aquel que da una buena razón para su conclusión, una razón por la que el destinatario debería aceptar la tesis. Dicho de otro modo y aplicando estándares lógicos, un buen argumento es el que aporta una razón que justifica su conclusión de manera que esta no pueda negarse por medio de razones. La pregunta central de la evaluación lógica es: ¿se debe aceptar la conclusión propuesta por la razón aducida para sustentarla? La perspectiva lógica contempla, pues, la argumentación desde el punto de vista del receptor, y al mismo tiempo comporta una cierta abstracción de las circunstancias concretas del intercambio argumentativo en el que se propone el argumento evaluado.
Las perspectivas dialéctica, lógica y retórica son las perspectivas clásicas en teoría de la argumentación, a las que han venido a añadirse otras en fechas más recientes, como la perspectiva socioinstitucional. El núcleo de un enfoque socioinstitucional de las prácticas argumentativas son los estándares normativos, como la equidad, la inclusión, la transparencia o la reciprocidad, que se aplican a las estructuras e instituciones sociales que dan forma a una determinada práctica argumentativa, como la deliberación política. La argumentación sirve, entre otras cosas, para tomar una decisión en asuntos de interés común. Imaginemos que tras deliberar siguiendo las reglas de procedimiento aceptadas se ha tomado una decisión basándose en argumentos convincentes. ¿Quiere decir eso que la decisión adoptada es legítima? Presumiblemente esa legitimidad depende de condiciones como la transparencia o la reciprocidad, que remiten al marco socioinstitucional de la argumentación. Como puede verse, de lo que se habla aquí es de si las condiciones en las que se desarrolla una argumentación legitiman la decisión adoptada.
Perspectiva | Objeto | División |
Lingüística | Función argumentativa | Argumentativo/No argumentativo |
Retórica | Procesos argumentativos | Persuasivo/No persuasivo |
Dialéctica | Procedimientos argumentativos | Procedente/Improcedente |
Lógica | Productos argumentativos | Convincente/ No convincente2 |
Socioinstitucional | Marco institucional de la argumentación | Lícito/Ilícito |
La lógica o teoría de los argumentos
En lo que sigue adoptaré un enfoque predominantemente, aunque no exclusivamente, lógico. Conforme a la explicación de la sección precedente, la lógica es la teoría de los argumentos. En la lógica o teoría de los argumentos podemos distinguir dos grandes áreas: la analítica y la crítica. La primera trata de la naturaleza, estructura y tipología de los argumentos, mientras que la segunda tiene encomendada la búsqueda de estándares y criterios para la crítica y la evaluación de argumentos. Ralph Johnson (2000, p. 39) menciona como cuestiones propias de la analítica las siguientes:
¿Cuál es la naturaleza y función de los argumentos?
¿Qué tipos de argumentos hay?
¿Cuándo está justificada la adición de elementos no explícitos en la reconstrucción de un argumento?
¿Cómo hay que definir o entender los argumentos?
¿Cuál es la relación entre argumentos e inferencias?
Y como cuestiones propias de la crítica, estas otras (Johnson, 2000, p. 40):
¿Cuáles son los estándares adecuados para valorar los argumentos?
¿De qué manera repercuten la personalidad y las creencias del argumentador y de la audiencia en los méritos de un argumento?
¿Es la verdad de las premisas una exigencia lo suficientemente fuerte para la solidez de un argumento?
¿Hay diferencias importantes entre evaluar y criticar un argumento?
¿Cuáles son las virtudes lógicas de un argumento?, ¿qué cualidades hacen de un argumento un buen argumento?
¿En qué consiste una crítica provechosa de un argumento?
La analítica está, en un cierto sentido, subordinada a la crítica, porque, como señala Joseph Wenzel, la lógica (es decir, la teoría de los argumentos) “es una visión retrospectiva que se activa cuando alguien adopta una actitud crítica y ‘dispone’ un argumento para su inspección y evaluación”. (Wenzel, 2006, p. 17.)
1 Vid. María Álvarez (2016).
2 Entiendo aquí por “convincente” que no se puede negar racionalmente —es decir, por medio de razones. En la tradición lógico-formal los términos positivos de evaluación son válido (las premisas implican la conclusión) y sólido (las premisas son verdaderas e implican la conclusión). En la tradición lógico informal, el término positivo de evaluación es compelente (cogent): un argumento es compelente si sus premisas son aceptables, pertinentes para la conclusión y le dan suficiente apoyo.
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