• La banca tradicional. Las fintech representan un reto para la banca tradicional. Por ello, muchos grandes bancos, incluso peruanos, están desarrollando laboratorios de innovación para generar productos y servicios basados en la tecnología, o han comprado empresas fintech para sumarlas a su oferta financiera (“Fintech: 6 claves que harán revolucionar el servicio financiero”, 2017).
Ahora bien, indudablemente, el contrato electrónico posee ventajas, entre las cuales se pueden citar tres:
• Permite contratación fácil y rápida. Citando a Trazegnies (2005), el contrato se está despersonalizando y ya no coloca frente a sí a dos sujetos con intereses definidos que quieren desarrollarlos a través de una concertación (Soto, 2005), lo cual ahorra tiempo.
• Abarata los costos. En la introducción, se mencionó que se ha producido una revolución en las comunicaciones. Uno de los principales efectos es la reducción de los costos, especialmente los de tiempo y dinero.
• Facilita la inclusión financiera. Al respecto, la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera señala que, frente a las limitaciones asociadas a la expansión de puntos de acceso tradicionales y aun de los cajeros corresponsales10, se requiere potenciar la utilización de canales innovadores para la distribución y comercialización de servicios financieros, tales como los teléfonos móviles u otros medios digitales.
Ante este panorama, surge la siguiente pregunta: ¿el consumidor financiero está preparado para este nuevo mercado?
Se considera que el uso incipiente de los servicios digitales en el Perú se convirtió en una necesidad durante la crisis ocasionada por la COVID-19. En dicho contexto, en aras de evitar el contacto físico con otras personas, muchos consumidores optaron por dejar el tradicional uso de efectivo por las transacciones remotas. Incluso, siempre buscando el desarrollo del mercado digital, la SBS optó por ampliar los límites aplicables a las operaciones con cuentas de dinero electrónico simplificadas11 y cuentas básicas12 del sistema financiero para ayudar a las personas a realizar transacciones y facilitar el proceso de inclusión financiera en el país.
1 Sentencia del Tribunal Constitucional emitida con fecha 15 de febrero de 2005 en el marco de la tramitación del Expediente 00034-2004-PI/TC sobre acción de inconstitucionalidad seguida por Luis Nicanor Maraví Arias y más de 5000 ciudadanos contra los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 26271, “Ley que norma el derecho a pases libres y pasajes diferenciados cobrados por las empresas de transporte urbano e interurbano de pasajeros”: “No se trata, pues, ni de asumir un texto constitucional neutro a cualquier modelo económico y capaz de sustentar cualquier tipo [de] intervención, sino uno que dentro de márgenes razonables de flexibilidad, permita la libre configuración del legislador tomando en tipo [de] las circunstancias históricas y económicas de cada periodo; y todo ello, dentro del hilo conductor de nuestro régimen económico, el cual, basado en una economía social de mercado, busque el justo equilibrio entre el principio de subsidiariedad y la solidaridad social”.
2 Federación de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito. Para mayor detalle, revisar http://www.fpcmac.org.pe/. Consulta: 31 de marzo de 2020.
3 Ley 30607, diario oficial El Peruano, Lima, Perú, 13 de julio de 2017.
4 Para mayor detalle, revisar http://www.asomifperu.com/. Consulta: 31 de marzo de 2020.
5 Publicada el 12 de marzo de 2015 en el diario oficial El Peruano.
6 Resolución SBS 1010-99. Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios, publicado el 13 de noviembre de 1999 en el diario oficial El Peruano.
7 Aprobada el 17 de enero de 2013 por el diario oficial El Peruano.
8 La Encuesta Nacional de Capacidades Financieras en Perú 2019 fue coordinada por la SBS y ejecutada por la Corporación Andina de Fomento (CAF). Se cubrieron las áreas urbanas y rurales.
9 No confundir con las startups. Este término es más amplio. Se refiere, en general, a empresas emergentes con una fuerte relación laboral con la tecnología. No específicamente a servicios financieros. Por lo tanto, mientras que las startups son genéricas, las fintech son específicas.
10 Los cajeros corresponsales o coloquialmente denominados agentes son canales de atención que emplean las entidades del sistema financiero en negocios, tales como bodegas, farmacias, ferreterías, etcétera.
11 Mediante la Resolución SBS 1262-2020, cada transacción es viable hasta 3000 soles; el saldo consolidado de cuentas de dinero electrónico de un mismo titular, según cualquier modalidad, en un mismo emisor de dinero electrónico, hasta 10 000 soles; las conversiones a dinero electrónico acumuladas de un mismo titular, de acuerdo con cualquier modalidad, en un mismo emisor en un mes, hasta 10 000 soles; y las transacciones acumuladas (conversiones, transferencias, pagos, reconversiones, etcétera) de un mismo titular, en relación con cualquier modalidad, en un mismo emisor en un mes, hasta 15 000 soles.
12 A través de la Resolución SBS 1286-2020, se incrementó el límite por transacción a 3000 soles; el saldo consolidado de cuentas básicas de un mismo titular, en una misma empresa, hasta 10 000 soles; y las transacciones mensuales acumuladas de un mismo titular, en una misma empresa, hasta 15 000 soles.
Capítulo 2: Entidades gubernamentales y privadas
Entidades gubernamentales y privadas
2.1 Introducción
El marco regulatorio vigente promueve la protección de los depósitos del público en instituciones financieras sólidas y estables, pero, además, la del consumidor financiero. Como refiere Baldo Kresalja, la defensa y protección de los consumidores parte de un principio orientador de la actuación del Estado que aspira a la reducción de la desigualdad social, el cual también suele concernir a muchos sectores del ordenamiento jurídico (Kresalja & Ochoa, 2009).
Por esta razón, la SBS presenta puntos de convergencia con Indecopi en lo que respecta al tratamiento de protección del consumidor financiero. Así, esta última institución vela por la protección de los consumidores en general y por los financieros en especial. Por su parte, la SBS ha emitido regulación en torno a los consumidores financieros, específicamente en lo concerniente a reducir la asimetría de la información. Esto conlleva reflexionar sobre la necesidad de evaluar la compatibilidad del rol de la SBS con el de protección al consumidor.
No obstante, el rol de otras entidades gubernamentales y privadas también incide en el consumidor financiero, tales como el BCRP, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), la Oficina Central de Lucha contra la Falsificación de Numerario (OCN), la Asociación de Bancos (Asbanc), la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (Fepcmac) y la Asociación de Instituciones