El año 1259 fue de capital importancia para la liturgia cartujana, pues en él aparecieron los llamados Statuta antiqua, y quedaron fijados, hasta en sus menores detalles, los textos y los ritos, de tal manera, que, en más de tres siglos, excepción hecha del aumento en el calendario, no se observa modificación alguna de importancia. A fin de salvaguardar la unidad litúrgica apetecida por san Antelmo, en el primer Capítulo general, ordenan los predichos Estatutos lo siguiente: Libros quoque Veteris ac Novi Testamenti eosve cum quibus divina celebrantur officia sine ejusdem capituli consilio nullus emendare praesumat, nisi cum exemplariis in ordine nostro emendatis, nisi judicio prioris et monachorum discretorum error aliquis manifestus appareret. Gracias a esta disposición, se observa absoluta concordancia en los libros litúrgicos cartujanos.
No hay quien ignore que la Orden de San Bruno pertenece al grupo de las Órdenes contemplativas; es más, el cartujo lleva vida solitaria, aislado, no solo del mundo exterior, del cual está total y perpetuamente separado, sí que también de sus hermanos de hábito, con los cuales rara vez se comunica. Lleva, no obstante, vida de comunidad, pues todos los días acude al coro a determinadas horas para cantar el Divino Oficio y la Santa Misa. Este aislamiento y soledad que circunda la Cartuja hace que sea tan desconocida la vida y, sobre todo, la liturgia que practican sus monjes. Intentaremos en estas páginas dar a conocer, a grandes rasgos, la forma con que se rinde culto a Dios en la Cartuja.
1 San Antelmo llevó a cabo su labor en el siglo xii. Entró en la Cartuja de Saboya; fue Procurador de la Orden y luego General. Trabajó por restaurar las austeridades de la vida solitaria y, una vez logrado su objeto, renunció al generalato. Más tarde fue nombrado obispo de Belley, en cuya ciudad murió el día 26 de junio de 1178.
2 Acta primi Capituli Ordinis Cartusiensis. P. L. t. CLIII, col. 1126.
Capítulo I
Fuentes principales para el estudio de la liturgia cartujana
Conviene advertir, ante todo, que, siendo los Cartujos verdaderos monjes, procuraron conformarse con el rito monástico, sobre todo, por lo que hace al Oficio divino. Según eso, la Regla de San Benito es la primera fuente para el estudio de la liturgia que nos ocupa. Por lo demás, según dice Dom Inocencio Le Masson,3 la Orden cartujana tomó mucho del rito de Lyón, y para la Misa, se conformó casi en todo con el rito que observaba la Iglesia de Grenoble en el siglo xi.
Dentro de la Orden, las principales fuentes para el estudio de su liturgia son las siguientes:
I. Las Consuetudines Guigonis: Son el documento más antiguo, así litúrgico como disciplinar, que se halla en la Orden cartujana. Fueron compuestas por los años 1127 por Guido de Castro-Novo, quinto Prior de la Cartuja.4 San Bruno no dio a sus monjes ninguna legislación escrita; el reducido número de religiosos de que constaba entonces la Orden no reclamaba, por cierto, un gran cúmulo de leyes. Bastaba seguir los ejemplos del Fundador y de sus primeros discípulos. Cuando Guido entró en la Orden, esta contaba dos monasterios solamente, pero bajo su gobierno, empezó a extenderse por diferentes comarcas de Francia. Entonces fue cuando Guido, por orden de san Hugo, obispo de Grenoble, redactó una recopilación y codificación de los usos y costumbres recibidos de los mayores, y que llevan por título: «Statuta et consuetudines Ordinis Cartusiensis». Este documento, que lo conoceremos con el nombre de Consuetudines, empieza por la sagrada liturgia, según dice el autor en el Prólogo: a digniori parte, officio videlicet divino, sumentes exordium.
II. La segunda fuente son las llamadas Constituciones de Basilio, cuya composición no puede ser posterior al año 1173. Fue Basilio borgoñés de origen,5 y gobernó la Orden por espacio de veintitrés años. Las Constituciones que compuso merecieron ser aprobadas por el papa Inocencio III, y estuvieron en uso hasta el año 1222.
III. Statuta Jancelini, llamados así del nombre del General que los compuso en 1222.
IV. Statuta antiqua. El Capítulo general celebrado en 1259 aprobó esta nueva compilación redactada por Riffer.6 Estos estatutos vienen a ser una fusión de toda la legislación precedente y de las ordenaciones capitulares promulgadas entre 1222 y 1259. Se llamaron en un principio Consuetudines Cartusiae, para distinguirlas de las Consuetudines Guigonis, pero más tarde, se conocieron con el nombre de Statuta antiqua. Riffer dividió su obra en tres partes. La primera, que consta de 56 capítulos o artículos, trata de los divinos Oficios; la segunda, en 32 artículos, se ocupa de los monjes; los 34 artículos de que consta la tercera parte tratan de los hermanos conversos y de las religiosas cartujanas.
V. Statuta nova, redactados por D. Guillermo Raynaldi, en 1368.7
VI. Tertia compilatio statutorum. En 1380, la Orden se dividió en dos partes, como estaba dividida también la Iglesia por el cisma de Occidente. Cada rama tenía su General8 y celebraba sus Capítulos, en los que cada bando ventilaba a su manera los asuntos de la Orden. En materia litúrgica, puede decirse que se limitaban a incluir nuevas fiestas en el calendario cartujano. Al extinguirse el cisma en 1411, se hizo una revisión de ordenaciones capitulares, y la Orden volvió a su antigua unidad. La Tertia compilatio statutorum se publicó en 1509.
VII. Ordinarium cartusiense. Apareció a últimos del siglo xvi. La primera edición fue hecha en París, el año 1582. Hasta ahora, las leyes litúrgicas estaban mezcladas con las disciplinares en las Consuetudines o Statuta, a ejemplo de la Regla de San Benito, que contiene también la distribución del salterio y el cursus del oficio monástico. En este mismo año, el Capítulo general pidió al Prior de la Gran Cartuja9 que nombrara una comisión de monjes, quos magis idoneos et aptos ad id munus portandum judicaverit, encargada de revisar todos los libros litúrgicos de la Orden. El primer trabajo de la comisión fue la revisión del leccionario, que apareció en tres volúmenes impresos en Lyón el año 1585. En 1587, se imprimió, también en Lyón, el Breviarium sacri Ordinis Cartusiensis. Esta revisión del Breviario no satisfizo a la mayoría. Parece que se llevó a cabo con alguna precipitación, y por eso, en 1593, se ordenó una nueva revisión para corregir los errores y enmendar quae minus considerate inserta aut mutata fuerint. En 1588, apareció el Diurnale Cartusiense. En 1603, tocó el turno al misal, el cual, en muchísimos puntos, se conformó con el publicado por san Pío V.
No vaya a creerse, con todo, que al aparecer el Ordinarium se borraran de los Estatutos las leyes litúrgicas. Estas han seguido ocupando su lugar, así en los estatutos redactados en la Gran Cartuja el año 1581, con la intervención del español Dom Andrés Capilla,10 y que el monje Dom Gaspar Gil,11 también español, llevó, más tarde, a Roma, con el fin de obtener la confirmación apostólica, como en los novísimos Estatutos, revisados según las prescripciones del Código de Derecho Canónico, y que fueron aprobados por la Santidad del papa Pío XI, con su Constitución Apostólica Umbratilem, del día 8 de julio de 1924.
Enumeradas ya, bien que sumariamente, las principales fuentes de la liturgia cartujana, procuraremos estudiar, a la luz de las mismas, este tan interesante como desconocido rito.
3 Es el XLIX General de los Cartujos. Nació en Noyon el 10 de marzo de 1628, y entró en la Cartuja de su ciudad natal contando diecinueve años de edad. Ocupó sucesivamente diferentes cargos en la Orden, y siendo Visitador de la provincia de Picardía fue elegido General el 15 de octubre de 1675. Un voraz incendio redujo a cenizas la Gran Cartuja, y Le Masson cuidó de reedificarla. Fue acérrimo impugnador del Jansenismo. Murió el día 8 de mayo de 1703. Dejó escritas