Dixo q(ue) no lo sabe
Preguntado si sabe, o a oydo decir a alg(una) p(erson)a q(ue) aya hechado la sangre del menstruo dentro de alg(un)a vevida o Raspandose las uñas de los pies hechando las raspaduras en comida o vevida
Dixo que no lo sabe
Preguntado si conosce a Fran(cis)ca de la Zerda mestiça soltera Y si la tiene por mug(er) de b(uen)a vida y costumbres forma y oppinion.
Dixo q(ue) si conosce y sabe que es hija de Ysabel de la Zerda mestiza vez(in)a desta dicha v(ill)a y de Phelipe de San Miguel ya diffuncto y que (h)a diez y ocho, o veinte a(ños) poco más, o menos q(ue) Conosce a la dicha y oyo decir q(ue) estuvo muchos a(ños) en mala amistad con un hombre casado y q(ue) de lo demas q(ue) se le a preguntado de la susodicha no sabe ni a oydo decir cosa alguna y esta es la verdad en el juram(en)to q(ue) tiene dicho Y siendole leydo dixo q(ue) estava bien escripto Y que no lo dice por odio y (pro)metio el secreto Y lo firmo con el dicho s(eñor) Commisario entre r(everendo)s de la Yglesia
JHOAN DE VILLAREAL
JUAN DE FARÍAS
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Foja 2)
En la V(illa) de Santiago de Saltillo en v(ein)te y nueve d(ias) del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho a(ños), ante el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Commi(sario) del sancto Off(icio) desta dicha V(ill)a (com)parecio siendo llamado Juan de Farias vez(ino) de dicha v(ill)a de edad de setenta años poco mas o menos, del qual estando pres(en)te la honesta y religiosa p(ersona) como la de R(everen)do P(adre) Pred(icad)or Fr(ay) Antonio de Vlibarri Ministro de doctr(in)a de la N(uev)a Tlascala territ(ori)o de esta dicha Villa del orden de San Fran(cis)co q(ue) tiene jurado el secreto, fue recibido juram(en)to en forma y prometio decir verdad
Preguntado si se acuerda haver deppuesto ante algun juez contra p(ersona) alguna sobre sosas tocantes a la fee
Dixo q(ue) Se acuerda haver dicho su dicho ante el S(eñor) Commi(sario) de esta V(ill)a el B(achille)r Juan de V(illarreal) en una causa q(ue) se sigue contra Fran(cis)ca de la Zerda y San Miguel mestiza vez(in)a de dicha V(ill)a y refirio en substancia lo que tiene declarado en su dicho, y pidio se le leyesse su dicho, y le fue luego leydo de verbo ad verbum cont(eni)do en la plana antescedente, y siendole leydo y haviendo el dicho Juan de Farrias oydolo Dixo q(ue)aquello era su dicho, y el lo havia dicho segun se le avia leydo Y estava bien scripto, y assent(a)do y que era la v(erda)d y en ello se affirmaba y affirmo ratificaba y ratifico y si neces(ario) era lo decia de nuevo por descargo de su consciencia encargosele el Secreto en forma prometiolo y lo firmo con el dicho S(eñor) Commisario y lo firmo el dicho P(adre) Predic(ad)or Fr(ay) Antonio de Vlibarri
JHOAN DE VILLAREAL Fray ANTONIO DE VLIBARRI
JUAN DE FARÍAS
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Quinto documento. Foja 1)
En la Villa de Santiago de Saltillo en v(ein)te y cinco d(ias) del mes de Mayo de mill y seiscientos y sesenta y ocho a(ños) por la mañana ante el S(eñor) B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Cura Beneff(icia)do por su Mag(esta)d, Commi(sario) de los tribunales del S(an)to Off(icio) y Cruzada (com)Parescio siendo llamado Pedro Florez mestizo vez(ino) de dicha Villa de edad de cuarenta y ocho a(ños) poco mas o menos y juro en forma q(ue) dira verdad
Y preguntado si sabe, o presume la causa porq(ue) a sido llamado
Dixo q(ue) no la sabe, ni la presume
Y preguntado si sabe, o, a oydo decir q(ue) alguna p(erson)a aya dicho, o hecho cosa alg(un)a q(ue) sea o parezca contraria a (la) S(ant)a fee Catholica Ley evangelica q(ue) predica y enseña la s(an)ta Yglessia Católica Romana, o contra el recto, o libre excercicio de s(an)to Off(ici)o
Dixo q(ue) no lo sabe ni a oydo cosa alguna de las q(ue) se le preguntan
Preguntado si sabe, o a oydo decir q(ue) alguna pers(on)a aya tenido en su poder algunos huesos de diffuntos, moliendolos para ussar de ellos para algun mal effecto
Dixo q(ue) lo que sabe para descargo de su consciencia q(ue) debe de haver seis meses poco mas o menos q(ue) le conto Andres Martin español residente en esta Villa vez(ino) de la puebla de los Angeles cassado en dicha ciudad q(ue) tiene offi(ci)o de harriero q(ue) usso para mal fin de algunos huessos de difuncto poniendolos en la cabecera de una mug(er)cassada por haverle assegurado una persona q(ue) la alcansaria Cayendo en peccado con ella y q(ue) haviendolo hecho reconoscio el engaño y q(ue) no se avia (con)seguido el effecto q(ue) por este mal medio avia pretendido y q(ue) assi le avia engañado la pers(on)a que se lo avia aconsejado y no la nombro. Y affirmo sabe este dicho declarante q(ue) el dicho Andres Martin hizo lo que tiene referido Por haverselo oydo contar a Antonia negra esclava de la dicha V(illa) llamada
(Foja 2)
Antonia de edad de veinte a(ños) poco mas o menos, y la dicha su ama se llama Doña Cathalina de la Cerda vez(ina) de dicha Villa mug(er) de Fran(cis)co de Treviño
Preguntado si sabe o a oydo decir a alguna pers(on)a q(ue) otra aya hechado la sangre d(el) menstruo dentro de alguna vevida o labadose las partes vaxas o sobaqueras hechando el agua en otras vevidas conq(ue) se avia labado, o raspandose las uñas de los pies hechando las raspaduras en comida o vevida, o ussando de dichas cosas para poder ligar a alguna persona
Dixo q(ue) lo que sabe para descargo de su conciencia q(ue) debe de haver un año poco mas o menos q(ue) le conto el Cap(ita)n Don Agustin de Chaverri siendo Protector de la frontera del pu(eblo) de San estevan de Tlascala del distrito desta dicha Villa y al presente exerce off(icio) de la R(eal) Justicia en el R(eal) y minas de San Gregorio de Mazapil q(ue) dista de esta dicha Villa veynte leguas poco mas o menos que estaba ligado y tenia mucha sospecha de haverle hecho ese mal Doña Phelipa Cerrano española vez(in)a de esta dicha villa de edad de treynta y ocho a(ño)s poco mas o menos, mug(er) de Alfonso Faxardo vez(ino) de dicha villa y que no sabe otra cosa de lo q(ue) le ha sido preguntado
Preguntado si conosce a Fran(cis)ca de la Cerda mestiza soltera y que si la tiene por mug(er) de bu(en)a vida y costumbres fama y opinión
Dixo q(ue) conosce a la dicha Fran(cis)ca de la Cerda y sabe q(ue) es hija de Ysabel de la Cerda mestiza vez(in)a desta dicha V(ill)a, y de Phelipe de San Miguel mestizo ya diffuncto y que avra diez y nueve años poco mas o menos q(ue) la conosce y siempre la a tenido por mug(er) de buenas costumbres y esta es la v(erdad) p(ara) el juram(ento) q(ue) tiene dicho y siendole leydo dixo q(ue) estaba bien escripto y q(ue) no lo dice por odio prometio el secreto y no firmo por no saber escribir firmolo por él el dicho S(eñor) Comm(isario)
JHOAN DE VILLAREAL
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Foja 3)
En la V(ill)a de Santiago del Saltillo en treynta d(ias) del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho a(ños) ante el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Commi(sario) del S(an)to Off(icio) desta dicha V(ill)a (com)parescio siendo llamado P(edr)o Flores mestizo vez(ino) de dicha V(ill)a de edad de quarenta y ocho a(ños) poco mas o menos del qual estando pres(en)te la honesta y Religiosa pers(on)a como la del R(everen)do P(adre) Pred(icad)or fr(ay) Ant(oni)o de Vlibarri Ministro de doct(rin)a de la N(uev)a Tlascala territ(orio) de esta dicha Villa del orden de San Fran(cis)co q(ue) tiene jurado el secreto fue recibido juram(ento) en forma y prometio decir verdad
Preguntado si se acuerda haver deppuesto ante algun juez contra p(erson)a alguna sobre cosas tocantes a la fee
Dixo q(ue) se acuerda haver dicho su dicho ante el S(eñor) Commis(ario) de esta V(ill)a el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) en una causa q(ue) se sigue contra