Derecho internacional: investigación, estudio y enseñanza. Enrique Prieto-Rios. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Enrique Prieto-Rios
Издательство: Bookwire
Серия: Jurisprudencia
Жанр произведения: Юриспруденция, право
Год издания: 0
isbn: 9789587844214
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en práctica lo que ustedes desarrollan en sus trabajos. No es lo mismo incorporar esa perspectiva en Chile que en Canadá. ¿Cuál sería su consejo para incorporar, practicar y enseñar esta perspectiva en un contexto muy periférico del Sur?9

      En tercer lugar, quisiéramos hacer una pregunta con relación al lenguaje. Estamos de acuerdo con que la competencia jurídica tiene que ver con el lenguaje; pero en desacuerdo respecto a que el lenguaje es lo más importante de la competencia legal. Podría decirse que el atributo más importante de la competencia jurídica es la interpretación del lenguaje. En tal sentido, ¿cuál creen ustedes que debería ser el rol de los artículos 31, 32 y 33 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (principalmente el número 33) en relación con la traducción de los idiomas oficiales?

      Martti Koskenniemi: No estoy muy seguro de poder responder a todas estas preguntas, pero voy a intentarlo. Para empezar, no estoy muy convencido de haber entendido el punto de la primera pregunta, pero creo que ella tiene que ver con la relación del idealismo con la crítica y con aprender cómo operar en contextos convencionales. Por ello, con el riesgo de pasar por antipático, intentaré conectarla con la pregunta sobre Chile, en la que se —sin lugar a duda— no se trata de escenarios como Toronto o Melbourne, pero que en todo caso requieren que operemos en entornos convencionales y entornos académicos convencionales. Esto me permite acercarme a lo que sería un profesor alemán, utilizando una perspectiva muy rigurosa de cómo enseñar y pensar el derecho.

      Sin embargo, comienzo con la respuesta a la pregunta sobre la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, y no creo que lo más importante para el derecho sea la interpretación. Insisto en lo que parece una experiencia excéntrica: esta es en la que el derecho es un lenguaje. Evidentemente, uno interpreta el lenguaje, pero esta interpretación es secundaria para la cuestión del lenguaje mismo.

      Ahora, uniéndolo con la pregunta convencional sobre cómo operar con su propia mente crítica cuando se hace a través de un marco o un lenguaje convencional y respondiendo a la brillante anotación que hacía Tony, al señalar que el lenguaje importante no es neutral, debemos volver a Noam Chomsky, a las estructuras lingüísticas y a todo ese vocabulario técnico. Podemos formular oraciones en un idioma en el que nunca han sido formuladas antes y que, sin embargo, todo el mundo reconoce como el lenguaje competente (o como oraciones competentes en este lenguaje).

      ¿Qué posible significado puede tener para nosotros? Todo está ahí, y si piensan en el derecho como lenguaje, el derecho no es cerrado; el derecho cambia y es abierto. Hay otros estudios lingüísticos y casi esotéricos que estudian el milagro de los idiomas y de cómo cuando operan se convierten en algo diferente a sí mismos. Es eso lo que creo que el trabajo crítico en circunstancias convencionales puede ser. Si esto falla, se puede ser como el abogado de derechos civiles en La Haya, del que ya les hablé, aquel que hizo una presentación incompetente y fue removido de la Corte. No queremos que eso pase, queremos ser persuasivos y poderosos.

      Esto quiere decir que tenemos que “vivir” otros entornos académicos diferentes a Toronto y a Melbourne. ¿Cómo? Mientras hablamos con nuestros colegas y les mostramos nuestra competencia, producimos nuevas interpretaciones de casos, damos propuestas de políticas que parecen ser persuasivas y todo ese tipo de cosas. En ese sentido, nosotros representamos lo convencional, pero como el lenguaje es abierto y lo convencional también está abierto, es posible utilizar los vacíos del lenguaje para producir nuevas ideas, para impulsar nuevas propuestas.

      Existe una institución en el órgano de apelación de la OMC y difícilmente hay un contexto lingüístico más convencional que ese. El conjunto de declaraciones que pueden ser enunciadas de forma competente en ese escenario es muy limitado, pero no está confinado del todo. Es posible utilizar el lenguaje del comercio internacional y del derecho comercial para escapar de las esquinas para utilizar la naturaleza autocontradictoria que tiene cada idioma contra ese mismo idioma; para utilizar todas las expresiones idiomáticas para crear nuevos significados que sean persuasivos. Así, mi entender es que operamos principalmente en contextos burocráticos donde el grado de expectativa sobre nosotros como abogados es muy alto; y solo hay una cierta cantidad de cosas que podemos hacer sin caer en el problema en el que cayó este abogado de los derechos civiles. Cuando estaba haciendo lo que él pensaba que era lo correcto, su corazón estaba bien puesto; pero él no tenía ningún tipo de influencia.

      Aquí ocurre algo así como una negociación: la ley, como Shakespeare y Tony lo mencionaban, implica una visión del mundo que está confinada. El conjunto de declaraciones que se han producido en el lenguaje inglés es limitado, en comparación con lo que ocurre con la gramática y las posibilidades que la gramática ofrece en el idioma inglés. Igualmente, ocurre en el caso de la historia de enunciados que se han hecho en el derecho comercial global. En el derecho comercial global existe un vacío ideológico; carga consigo todas las imposiciones imperiales con las que carga la historia del derecho internacional, como el conjunto de enunciados que han sido usados hasta el momento.

      Como los idiomas son abiertos y no solo conjuntos de enunciados dichos con base en una gramática que nos permite formular oraciones que no se han dicho hasta el momento, podemos usar el inglés para construir otro tipo de ideas y expresar nuevos tipos de experiencias. Esto no ocurre en solo un momento y como lo he dicho, ocurre algo así como una negociación; hay una pregunta de costo-beneficio. Tal vez el derecho no puede ser usado para fines progresivos, tal vez el costo es muy alto. Al final, tal vez al entrar a la facultad de derecho como jóvenes radicales, reformistas, revolucionarios y abogados hacemos parte de la institución y día a día hacemos esa negociación y nos volvemos como ellos.

      Cuando yo entré a la facultad y empecé a hacerme profesional, decía que nunca sería como ellos; pero en secreto mantenía estos pensamientos y leía esas novelas. Decía “este es el tipo de cine que me gusta y que a ellos no”. Hoy, treinta años después, me miro al espejo y me pregunto quién es esta persona y la respuesta es fácil: soy como mi papá.

      ¿Quién ganó y quién perdió en esta negociación? Tal vez es cierto que la carga histórica de la que hablaban Tony y Shakespeare es demasiado pesada para que nosotros la soportemos. ¡Al final terminamos repitiendo las mismas oraciones que otros ya han dicho! ¡Eso es posible y veo que pasa todos los días, pero el profesor alemán que hay en mí sabe que hay más! Hablando en términos lógicos, filosóficos y técnicos, siempre está la posibilidad de decir algo nuevo que no se haya dicho antes.

      Todos terminamos trabajando en entornos convencionales y negociamos nuestros ideales revolucionarios por referenciarlos a las posibles acciones, a los contextos, a nuestras relaciones profesionales y a nuestras amistades; hacemos compromisos, cedemos algunas cosas y empujamos un poco por otro lado. Así es la vida y es evidente que debemos sentarnos a preguntarnos a nosotros mismos si hemos hecho demasiadas concesiones, si estamos repitiendo simplemente lo que otras personas nos dicen, si tenemos certeza sobre nuevas prácticas en nuestro contexto, si hemos introducido un nuevo libro, si ese nuevo libro aporta algo nuevo a la historia del derecho internacional y si ha dicho algo que nunca antes se hubiese dicho. Cualquiera que sea la respuesta, siempre terminamos preguntándonos por qué ha sido tan buena nuestra carrera profesional.

      Si bien hay poco que decir sobre ese particular, hay otra cuestión sobre operar en un entorno convencional como un abogado crítico. Cuando uno enseña a estudiantes para ser competentes, uno les enseña para formular y plantear dos tipos de preguntas. La primera pregunta es ¿cuál es el significado de ese tratado? Esta