En segundo lugar, porque el libro recoge una serie de trabajos que suponen una mirada crítica con soluciones inteligentes y creativas, propias de inteligencias jóvenes e innovadoras, pero conocedoras de los problemas que aborda y de las materias desde las cuales se presentan las propuestas.
En tercer lugar, porque se proponen soluciones desde “fuera de la caja”. La lectura de los diversos trabajos que incluye el libro me ha dejado la duda acerca de qué significa “fuera de la caja”. Una primera respuesta podría ser, más allá de la ley o, incluso, a pesar de la ley. En esa perspectiva, se plantea una crítica a diversos temas que son regulados en las normas, o se proponen otros no previstos. Una segunda respuesta, podría ser que los diversos trabajos proponen una mirada innovadora, en el sentido que se proponen soluciones que escapan de las tradicionales soluciones derivadas de los miles de diagnósticos que luego de costosas consultorías se han formulado para reformar el sistema de justicia en los últimos 30 años en el país. Pero una tercera respuesta, podría ser, que los trabajos que aparecen en este libro suponen un maravilloso ejemplo de ejercicio de la libertad académica aquella, que como toda libertad, se ejerce con responsabilidad. La responsabilidad viene dada por los estudios y la reflexión profunda que preceden a los trabajos, y la libertad en el modo como se elige el tema, se procesa la información para proponer soluciones y el método como se enfrentan los problemas y se relacionan con el sistema de justicia.
Si tuviera que elegir alguna de las formas de interpretar “fuera de la caja”, elegiría la tercera de las acepciones, pero preferiría que se permita aceptar las tres respuestas propuestas como posibles. Y es que no hay nada más reconfortante en la actividad académica que ser libre, pues ello permite mirar las cosas de una manera distinta a como lo hacen los demás. Con esa mirada fresca y renovadora, se oxigena la academia y se admiten nuevas soluciones a problemas centenarios que no hemos sabido resolver.
Los autores de los trabajos que encontrarán en este libro son un extraordinario ejemplo de aquello que supone ese ejercicio libre y crítico de la academia. A la mayoría de ellos, he tenido la suerte de tenerlos como alumnos. En dicha ocasión aprendía mucho de ellos, de ese espíritu inquieto e innovador, luego he visto con orgullo como han comenzado a brillar en la academia y en la profesión, y ahora con emoción y admiración, leo estos trabajos.
Estas líneas las he escrito con emoción pero con temor en no ceder ante dos tentaciones. He tenido que resistir a la tentación de comentar los trabajos presentados, pues invitan al diálogo y al debate. No lo he hecho, pues ello no corresponde a una presentación. Pero además, he tenido que resistir la emoción de escribir cada una de estas palabras, pues no hay elogio más grande para un profesor que presentar la obra de sus alumnos. Esta emoción no la he podido resistir, pues la humanidad no puede apartar de sí lo más esencial de las relaciones entre las personas. Esa misma libertad que he destacado como carácterística esencial de los trabajos académicos, la reclamo como excusa para expresar estos sentimientos.
No dudo de algo. Este libro marcará un hito. Nada de lo que se escriba después de él sobre el sistema de justicia prescindirá de los trabajos que lo contienen. Y ojalá sea así, para no caer en lo mismo de hace doscientos años: seguir pensando el sistema de justicia desde dentro de la caja.
1* Profesor principal del Departamento de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Socio del Estudio Miranda & Amado. Miembro del Consejo de la Asociación Internacional de Derecho Procesal. Vicepresidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal para Bolivia, Chile y Perú. Miembro del Grupo para la Armonización del Derecho para América Latina – GADAL.
A. SANTA CRUZ. Presentación. Código de Procedimientos Judiciales de Santa Cruz para el Estado Nord Peruano, Lima, 1836, p. VI.
Ética
profesional
Al colegio no voy más: los colegios de abogados y su (des)vinculación con la reforma del sistema de justicia
The bar associations and their (dis)engagement with the justice system reform
Carlos Ríos Pizarro*
Pontificia Universidad Católica del Perú
Con la consigna de ‘reformar’ el sistema de justicia, el Poder Ejecutivo ha presentado un proyecto de ley que busca ‘mejorar’ el rol que tienen los Colegios de Abogados dentro del funcionamiento del sistema de justicia, haciendo mayor hincapié en la regulación y sanción de la conducta ética de los abogados.
El autor analiza esta propuesta normativa —revisando a su vez las principales funciones de los Colegios de Abogados en el marco del sistema de justicia— y concluye que ésta no tendrá el impacto esperado. Por ello, sugiere una serie de modificaciones y recomendaciones que, a su criterio, tendrán un mayor impacto en el vínculo que todo Colegio de Abogados debe tener con el sistema de justicia y la ciudadanía.
* Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Candidato a magíster en derecho (LL.M Candidate) por la Universidad de Columbia.
1. INTRODUCCIÓN
La mayor parte de los abogados peruanos se siente forzada a pasar por el via crucis de incorporarse a un colegio profesional. El abogado litigante o aquel que trabaja para el Estado está prácticamente ‘obligado’ a inscribirse en dicho registro. Pero otros abogados que, por su particular ejercicio, no requieren de la colegiatura —como aquellos que participan en transacciones enteramente comerciales— también realizan tal trámite, dudosos de que su ausencia en el registro sea mal percibida en el mercado legal. La colegiatura es como una aduana ‘obligatoria’ en el ejercicio profesional, independientemente de su real utilidad.
Debido a su arraigo histórico y a la descrita percepción de “obligatoriedad”, los Colegios de Abogados fueron considerados en su momento como instituciones de mucha relevancia dentro de nuestro sistema de justicia. No obstante, esta condición ha cambiado. Hoy en día, la palabra “Colegio de Abogados” suele asociarse a desorganización, burocracia y barrera para el ejercicio de la profesión. Se le considera más un rezago del medioevo que una institución relevante para el funcionamiento del sistema de justicia.
Distintos operadores jurídicos proponen reformar estos colegios profesionales e incluso el propio Poder Ejecutivo —en el marco del proyecto de reforma de sistema de justicia— llegó a presentar un proyecto de ley sobre el particular. Lamentablemente estas propuestas de reforma —muy similares en contenido— no reflexionan ni se pronuncian sobre un aspecto crucial: ¿Cómo lograr que los Colegios de Abogados en el Perú cumplan sus funciones de forma adecuada y cuál debería ser la vinculación de estas funciones con nuestro sistema de justicia?
En el presente artículo buscaremos dar respuesta a estas interrogantes y presentaremos un diagnóstico tanto del estado actual de los Colegios de Abogados en el Perú como del rol que juegan en el funcionamiento del sistema de justicia. Posteriormente, analizaremos la propuesta de reforma planteada por el Poder Ejecutivo1 y propondremos alternativas que —a nuestro criterio— representan verdaderos cambios al status quo de los Colegios de Abogados y que generen un mayor impacto en los ciudadanos, principales usuarios del sistema de justicia.
2. SOBRE LA COLEGIATURA PROFESIONAL Y SUS IMPLICANCIAS PRÁCTICAS
El artículo 20° de la Constitución Política del Perú2 señala que los Colegios de Abogados —como Colegios Profesionales— son instituciones autónomas con personería pública. En otras palabras, se trata de personas jurídicas creadas por