Financiación no reembolsable.
Contribuciones no reembolsables o préstamos a organismos multilaterales de desarrollo o instituciones financieras internacionales en los que España sea miembro y exista un interés comercial.
Recuerde
ICEX, ICO y Cofides son los tres grandes operadores situados en España que ofrecen productos que facilitan el proceso de internacionalización de las empresas.
Interés especial para la estrategia de la internacionalización:
Proyectos que promueven la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas españolas.
Proyectos que conlleven la inversión directa o exportación de bienes y servicios de origen y fabricación española en un porcentaje suficientemente significativo de la financiación.
En ausencia del porcentaje significativo de bienes y servicios de origen y fabricación española, cuando concurran circunstancias que justifiquen el interés nacional.
Beneficiarios: estados, administraciones públicas regionales, provinciales y locales extranjeras, Instituciones públicas extranjeras, así como empresas, agrupaciones, consorcios de empresas públicas y privadas extranjeras, tanto de países desarrollados como de países en vías de desarrollo.
Recuerde
En todo proceso de exportación es conveniente revisar si los instrumentos generados por el país apoyan el proceso de exportación con medidas económicas, técnicas, estratégicas o promocionales.
En el caso de financiación ligada concesional: solo países con PIB per cápita inferior a 3.945 $USA (importe).
Exclusión: países altamente endeudados. Excepcionalmente, el Consejo de Ministros podrá aprobar financiación reembolsable a países HIPC que hayan alcanzado el punto de culminación.
Recuerde
No todas las líneas de apoyo a la internacionalización son líneas de crédito.
Excepcionalmente también, podrán recibir financiación FIEM organismos internacionales siempre que la contribución tenga un claro interés comercial.
Importes financiables:
El FIEM puede financiar hasta el 100 % del importe del proyecto.
En ocasiones, la financiación FIEM podrá ser completada:
Con fondos locales.
Con financiación de organismos multilaterales de desarrollo
O, en otros casos, con créditos comerciales que cuentan con apoyo oficial español (crédito mixto).
Condiciones financieras: las condiciones específicas de cada operación se determinan caso por caso.
Formalización y administración: el ICO, como agente financiero del Estado, negocia, firma y administra los convenios de financiación del FIEM. Los convenios son firmados con el agente financiero designado por el Gobierno del país beneficiario del crédito (Ministerio de Finanzas, Banco Central, empresa pública, beneficiario).
El agente financiero debe contar con la garantía soberana de su Gobierno o las garantías que se determinen en el momento de la aprobación de la financiación.
Desembolso: el desembolso de la financiación es realizado de acuerdo con los hitos establecidos en el contrato comercial suscrito por la empresa exportadora. A través de una entidad financiera con presencia en España, el ICO paga a las empresas ejecutoras, a medida que estas presentan ante la entidad financiera la documentación que acredita el cumplimiento del contrato.
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