El decreto 20.98/46 le atribuyó al Secretario la función de estudiar, informar y proponer al presidente de la Nación las medidas necesarias para mejorar el funcionamiento de la administración pública, la planificación, coordinación y ejecución del plan de gobierno, la realización de los estudios estadísticos para obtener la información que necesitara, creando además un consejo consultivo que dependían de la misma: el Consejo Económico y Social, en el que estarían representados los Ministerios y Secretarías de Estado, los presidentes de los Bancos Central, Nación, Hipotecario y de Crédito Industrial, seis representantes de los empleadores y seis de los trabajadores designados por el Poder Ejecutivo, y que a solicitud del Presidente podía ser ampliado con la presencia de Ministros y Secretarios de Estado, y personal técnico cuya opinión fuera interesante conocer.[37]
La necesidad de centralizar la acción del plan de gobierno llevó a la creación, por un decreto de 1948, del Consejo Federal Coordinador, en el que se invitó a participar a los gobiernos de las provincias, y un Consejo de Coordinación Interministerial, en el que participarían los representantes de los Ministerios y secretarías de Estado,[38] que al año siguiente se los hizo depender del recientemente creado Ministerio de Asuntos Técnicos.[39]
Según Berrotarán,[40] la creación de la Secretaría Técnica se justificaba en la necesidad de una estructura de coordinación, fundada en la imposibilidad de crear nuevos ministerios y lograr autonomía en la gestión que pudiese evadir eventuales oposiciones internas y posibles trabas burocráticas.
Pero esta intención centralizadora puso de manifiesto fuertes obstáculos originados en las desiguales capacidades de las distintas dependencias, así como los conflictos de poder que colisionaban con la racionalidad técnica que se pretendía.
Cuando en 1946 se solicitó a los ministerios las propuestas y planes de las áreas a su cargo a los efectos de ser reelaborados, para ser incorporados al Primer Plan Quinquenal, estos respondieron de muy diversa manera, en función de sus capacidades técnicas y las lógicas burocráticas de las que eran herederas, que resultaron ser heterogéneas y muy desiguales.
Una vez elaborado el plan, se crearon nuevos organismos para su ejecución y control, como los consejos encargados de construir consensos, el primero de los cuales fue el Consejo Económico y Social, que contribuyó a definir las políticas. Mas tarde, sus misiones y funciones fueron asumidas por el Consejo Económico Nacional, ente interministerial encargado de la orientación política y la coordinación de acciones entre las diferentes jurisdicciones (nacionales y provinciales), que permitieron generar los acuerdos previos necesarios para la formulación de acciones que se imponían al conjunto de la sociedad.
Para enfrentar el panorama institucional desorganizado y heterogéneo, la ST apuntó a la centralización, el mejoramiento de las capacidades institucionales y la competencia técnica de los funcionarios.
La debilidad institucional constatada a la hora de presentar proyectos por parte de algunos organismos del estado, tuvo como respuesta un intento de fortalecer sus capacidades. Con el objetivo de ordenar al Estado, para conocer la infraestructura existente, los insumos y el personal en servicios, se realizó el primer censo de los bienes del Estado.
En la presentación ante el Congreso de la Nación del Primer Plan Quinquenal, señalaba Perón:
Empezamos a estudiar la situación y se presentó el primer inconveniente. Llevamos treinta y tantos años sin censo. No sabemos qué tenemos, donde lo tenemos, ni cómo lo tenemos. Disponemos de una estadística teórica, llena de falacias, incompleta e unilateral; y de pequeños censos de estadística de algunas reparticiones que nos permiten mirar, como a través del ojo de la cerradura una parte del panorama nacional.
Hemos dado movimiento a la Dirección Nacional de Estadísticas y Censos, fundada hace dos años, con poca fortuna. Esperamos que, Dios mediante, tengamos ahora mejor suerte, porque está más próxima a nosotros y la vigilamos más de cerca.
Tendremos un censo y una estadística que habrán de servir a quien me suceda en el gobierno, dentro de seis años.[41]
La conclusión a la que arribaron las autoridades de que mientras no fuera posible una reforma de la ley de Ministerios, sería necesario crear una estructura flexible que, en definitiva, implicó la permanente redefinición de los organismos estatales que cambiaban de categoría y salían de sus tradicionales ámbitos de funcionamiento. Esa acción sobre la marcha permitió la creación y separación de áreas fundamentales, como educación del Ministerio de Justicia, o la creación de la Secretaría de Salud Pública.[42]
Decía Figuerola:
La primera función que el poder Ejecutivo encara con respecto a la Administración Nacional es la organización de los Ministerios. Pero la proyectada organización administrativa resultaría ineficaz si el Poder Ejecutivo no hubiese tenido la precaución de traer a la consideración del Honorable Congreso un proyecto de ley encaminado a la reorganización de los ministerios. Porque la realidad es que la limitación numérica establecida por la Constitución dificulta el normal desenvolvimiento de todos los servicios del Estado.
Si hiciese falta una prueba de la necesidad expuesta, podría encontrarse en el hecho de que mientras la mayor parte de los países han modificado varias veces su organización ministerial y han aumentado el número de sus ministerios conforme a las necesidades y el progreso de los tiempos nuevos, la Argentina ha tenido que permanecer estacionada o suplir las deficiencias con arbitrios no todo lo eficientes que serían de desear. Y así habrá de estar hasta tanto que una reforma constitucional permita ampliar los departamentos ministeriales. Refundir dentro de ocho moldes todas las actividades en que ha de actuar el Poder Ejecutivo, ofrece sus inconvenientes, porque a veces sucede que algunas de esas actividades requiere gestión aislada, por razones de incompatibilidad con las otras. El trabajo y la previsión o la salud pública, podrán servir de ejemplo a la precedente aseveración. Es precisamente esa, la razón de que el excelentísimo señor presidente no haya creído acertado traer una ley articulada de reorganización de los ministerios, dentro de los ocho constitucionalmente admisibles, y de que haya preferido, para el bien de la Nación, pedir una autorización al Poder Legislativo para reorganizar directamente el funcionamiento de los ministerios, sin la traba que representa la ley 3.727, orgánica de los mismos y con la experiencia que se vaya adquiriendo, presentar un proyecto de ley que disminuya, en lo posible, los inconvenientes que ofrece la Constitución en el aspecto administrativo de que se trata.[43]
Desde sus primeros discursos Perón advirtió sobre la necesidad de organizar el Estado, dejando bien sentado que era preferible “la acción tesonera del Estado encaminada a disciplinar la producción y a armonizar el sentir colectivo en un superior deseo de bien público.[44] La primer tarea consistía en organizarlo sobre bases científicas, lo que significaba oponerlo a la política, fundar una nueva legitimidad en la organización estatal alejado de luchas partidarias, en administrar y gobernar de la mejor manera y no fiarse de la discrecionalidad política de los hombres.
Para Perón el Estado “es una máquina que funciona dentro de la Nación, pero lo definitivo y lo que obedece a la tradición histórica es la Nación y no el Estado”.[45] Ese Estado máquina solo tenía sentimientos