Cannabis Medicinal. Ramón Horacio Galarza. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Ramón Horacio Galarza
Издательство: Bookwire
Серия:
Жанр произведения: Математика
Год издания: 0
isbn: 9789878715148
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el cannabis en su cultivo, consumo y comercialización; sin embargo, para 1996, el cannabis medicinal ya era legal. En 2016 se volvió legal llevar 28 gramos; sin embargo, aún era ilegal comercializar. Además, no se podrá comercializar entre las 10 pm y 6 am.

      3.- Colorado. Junto con Washington, Colorado fue de los primeros estados en legalizar el cannabis recreativo desde el 2012. Asimismo, hasta el 2016 este estado tenía más tiendas de cannabis que locales de Starbucks y McDonald’s.

      4.- Maine. Una iniciativa legislativa les dio el derecho a los locales de tener en posesión hasta 70 gramos; sin embargo, no significa que puedan comprar cannabis. Para noviembre del 2017, el gobernador Paul LePage vetó una norma que iba a regular y generar impuestos al cannabis recreacional. Ahora, legisladores y el gobernador están en tratativas para armar un nuevo marco legislativo.

      5.- Massachusetts. En 2016 el estado permitió la posesión y uso de 28 gramos de cannabis y cultivo de hasta 12 plantas en cada hogar. Sin embargo, legisladores postergaron la apertura de tiendas de cannabis hasta julio del 2018 cuando estaba pensado para enero del mismo año. Por ahora no habrá ventas de cannabis para fines recreacionales.

      6.- Nevada. Tanto locales como turistas mayores de 21 años pueden comprar 28 gramos de cannabis o 3.5 gramos de comestibles o concentrados. Cuando las ventas se legalizaron muchas tiendas agotaron sus suministros en menos de dos semanas. Desde el lanzamiento del mercado, el estado ha recaudado más de US$ 20 millones en impuestos. Sin embargo, si uno desea cultivar sus plantas debe vivir al menos a 40 kilómetros de distancia de una tienda de cannabis.

      7.- Oregon. Desde 2015, los locales pueden no solo tener posesión de 28 gramos sino que también pueden cultivar hasta 4 plantas. También se pueden regalar comestibles siempre y cuando se consuman en privado. En 2017 se recaudaron US$ 85 millones en impuestos que sirvieron para financiar escuelas, iniciativas de seguridad social, policía y gobernanza local.

      8.- Washington. Desde que se legalizó el cannabis para fines recreacionales, las ventas en este Estado ascienden a más de US$ 1 billón. Los locales pueden poseer 28 gramos de cannabis pero si quieren cultivar tienen que hacerlo para fines medicinales.

      9.- Washington D.C.- En Noviembre de 2014, los locales de la capital estadounidense votaron para que se legalice el cannabis para fines recreacionales. La norma se aprobó en 2015 y permite la posesión de 56 gramos y se puede regalar hasta 28 gramos si no hay intercambio comercial de por medio.

      Cabe precisar que para el gobierno federal, el cannabis es ilegal y, por lo tanto, está prohibido portar cannabis entre estados.

       Cannabis Medicinal en Latinoamérica.

      En 2016, el Congreso Nacional de Chile aprobó un proyecto de ley que despenaliza el autocultivo de cannabis, así como también su consumo privado con fines espirituales, medicinales y recreativos.

      La Ley 20.000, promulgada y publicada en febrero de 2005, sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. El artículo 4 de la ley no prohíbe el consumo personal en privado de ninguna droga en particular: "El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de drogas productoras de dependencia física o psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, será castigado con un mínimo de 541 días y hasta cinco años, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo", siendo esto último interpretable a criterio de cada juzgado. La ley penaliza el consumo en grupos.

      Pero aunque la ley no prohíbe el consumo personal y privado de ninguna sustancia adictiva, el porte para uso personal puede ser sancionado con multas menores, la obligación de realizar trabajos comunitarios, o someterse a programas de rehabilitación monitoreados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA).

      Desde el 1 de diciembre de 2015, a través de un decreto del Ministerio de Salud, el gobierno de la presidenta Michelle Bachelet autorizó la elaboración y venta de medicamentos sobre la base de cannabis.

      De este modo, se establece que “las especialidades farmacéuticas que contengan cannabis, resina de cannabis, extractos y tinturas de cannabis podrán expenderse al público en farmacias o laboratorios mediante receta médica retenida con control de existencia.

       México

      El uso medicinal y científico de cannabis es legal en México, país que ha estado dando los pasos hacia su legalización, y su uso se regulará antes del 15 de diciembre del 2020. La posesión personal se descriminalizó en 2009. Es legal la posesión de hasta 5 gramos para el consumo personal.

      En noviembre de 2018, la entonces senadora (desde el 1 de diciembre de ese año, secretaria de Gobernación), Olga Sánchez Cordero, presentó una iniciativa para despenalizar completamente y regular el uso personal, industrial, médico y científico. El 16 de febrero de 2019, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la prohibición del uso recreativo de la planta.

      El clima, la orografía, y la cercanía del gran mercado consumidor estadounidense han favorecido que el país haya sido y siga siendo el mayor productor y exportador de cannabis de América, superado a nivel mundial solo por Marruecos.

       Uruguay

      La noche del 10 de diciembre de 2013, luego de una larguísima sesión del Senado, el cannabis empezó a ser legal en Uruguay.

      Desde entonces el Estado tiene el monopolio de la provisión de la cuarta droga más utilizada en el país, y otorga licencias a terceros para que cultiven, cosechen y distribuyan las flores de la planta. Para acceder a la compra, los usuarios deben registrarse en las oficinas del Correo del Estado, escanear sus huellas dactilares y declarar su domicilio. Deben ser uruguayos y mayores de 18 años para acceder a un máximo de 480 gramos de cannabis legal por año. Con esta medida, el Estado espera quitarle parte del negocio ilícito al narcotráfico.

      Los políticos del Frente Amplio, la coalición de partidos de izquierda que llevó a José Pepe Mujica a la presidencia, y que era mandatario cuando se aprobó esta ley, no hablaban de legalización sino de “regulación”. Fue un recurso semántico en la lucha discursiva para no asustar a la opinión pública con una “legalización”. O un “viva la Pepa”, como previno Mujica. Hoy se cree que la mitad de los usuarios de cannabis consumen cannabis legal.

      La ley prevé tres maneras de acceder al producto: cada hogar puede cultivar hasta seis plantas hembra y estoquear 480 gramos de cannabis seco; otra posibilidad es asociarse a un club de hasta 45 miembros y hacer un cultivo conjunto (110 clubes abastecen a 2517 personas); y la tercera posibilidad es comprarla en farmacias. Esta forma de acceso empezó a funcionar en julio de 2017, tres años y medio después de aprobada la ley. La que llega a las farmacias es un cannabis libre de impuestos y de calidad controlada por el Ministerio de Salud Pública.

       Argentina

      Si analizamos la historia del cannabis en Argentina, la ley promovida por López Rega es de una desproporción alucinante. Durante los 70, el consumo de cannabis se limitaba al universo de ciertas elites intelectuales y las tribus del rock. Su cultivo era prácticamente un mito.

      El pasaje de la dictadura a la democracia también tuvo su correlato en los fallos judiciales sobre drogas. En el fallo del 78 Ariel Colavini fue condenado por tenencia de dos porros. Según los jueces, castigarlo tenía como objetivo frenar la “difusión de la toxicomanía”, una “calamidad social comparable a las guerras que asola a la humanidad, o a las pestes que en tiempos pretéritos la diezmaban”. En 1986, la doctrina daba un vuelco prometedor: Gustavo Bazterrica fue absuelto por la tenencia de dos “porros” en un fallo donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaraba que penar la tenencia de drogas para uso personal era una aberración jurídica, basándose en el principio de autonomía y privacidad del Artículo 19 de la Constitución.

      La tenencia de flores,