El paraíso de la impunidad. Rainer Huhle. Читать онлайн. Newlib. NEWLIB.NET

Автор: Rainer Huhle
Издательство: Bookwire
Серия:
Жанр произведения: Социология
Год издания: 0
isbn: 9786078616909
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un acceso muy limitado a los servicios de salud, la educación, la seguridad social, la vivienda y otros servicios básicos” (Amnistía Internacional, 2011, p.7).

      Otro problema es el acceso a la justicia y la igualdad ante la ley, ya que como bien apunta el Centro Prodh, “la discriminación por razones de etnia sufrida por las personas indígenas se suma a las desigualdades procesales y violaciones a derechos humanos ocasionadas por las deficiencias estructurales del sistema de justicia en general” (Centro de Derechos Humanos Prodh, 2012, p.10), y, a pesar de que existen desde el 2008 reformas en el sistema de justicia penal, “en la mayoría de procedimientos judiciales en los que hay encausados, víctimas o testigos indígenas, no hay intérpretes ni abogados que hablen estas lenguas” (Amnistía Internacional, 2011, p.9). Esto impide que puedan defenderse y, en consecuencia, se da lugar a acusaciones y juicios falsos.

      Destacan también que “no conocen ningún caso en que una persona indígena haya obtenido reparación por haber sido detenida y procesada injustamente” (Amnistía Internacional, 2011, p.9). En esta misma línea, el Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM) apunta que “Son precisamente las mujeres indígenas quienes presentan mayor vulnerabilidad en el acceso a la justicia, debido a que en la mayoría de las veces son ellas quienes presentan los mayores porcentajes de analfabetismo y monolingüismo” (CLADEM, 201, p.9).

      En el tema de la salud se hace especial énfasis en la discriminación de las mujeres en cuanto a las deficiencias que sufren con respecto a la atención sanitaria. Son ellas quienes sufren de una discriminación cruzada por el hecho de ser mujeres y vivir el proceso biológico del embarazo, ser indígenas y ser pobres en zonas rurales. A esto se le suma que el personal en las instalaciones de atención no habla ninguna lengua indígena, y tampoco existen medios o personal que haga traducciones.

      Respecto de la consulta previa e informada hacia las comunidades indígenas en lo que concierne a sus tierras por la puesta en marcha de megaproyectos señalan que la realidad es que las autoridades mexicanas no respetan “los mecanismos jurídicos existentes y los de los propios indígenas, como la legislación agraria y las prácticas de toma de decisiones comunitarias [ni se llevan a cabo] procesos de consulta participativos” (Amnistía Internacional, 2011, p.10). Esto, sin dejar de lado que muchas veces se consiguen los consentimientos a través de promesas y mentiras de compensación a las comunidades que jamás se realizan.

      En el rubro de la educación se enfatiza la existencia de la brecha de género debido a que continúan siendo las mujeres de los grupos indígenas las que tienen 17.6% de porcentaje analfabeta, “más de cuatro veces la media nacional” (CLADEM, 2011, p.17). Además, señalan que la calidad de la educación que provee el estado es deficiente y no busca dignificar al ser humano debido a que “no invierte en el sistema educativo a fin de contar con una población educada, competitiva, productiva y pensante, que contribuya a fortalecer un estado democrático, de derecho y respetuoso de los derechos humanos” (Red TDT, 2012). Cabe mencionar que, tal como se verá en capítulos posteriores, el Comité de los Derechos del Niño realiza observaciones y recomendaciones que van en este mismo sentido, de las cuales el estado prefiere hacer oídos sordos.

      Respecto de la población migrante en México, según un informe presentado por la organización Sin Fronteras IAP,

      […] aproximadamente 400,000 migrantes indocumentados transitan por México con la intención de llegar a los EUA, quienes enfrentan fuertes violaciones durante su trayecto, entre las principales están: el tráfico de migrantes y el aumento del cobro por el cruce, robo, abuso de autoridad, extorsión, trata, secuestro, reclutamiento para acciones del crimen organizado y asesinatos (Sin Fronteras IAP, s.f., p.2).

      Pero, tal como lo destacan las organizaciones de la sociedad civil, no son solamente las violaciones de derechos humanos que sufren debido a la participación de las autoridades mexicanas y el crimen organizado, sino la discriminación y la xenofobia que sufren por parte del resto de la población mexicana: “De acuerdo con el CONAPRED, entre 40 y 60% de la población tiene actitudes discriminatorias contra los migrantes y cerca del 55% desearía que se aplicaran medidas más duras contra esta población” (Sin Fronteras, IAP; s.f., p.2). Esto se debe principalmente a estereotipos generados e impregnados en la población que relacionan a este grupo con delincuentes o integrantes de grupos delictivos, además, sufren discriminación por otros aspectos como su color de piel, la nacionalidad, su origen étnico, su sexo u orientación sexual.

      Enfatizan, además, que son impresionantes los casos de migrantes que, a pesar de ser naturalizados como mexicanos, siguen siendo no reconocidos como ciudadanos mexicanos.

      Otra crítica que le hacen al estado mexicano es, que a pesar de que “la discriminación se encuentra tipificada como delito dentro del Código Penal del Distrito Federal”, la realidad es que “el acceso a la administración de justicia en el caso de este y otros delitos en la práctica se encuentra menoscabado por la exigencia de comprobar una estancia legal en el país al momento de presentar una denuncia o de ratificarla” (Sin Fronteras, IAP; s.f., p.2).

      Finalmente, con respecto a la población afromexicana en México, la principal problemática que se resalta en el único informe sombra que aborda esta situación es el de la invisibilización, no solamente en la ley, sino también en los censos poblacionales, además de la vulnerabilización de las mujeres afromexicanas. Por su parte, CLADEM menciona que en el informe que envía el estado al Comité este “presenta la información respecto a las personas afrodescendientes y a las mujeres en un apartado que titula ‘Otros grupos’” (CLADEM, 2011, p.2). Esta es una clara muestra de la invisibilización hacia este grupo.

      De igual forma, CLADEM menciona que gracias a información recabada por el CONAPRED “se estima que en México la población afrodescendiente asciende a 450 mil habitantes. La mayoría asentada en la Costa Chica de Guerrero y Oaxaca, así como otros estados del sur como Tabasco y Chiapas” (CLADEM, 2011, p.5).

      Debido a esta invisibilización, se enfatiza la importancia de tomar en cuenta a este grupo poblacional como una tercera raíz de la mexicanidad, además de recomendar “que se establezca un real compromiso por hacer visibles las maneras diferenciadas que mujeres y hombres enfrentan como afrodescendientes, desde el registro de la información” (CLADEM, 2011, p.6).

      También se hace una crítica a la falta de armonización de las leyes federales con las estatales y municipales en cuanto a las medidas judiciales y administrativas. Un ejemplo de esto es la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación que, a pesar de haber sido aprobada en el 2003, después de varios años apenas diecisiete estados “han creado leyes locales contra la discriminación (es decir poco más de 50% de los estados)” (CLADEM, 2011, pp. 7 y 8). Además, solamente el estado de Oaxaca hace referencia a la protección del grupo de afromexicanos y afromexicanas, pero en la Constitución Mexicana no viene estipulado concretamente.

      En cuanto a la salud pública, se hace mención de nuevo sobre la invisibilización de la población afromexicana debido a la falta de información estadística de la afiliación al Seguro Popular, tanto en fuentes oficiales, como el caso del INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía), como en la información emitida por el estado mexicano en su informe enviado al Comité (CLADEM, 2011, p.15).

      Lo anterior nos permite observar que la discriminación de los tres grupos analizados afecta en buena medida el desarrollo y la libertad tanto de sus derechos civiles y políticos como de los económicos, sociales, culturales y ambientales, principalmente en el acceso a la justicia, respeto de sus tierras y el acceso a la salud y la educación. Además, es importante mencionar que en los nueve informes sombra revisados solamente uno de ellos hace mención a la población afromexicana en México. Por ello resulta contradictorio que es la misma sociedad civil la que hace alusión a la falta de información de las y los afromexicanos por parte del estado mexicano, sin embargo, a la vez, aquella tampoco destaca mucha información en sus informes sobre el grupo de las y los afromexicanos, lo que podría también tener varias causas como una falta de conciencia de la existencia de esta parte de la población, así como la gran demanda de cubrir amplios temas dentro de las organizaciones y la falta de tiempo de poder abarcar todos.

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