Serie 18 de octubre, a cargo de Silvia Aguilera © LOM ediciones Primera edición, marzo de 2020 Impreso en 3.000 ejemplares ISBN: 978-956-00-1257-9 eISBN:9789560012845 RPI: 2020-a-1425 Fotografías: Paulo Slachevsky https://www.flickr.com/photos/pauloslachevsky Edición, diseño y diagramación LOM ediciones. Concha y Toro 23, Santiago Teléfono: (56–2) 2860 68 00 [email protected] | www.lom.cl Tipografía: Karmina Impreso en los talleres de LOM Miguel de Atero 2888, Quinta Normal Impreso en Santiago de Chile
Presentación
La crisis de legitimación que sufre el sistema político chileno, y que ha venido desarrollándose al menos desde hace una década y media con diversos momentos de aceleración, «estalló» el 18 de octubre de 2019 y nos ha dejado enfrentados a un proceso constituyente que comenzará con un plebiscito el 26 de abril de 2020 y continuará, en su caso, con la elección de una Convención Constitucional que es, en lo relevante, una Asamblea Constituyente y luego con un plebiscito en el que el pueblo será llamado a pronunciarse sobre lo que esa Convención proponga.
Esto ha suscitado una demanda ciudadana por entender y discutir el problema constitucional que no tiene precedentes. Especialmente desde que se anunciara el cronograma constituyente, el 15 de noviembre de 2019, se han organizado reuniones, foros, conversatorios, asambleas y cabildos en plazas, juntas de vecinos, sindicatos, universidades, municipalidades y otros espacios y lugares para intercambiar opiniones sobre el proceso constituyente y la nueva Constitución, el problema constitucional, el Acuerdo del 15 de noviembre y las condiciones que él fija para lo que viene, las posibilidades de una política sin partidos políticos o sin representación, el Tribunal Constitucional, la «hoja en blanco», etc.
La cuestión constitucional es algo sobre lo que todo ciudadano se sabe llamado a tener una opinión, pero es al mismo tiempo vista como un tema de «expertos», de abogados constitucionalistas.
El argumento lo hemos escuchado todos: ¿Cómo es que las personas dicen que quieren una nueva Constitución si ni siquiera han leído el texto constitucional vigente? Ha habido encuestas que han preguntado a los encuestados si han leído la Constitución, e incluso algunos municipios preguntaron eso a los votantes en la consulta municipal del 15 de diciembre.
La cuestión no es políticamente inocente, sino una manera de descalificar la opinión de los ciudadanos y ciudadanas comunes y corrientes, de modo que la encuesta Cadem podía anunciar, en su estudio de la tercera semana de diciembre, que aunque el 84% de los encuestados quería una nueva Constitución, el 61% no la había leído. Y por supuesto no es casualidad que haya sido La Reina, una comuna controlada por la derecha, la que haya preguntado en su consulta municipal si «¿Alguna vez ha leído completa o parte de la actual Constitución Política de Chile?».
Esto por cierto es absurdo. No es necesario ser un experto en derecho constitucional para tener una opinión válida sobre la Constitución política, porque la Constitución no es un texto jurídico, sino una decisión política. Y una crisis política de la envergadura que vive Chile actualmente, en que todas las formas institucionales están radicalmente deslegitimadas, desde el Congreso Nacional y los partidos políticos hasta los tribunales de justicia y Carabineros, es una crisis constitucional de proporciones. Los ciudadanos podrán no entender los intríngulis del derecho constitucional, pero sí ven, porque las experimentan en sus vidas, las consecuencias de la política que la Constitución constituye.
El sentido de este libro es contribuir a dar a los ciudadanos y ciudadanas explicaciones sobre el problema constitucional que puedan ayudarles a formarse su propia opinión y así participar de la discusión constituyente que ya ha empezado y que se acelerará en los próximos meses. Las preguntas que el libro responde han surgido de los innumerables conversatorios, foros y otras reuniones en que algunos de nosotros hemos participado. A veces, los organizadores de esas actividades solicitaban a los asistentes que formularan sus preguntas por escrito. En esos casos, les pedimos que las transcribieran y nos las enviaran. Esas preguntas formaron la base inicial desde la cual, después de algunas adiciones para mayor claridad o completitud de las explicaciones y sustracciones para evitar repeticiones, surgieron las 138 preguntas que son respondidas en este libro. Muchas de ellas, entonces, son simples transcripciones de preguntas reales hechas por ciudadanos y ciudadanas reales, lo que a veces es notorio en su formulación.
Las respuestas a esas preguntas no son ni pretenden ser neutrales. En materias políticas, la neutralidad es una imposibilidad, y quien la reclama lo que hace es esconder detrás de ese reclamo sus posicionamientos políticos, a veces incluso a sabiendas. Es posible, entonces, que las lectoras y los lectores no compartan nuestros posicionamientos políticos. Pero esperamos que las explicaciones ofrecidas estén formuladas de un modo que sean útiles a los y las lectoras para formarse, aun por contraposición, su propia opinión.
Nuestros agradecimientos a Lom y a su directora Silvia Aguilera, que con entusiasmo acogió esta idea y se aseguró de que pudiera materializarse oportunamente.
Sobre el concepto de «Constitución» y otros relacionados
Pregunta N°1. ¿Qué es una Constitución?
Hay dos maneras de entender el concepto de Constitución. Una es la manera del abogado, para quien lo más importante acerca de la Constitución es que ella le provee reglas que permiten alegar causas ante tribunales. En este sentido, la Constitución es un conjunto de reglas reunidas en un texto (los abogados suelen hablar, de hecho, del «texto constitucional»). ¿Qué es lo que distingue a ese texto de los demás? El abogado responde: la forma en que se modifica y el tipo de argumentos que provee para alegar en ciertos tribunales. A diferencia de los textos legales, el texto constitucional es especialmente difícil de modificar, y los argumentos constitucionales cumplen distintas funciones en los litigios respecto de otros textos legales.
Está claro, sin embargo, que este concepto de Constitución es insuficiente en el debate constituyente, porque cuando se demanda una nueva Constitución no se demanda un nuevo texto-difícil-de-modificar. Tampoco se trata de discutir sobre qué argumentos que tengan retórica constitucional deben servir en causas judiciales. El concepto del abogado puede ser un concepto útil en ciertos contextos –y por ello es importante tener en cuenta estas funciones–, pero ahora no nos sirve, porque no permite entender qué es lo que se juega al iniciar un proceso constituyente. Para esto necesitamos otro concepto de Constitución, uno que ponga en relieve su sentido político.
Para introducir este segundo sentido podemos comenzar atendiendo al nombre de la Constitución: «Constitución Política de la República»; ella hace exactamente eso, constituye. ¿Constituye qué? Como lo dice su título: constituye políticamente a la República, constituye la política de la República. Es decir, configura el poder político que rige en Chile. Esto es bastante claro cuando notamos las cosas que decide: cómo se genera el poder político institucional, cómo se accede a él, cómo se detenta, cómo se pierde, cuáles son los procedimientos mediante los cuales se ejerce y cuál es el resultado de ese ejercicio (¿Se crean reglas? ¿Para quién?), cuáles son sus límites y sus fines, etc.
La Constitución, en otras palabras, es una (o varias) decisión(es) fundamental(es) sobre la política, sobre el poder político. La Constitución establece, por ejemplo, que ciertas formas de poder no se transmiten de un soberano a su heredero, que quienes detentan el poder de crear reglas deben ser en general electos en elecciones universales, que esas reglas deben servir para ciertos fines generales, etc.
Este es el sentido en que se usará la expresión en estas explicaciones, y cuando queramos hacer referencia a la Constitución en el sentido del abogado, hablaremos de «el texto constitucional».
Pregunta