[2] Capítulo 53.
[3] Capítulo 54.
[4] Capítulo 56.
CAPÍTULO II
El termidor del cristianismo como origen de la ortodoxia cristiana: las raíces cristianas del capitalismo y de la Modernidad
¿Qué es ortodoxia? Creo que hoy en día el fenómeno de la ortodoxia se entiende mejor a través de la definición que ofrece Marx sobre el termidor. Tenemos que hacernos esta pregunta porque el termidor vuelve a aparecer una y otra vez en casi todos los procesos revolucionarios. Marx utilizó este concepto para nombrar un proceso que se dio al interior de la Revolución francesa. Trotsky habla también del termidor, pero, en su caso, de la Revolución rusa, el cual está vinculado con Stalin, quien se apoya en la maquinaria de planificación de la Unión Soviética. Posteriormente Crane Brinton, en The Anatomy of Revolution, descubre las similitudes que hay entre las cuatro grandes revoluciones de la Modernidad: la inglesa, la norteamericana, la francesa y la rusa. Todas ellas devienen un proceso conservador al cual denominará “el termidor” de cada una de ellas.
En las tres primeras se trata de revoluciones populares que se transformaron en revoluciones burguesas, donde ciertos “intelectuales” redefinen el sentido de la revolución popular con base en ciertas absolutizaciones que, en nombre de la revolución, traicionan los principios fundamentales de ésta. La redefinición de la revolución popular se convierte entonces en la nueva ortodoxia de la revolución, y la convierte en burguesa. Las revoluciones posteriores siguieron en cierto grado este fenómeno.
Se trata efectivamente de la creación de la ortodoxia, la cual transformará y redefinirá las ideas de la revolución popular en función de la legitimación e implementación del nuevo poder político. El pensamiento legitimador que definirá al nuevo poder será el pensamiento ortodoxo, cuya encarnación es el termidor. En todos estos casos, este nuevo poder (la nueva clase dominadora) está contra el pueblo que hizo la revolución.
La problemática del termidor es el resultado de que las revoluciones indicadas trastocaron los cimientos de la injusticia y la desigualdad, y consideraron en serio la construcción de la base de una igualdad general humana, aunque siempre en términos de una igualdad concreta. Esta igualdad fue expresada por primera vez en el mensaje cristiano como un universalismo práctico; pero partir de una idea de igualdad nos fuerza inevitablemente a su posible institucionalización. Dicho problema se presentó por primera vez en el cristianismo cuando el pueblo se pudo cristianizar, pero no así el Estado romano. Lo que llamamos Estado cristiano del siglo IV no es la cristianización del imperio, sino la imperialización del cristianismo, es decir, su termidor. Bajo este mismo parámetro, hoy se podría analizar la fundación del Estado de Israel como el termidor del judaísmo.
EL UNIVERSALISMO CONCRETO EN EL ANTIGUO CRISTIANISMO
A continuación, quisiera mostrar, de la mano de algunos ejemplos, el significado de este universalismo concreto.
La teología de la deuda
Consideraré como ejemplo del pago de la deuda lo que Jesús dice en el padrenuestro: “Perdónanos nuestras [deudas], como también hemos perdonado [las deudas] de nuestros [deudores]”. Este tipo de perdón tiene sentido, por supuesto, cuando se trata de deudas impagables; de lo contrario, el deudor se arruinaría a través de la obligación del pago. Incluye en la Antigüedad la venta de esclavos, aunque hoy resulte tan extremo como entonces. Jesús dice esto con ayuda de una parábola:
Por esto, sucede con el reino de los Cielos como con un rey que quiso hacer cuentas con sus funcionarios. Estaba comenzando a hacerlas cuando le presentaron a uno que debía muchos millones. Como aquel funcionario no tenía con qué pagar, el rey ordenó que lo vendieran como esclavo junto con su mujer, sus hijos y todo lo que tenía, para que quedara pagada la deuda. El funcionario se arrodilló delante del rey y le rogó: “Tenga usted paciencia conmigo y se lo pagaré todo”. Y el rey tuvo compasión de él; así que le perdonó la deuda y lo puso en libertad.
Pero, al salir, este funcionario encontró a uno de sus compañeros que le debía una pequeña cantidad, y, tomándolo del cuello, comenzó a estrangularlo, diciéndole: “Págame lo que me debes”. El compañero, arrodillándose delante de él, le rogó: “Tenga paciencia conmigo y se lo pagaré todo”. Pero él no quiso, sino que lo hizo meter en la cárcel hasta que le pagara la deuda. Esto dolió mucho a los otros funcionarios, que fueron a contarle al rey todo lo que sucedió. Éste lo mandó llamar y le dijo: “¡Malvado! Yo te perdoné toda aquella deuda porque me lo rogaste. Pues tú también debiste tener compasión de tu compañero, del mismo modo que yo tuve compasión de ti”. Y tanto se enojó el rey que ordenó castigarlo hasta que pagara todo lo que debía.
Jesús añadió: Así hará también con ustedes mi Padre celestial, si cada uno de ustedes no perdona de corazón a su hermano. (Mt 18, 23-35)
En el padrenuestro, el asunto se trata del pago de deudas, lo cual no es ningún pago, sino un anti-pago. El ser humano tiene deudas con Dios, mientras que otros hombres tienen deudas con él. Dios, sin embargo, no quiere ningún pago positivo de la deuda, y el ser humano tampoco podría pagarla. No existe en realidad ninguna moneda con la cual pudiese pagarle. El pago es totalmente otro: el hombre le paga a Dios en tanto que perdona las deudas de sus prójimos. Dios perdona las deudas porque el hombre también las perdona. El pago no es ningún pago; es una correspondencia.
Este legado de la deuda del creyente frente a su deudor es la herencia de un quebranto a la ley. Este perdón de la deuda del prójimo implica suspender la ley. Según la ley, hay que pagar las deudas, lo que se deriva del séptimo mandamiento (“No robarás…”). El pago de la deuda es una obligación legal y, cuando es tratada así, la autoridad está, junto con la policía, los jueces y el verdugo, de lado del acreedor. En cambio, lo que el padrenuestro exige es incluir este quebranto de la ley por parte del creyente. Dios lo exige. Sólo así puede el ser humano “pagar” sus deudas con Dios. En el judaísmo, donde también vale la ley del “No robarás…”, significa lo siguiente: si el pago es imposible, la ley de Dios tiene que ser quebrantada, y esto es voluntad de Dios. Si no se quebranta, el creyente se hace deudor ante Dios, pues Dios puede perdonarle sus deudas, siempre y cuando él perdone las deudas de sus deudores y lo declare, por ello, deudor.
Esto es una teología del pago por parte de Jesús, la cual se encuentra totalmente en la lógica de la historia judía y está medianamente establecida en el orden institucional de los años del Sabbat y del Jubileo. Sólo ahora cada año es año del Sabbat.
El pago del salario
Jesús ofrece una parábola que problematiza el propio pago del salario:
Sucede con el Reino de los Cielos como con el dueño de una finca que salió muy de madrugada a contratar trabajadores para su viñedo. Se arregló con ellos para pagarles el salario de un día y los mandó a trabajar a su viñedo. Volvió a salir como a las nueve de la mañana y vio a otros que estaban desocupados en la plaza; les dijo: “Vayan ustedes también a mi viñedo, y les daré lo que sea justo”. Y ellos fueron. El dueño salió de nuevo a eso del mediodía, y otra vez a las tres de la tarde, e hizo lo mismo. Alrededor de las cinco de la tarde volvió a la plaza de nuevo y encontró en ella a otros que estaban desocupados y les dijo: “¿Por qué están ustedes aquí todo el día sin trabajar?”. Le contestaron: “Nadie nos ha contratado”. Entonces les dijo: “Vayan también ustedes a mi viñedo”.
Cuando llegó la noche, el dueño dijo al encargado del trabajo: “Llama a los obreros y págales comenzando por los últimos y terminando por los que entraron primero”. Se presentaron, pues, los que habían entrado a trabajar alrededor de las cinco de la tarde, y cada uno recibió el salario completo de un día. Llegaron después los primeros, creyendo