Con base en las anteriores observaciones transversales, que autorizan predicar que los cuatro tomos de la presente colección serán de utilidad para cualquier profesional que se dedique al cultivo y al ejercicio de las CSH, me permito entonces pasar a unas anotaciones generales sobre el contenido de cada uno de ellos.
El primero, denominado ¿Cuarta revolución industrial? Contribuciones tecnosociales para la transformación social, plantea y analiza, en sus 19 escritos organizados en 6 secciones, la discusión acerca de la influencia de la 4 RI sobre lo tecnosocial, así como el aporte que las CSH deben realizar en el análisis de las tensiones que allí se presentan. Si se califica como tecnosocial el estudio de la tensión entre ciencia, tecnología y sociedad, y se entiende por tecnociencia el análisis de la relación entre ciencia y tecnología, se puede afirmar que el objetivo principal del volumen es el estudio tecnosocial de las repercusiones de las actuales tecnociencias. Teniendo en cuenta que la tecnociencia y lo tecnosocial son conceptos que también se pueden aplicar a cualquiera de las revoluciones industriales anteriores, como la del vapor o la de la electricidad, el tomo se centra en observar cómo se presentan dichos conceptos de manera particular en la nueva era de los sistemas ciberfísicos, también llamada la era de la 4RI. Es decir, se busca determinar cómo están incidiendo las nuevas tecnologías sobre el tejido social, para lo cual se analiza la profunda alteración que se presenta en la metodología y, en general, en la forma de abarcar el estudio en las CSH. Esta profunda alteración, que bien puede suponer un cambio de paradigma, implica un mayor compromiso con la interdisciplinariedad y el hábito de manejar nuevos lenguajes como el de las matemáticas y, en particular, el de los algoritmos, para ampliar el conjunto de herramientas que puedan utilizarse con miras a analizar y comprender de mejor manera la complejidad social de nuestros días.
Uno de los aspectos interesantes del tomo es que no solo plantea discusiones teóricas generales sobre el papel de las CSH en esta nueva era, sino que se concentra en temas que podríamos denominar más específicos pero que, sin embargo, giran en torno de la misma problemática: ¿cómo la construcción de lo social y de áreas sociales específicas está siendo influida por la 4RI? Así, por ejemplo, algunos escritos se ocupan de la incidencia de las tecnociencias en la concepción de lo político y de los movimientos sociales, en la infancia y en la educación, o en la forma de buscar las interpretaciones de la realidad a partir de las bases de datos, sin que se descarte un tema trascendental, como es el de las tecnociencias abordadas desde la biotecnología disruptiva y las tecnologías de la vida, que tienen incidencias aún más complejas que las tecnologías habilitantes (Big Data, Internet, etc.), puesto que se relacionan con el estudio del genoma humano, de la vida y de la medicina.
El lector estará gustoso de leer, por ejemplo, sobre la forma en la cual se construyen ciberciudadanías, la que muestra la cohesión o desvertebración de los sistemas políticos en las redes sociales, su influencia en el comportamiento de las democracias, la manera como los y las niñas y los y las adolescentes interactúan con los nuevos repertorios tecnológicos, así como las repercusiones que estos últimos tienen sobre el sistema educativo, o sobre el imaginario que está cambiando la forma de percepción de la realidad, para solo citar algunos ejemplos.
En suma, y sin desconocer la atención que ha ganado el estudio de los avances y transformaciones tecnocientíficas que supone la 4RI en relación con la productividad y la competitividad, este primer tomo invita a reflexionar sobre las tensiones que dichos avances y transformaciones están generando y pueden llegar a generar en otras dimensiones de igual importancia para nuestra sociedad.
Respecto del segundo tomo, basta leer su título para entender su contenido y pertinencia: Políticas públicas y regulación en las tecnologías disruptivas. La relación entre los conceptos que anuncia el encabezamiento ha sido uno de los grandes problemas que presenta el tema, habida consideración de la poca regulación existente y de la influencia mayúscula de los “gigantes tecnológicos” en los primeros intentos de regularlo, lo cual se torna aún más complejo en razón de su característica transnacional. Dependiendo de la forma como ello ocurra se lograrán o no diseños de políticas públicas eficientes y democráticas, con lo cual se podrá constatar lo positivo o negativo de la 4RI. Como ha quedado claro desde el tomo anterior, el cambio que se está produciendo en todos los ámbitos sociales es realmente disruptivo. Si ello se presenta en sectores particulares, con mayor razón ocurre en las políticas públicas, que son las llamadas a establecer la influencia y las reglas de juego a todos los actores sociales.
En sus 17 escritos organizados en 3 secciones, el volumen analiza la relación entre tecnología disruptiva, regulación y políticas públicas, relación que se ve marcada por una necesidad comunicativa imperiosa entre los tres conceptos enunciados, pero al mismo tiempo por una gran desconfianza, en la medida en que la conjugación armónica entre ellos no es nada fácil de lograr. Como expresamente lo dice el profesor Tellez Cañas en la introducción, “las tecnologías sobre las que versan los trabajos incluidos en este tomo tienen un gran potencial en la mejora de la eficiencia, pero también tienen el potencial de afectar la igualdad y la privacidad de los ciudadanos”.
Exprésese de una o de otra manera la relación entre los tres conceptos en mención, su estudio y sus tensiones deben ser profundizados, lo cual hace precisamente el volumen. Si bien se acaba de expresar que se debe tener una dosis de resquemor frente a la expansión descontrolada de las tecnologías disruptivas, su existencia es de gran utilidad para la sociedad actual y también para las administraciones públicas que deben hacer uso de las mismas. No se puede aquí, ni en ningún otro campo, caer en fundamentalismos que respondan redondamente a la utilidad o no de las nuevas tecnologías disruptivas. De hecho, las opciones que ofrecen las nuevas tecnologías y su utilización mediante macro datos e inteligencia artificial para la legitimación de la acción administrativa, y aun de la privada, bien pueden permitir en todos sus ámbitos una mayor participación democrática de los ciudadanos y una transparencia y eficiencia en sus decisiones. No obstante, se puede constatar, gracias a la lectura del tomo y luego del análisis crítico de la situación nacional, el escaso avance que se tiene en el tema, lo cual permite proponer la formulación de políticas públicas que no profundicen brechas y que pueden ser de gran utilidad para la gobernanza digital con un alto contenido ético.
Los escritos del volumen corresponden a una mezcla de una variedad de facetas que, en buena medida, permiten y explican la clasificación que en su interior se presenta: de una parte, aspectos teóricos generales de las tecnologías disruptivas, la regulación y las políticas públicas; de la otra, el estudio, mediante ejemplos, de la forma en que se relacionan los tres conceptos en el uso por parte de la administración pública y la sociedad civil de tales tecnologías; y, finalmente, expresiones concretas de los retos que se presentan para la función reguladora del Estado. Así, por ejemplo, se pasa de estudios generales sobre la función y la injerencia que tienen o pueden tener las tecnologías disruptivas en la administración pública, su influencia en el derecho de los consumidores, en el medio ambiente o en el desarrollo sostenible, a estudios que se refieren a la oferta de servicios públicos como la energía, la defensa nacional, el transporte, el comercio o la diplomacia, para citar solo algunos, sin descartar los retos concretos que existen en regulaciones como el Blockchain, los Initial Coin Offering y las Security Token Offerings, así como la impresión 3D.
De la lectura del tomo se espera que el lector adquiera las herramientas suficientes que le sirvan de insumo a la hora de regular las tecnologías, así como en caso de estudiar propuestas concretas en temas como las criptomonedas y el comercio exterior. De igual manera, se espera que acceda a un marco de análisis sobre los potenciales usos de las tecnologías disruptivas en el diseño de políticas públicas y sus impactos en distintos fines de la administración pública.
El tercer tomo, denominado Derecho, innovación y tecnología: fundamentos para una Lex Informática, se ocupa de muy variados aspectos jurídicos planteados por los nuevos desarrollos tecnológicos en las áreas y la práctica del derecho. No se trata solo de la ya conocida discusión sobre si la justicia predictiva o dictada por algoritmos y robots podrá presentarse o no y, en caso afirmativo,