Considerada, pues, la R.A. como uno de los fenómenos nodales en la historia de las transformaciones de la estructura de ordenamiento social y político, nos hemos interesado en revisitar algunos aspectos de este proceso de R.A., tal como se desarrolla en Chile en la década de 1960-70; específicamente, este artículo trata acerca del proyecto y proceso de Reforma Agraria en su fase Unidad Popular (en adelante, R.A.-UP), mirado especialmente en un momento de plena realización, cual es el año 1971, apenas asumido el gobierno de Salvador Allende G. (1970-1973).
No es intención de este texto hacer una historia de dicha R.A.-UP, acerca de la cual se han escrito varios importantes textos, todos los cuales nos inspiran y sirven de apoyo7. En este breve artículo solo nos interesa realizar una revisión y reflexión del fenómeno de Reforma Agraria–Unidad Popular, comprendiéndolo, en primer lugar, desde un proceso histórico ampliado y como una fase específica de ese mismo proceso: fase en la que buscamos identificar y comprender la R.A.-UP como movimiento de «continuidad-y-diferencia» en tanto tercer momento de aplicación de las leyes de Reforma Agraria de los años 60 del siglo xx. En segundo lugar, buscamos visualizar el proyecto y la práctica de la R.A.-UP en un tiempo muy específico y muy especial de su historia: el año 1971: al modo de una suerte de «instalación histórica» de un escenario significativo y de un momento especial para leer y visualizar dicho proyecto en acción, cuando tanto el gobierno como las fuerzas sociales se ponen ampliamente en marcha tras el objetivo de finalizar y consumar la R.A., sin graves obstaculizaciones, aún... Un momento en que todos sus actores, sus palabras y sus acciones se visibilizan, permitiéndonos ver ampliamente el proyecto vivo, en pleno desarrollo, fenómeno que acompañaremos y presentaremos tal como lo podemos seguir a través de algunos textos y documentos testimoniales de esa época. En tercer lugar, buscamos significar el proyecto y las realizaciones de la R.A.-UP a través de la memoria de algunos de sus protagonistas, quienes hoy día revisitan y significan su experiencia vivida en aquellos años-UP en una localidad de Chile/Sur.
Al respecto, en este texto queremos plantear: a) que la Reforma Agraria-UP representa la continuidad de un tercer momento de la R.A. realizada en Chile en los años 60-70, respecto de la cual la fase UP correspondería a su momento de «culminación», expresado en el cumplimiento y «florecimiento» de un largo deseo y antigua relación entre tierra-y-campesino, que alcanzaba la hora de su plena manifestación como justicia redistributiva. b) Por otra parte, quisiéramos plantear que la R.A., especialmente en el período R.A.-UP, consistió no solo en un proceso de expropiación y de redistribución de tierra a trabajadores agrícolas, sino que dicha R.A.-UP estaba trabajando en la construcción de una Democracia Social y Territorial Ampliada (en adelante DSTA), que estaba sustentada sobre el proyecto, ya activo y en realización, de una participación amplia de todas las capas del campesinado, junto a otros sectores sociales dados en el habitar de una comuna o un territorio. DSTA que fuese capaz de construir las bases de un nuevo poder social capaz construir la hegemonía de una nueva modalidad de relación social agraria, basada en la tenencia y en formas cooperativas de producción y comercialización, sirviendo de barrera de contención del ancestral poder patronal hacendal y su lógica de dominio propio. c) Asimismo, deseamos mostrar y plantear que, respecto del «campesino reformado» propiamente tal, este habría vivido un proceso de profunda transformación identitaria hacia una «identidad campesina emancipada» respecto de su servidumbre ancestral; identidad presente hasta hoy y transmitida a través de su memoria personal y colectiva: huella y herencia imborrable de la R.A., especialmente en su fase R.A.-UP.
Finalmente, habría que plantear que esta reflexión histórica sobre el momento R.A.-UP la hacemos desde lo que denominamos «lengua de la memoria»: desde una «escritura-a-40-años-del-golpe-militar-y-civil» en Chile, que busca leer y comprender lo vivido desde su re-significación actual. Desde este lugar de nuestra lecto-escritura, hoy valoramos la gran tarea realizada en los 60-70 y, especialmente, la gran voluntad política puesta en el cumplimiento de una ley que, a partir de un mayoritario consenso democrático, buscaba reconducir la clásica intervención del Estado en el orden agrario hacia una justa redistribución de la tierra, beneficiando, por primera vez, a aquellos que ancestralmente entregaban a ella su vida y su cuerpo, cultivándola para todos. Desde esta valoración memorial, se puede apreciar, una vez más, la ilegitimidad del golpe violento que desconoció el cumplimiento histórico de una Ley de Reforma Agraria decisiva de la historia de Chile, haciendo borrón y cuenta nueva de su mandato por la vía de las armas y el terror: hecho ante el cual consideramos la necesidad de una justa revisión y reparación.
2. El secular pacto Estado-clase terrateniente
«Antes de la peluca y la casaca» fue el modo comunitario de vivir y producir en la tierra de AméricAmérica: habitación de pueblos, mayoritariamente, asentados en el suelo de su cultivo, trabajando colectivamente la tierra unidos por lazos de consaguinidad. Este modo de producción de la tierra en comunidad constituye la raíz profunda de AméricAmérica, violentada en la conquista y muy debilitada y arrancada de su raigambre en la apropiación colonial; pero siempre se mantiene latente su raíz, ante la posible oportunidad de su afloramiento y nuevo florecimiento…
Ocurrida esa violencia y ocupación colonial, el Estado español fue un ente protagónico en el proceso de conformación de la propiedad de la tierra y su régimen social de producción en América y Chile. Como se sabe, desde la conquista de América y durante toda la época hispano-colonial, el Estado metropolitano actuó apropiándose de toda la tierra americana y, en su calidad de tal soberano del territorio de América, realizó un íntimo pacto con los conquistadores y colonizadores privados, distribuyéndoles la tierra conquistada («mercedes de tierras») y entregándoles sus propios súbditos en custodia productiva, determinando su régimen de trabajo («encomienda de indígenas» o prohibición de encomiendas de indígenas, etc.), vigilando y controlando el proceso de conformación y transformación de dicho régimen de tenencia de tierras y de producción a lo largo de los tres siglos coloniales, definiendo, delineando y determinando, asimismo, la tenencia indígena de la tierra –a veces resguardando el «modo de producción de comunidad» indígena en los territorios donde dicha comunidad aún existía o fijando límites con las tierras de la «nación mapuche», etc.–, como asimismo determinando la tenencia privada de ella, así como de los territorios que se considerarían «fiscales» a través de una persistente doble política de «radicación indígena y de liberación de tierras fiscales», etc.: todos procesos de fuerte intervención estatal8. Aún más, el 27 de marzo de 1767 el Estado español decretó la expulsión de América de la orden de los Jesuitas, grandes poseedores de tierras, realizando lo que podríamos identificar como la «primera Reforma Agraria en América», a través de la cual el Estado español produjo una masiva expropiación de la propiedad agraria jesuita, tomando posesión de sus tierras americanas para luego proceder a redistribuirlas, en gran medida, a través del remate fiscal de las mismas, generando una importante movilidad de la propiedad de la tierra hacia fines del siglo xviii9. Interesa, así, enfatizar en el hecho de que a fines de la época hispano-colonial, aún convivían tipos distintos de tenencia de la tierra en América y Chile, coexistiendo