• Construcción de paz en torno al etnodesarrollo y la reparación colectiva. Reconocido como esencial en el contexto actual, debido a que con eso el FISCH busca posicionar su propuesta de paz regional en el diálogo con la institucionalidad y otros sectores, ser actor líder en el monitoreo y verificación de los acuerdos de paz en el marco de la negociación de paz nacional y posicionar la visión de etnodesarrollo y de reparación colectiva como elementos necesarios para una paz territorial en el Chocó.
• Equidad de género y participación de mujeres y jóvenes. Se pretende incentivar la participación y liderazgo de estas poblaciones en el interior de las organizaciones y trabajar en la construcción de estrategias y políticas públicas encaminadas a la reducción de las violencias basadas en género y la protección de los derechos de los jóvenes.
• Fortalecimiento organizativo. Mediante este se quiere cualificar la participación e instrumentos de democracia interna, planificación y gestión para la sostenibilidad de las organizaciones que integran el Foro.
En ese sentido, las demandas por la paz, el territorio y el desarrollo rural han sido constitutivas de las agendas políticas de las comunidades chocoanas pertenecientes al FISCH, y la movilización en torno a autonomía territorial y el reconocimiento de derechos étnicos y políticos diferenciados han guiado su trabajo en esta región. El FISCH forma parte del Conpa y su coordinador integró el equipo de la Comisión Étnica que viajó a La Habana para la negociación del “Capítulo étnico” y los apartados diferenciales en los puntos 1 (RRI) y 4 (cultivos ilícitos).
El FISCH también participó desde finales de 2017 (octubre-diciembre) en la construcción de los PDET en 14 municipios: Acandí, Unguía, Riosucio, Carmen del Darién, Bojayá, Medio Atrato, Istmina, Medio San Juan, Nóvita, Condoto, Sipí y Litoral del San Juan (en Chocó), y Vigía del Fuerte y Murindó (en Antioquia). Este proceso, que culminó con la suscripción de 14 pactos étnicos, 1954 iniciativas municipales y 73 subregionales priorizadas durante 2017, consistió en una serie de encuentros con la Agencia de Renovación del Territorio (ART), la Diócesis de Quibdó y organismos internacionales en los que se recogían las iniciativas de las comunidades como punto de partida para la gestión y administración de los recursos para la implementación del Acuerdo Final.
Estas experiencias locales, además de la historia organizativa, a la que hago referencia a lo largo del texto, responden a dos procesos jurídico-políticos de gran importancia para las dinámicas organizativas de comunidades negras en Colombia: el artículo transitorio (AT) 55 de la Constitución Política de 1991 y la Ley 70 de 1993. Con el primero, el Congreso de la República quedó obligado en la Constitución a expedir una ley que les reconociera a las comunidades negras que ocupaban tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la cuenca del Pacífico —de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción—, el derecho a la propiedad colectiva sobre las áreas que habrá de demarcar la misma ley. También estipulaba la conformación de una comisión especial en la que tuvieran participación representantes elegidos por las comunidades involucradas, así como la formación de cuatro comisiones consultivas que le harían recomendaciones a la comisión especial por cada uno de los departamentos de la cuenca del Pacífico: Chocó, Valle, Cauca y Nariño. La Comisión del Chocó estuvo integrada por la Asociación Campesina Integral del Atrato (ACIA), la Asociación Campesina del San Juan, la Organización de Población Negra de la Costa Pacífica, la Asociación Campesina del Alto Baudó, la Organización Campesina del Bajo Atrato (Ocaba), la Organización de Barrios Populares del Chocó y la Asociación Departamental de Usuarios Campesinos.
Por su parte, la Ley 70 de 1993 tiene como objetivo reconocerles a las comunidades negras el derecho a la propiedad colectiva. Establece mecanismos para la protección de la identidad cultural y de sus derechos como grupo étnico; también fomenta su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que obtengan condiciones reales de igualdad frente al resto de la sociedad colombiana. El Decreto 1745 de 1993 reglamentó el capítulo iii de esta Ley, en el que se hace referencia a los consejos comunitarios, figuras de máxima autoridad de administración interna en las tierras de las comunidades negras y, además, la máxima aspiración organizativa, ya que son vistos como la garantía para la autoridad propia. Los consejos comunitarios tienen dentro de sus funciones velar por la conservación y protección de los derechos de la propiedad colectiva y por la integridad de los territorios titulados a la comunidad; presentar y gestionar planes de desarrollo para sus comunidades; crear y conservar un archivo; administrar el uso, aprovechamiento y conservación de los recursos naturales; crear su propio reglamento, y establecer clara-mente las funciones de cada uno de sus miembros.
En Chocó, los consejos comunitarios tienen territorios colectivos en Acandí, Alto Baudó, Atrato, Bahía Solano, Bajo Baudó, Bojayá, Cértegui, Condoto, El Cantón de San Pablo, Litoral de San Juan, Istmina, Juradó, Medio Baudó, Medio San Juan, Nóvita, Nuquí, Quibdó, Río Iró, Río Quito, Riosucio, Sipí, Tadó, Unguía y Unión Panamericana. El Consejo Comunitario Mayor del Medio Atrato (Cocomacia) y el de la Asociación Campesina del San Juan son los que más hectáreas tienen tituladas colectivamente: 683 591 y 695 245, respectivamente (ANT, 2019).
De ese encuentro entre las narrativas estatales u oficiales con las agendas políticas de largo aliento del FISCH que se enmarcan en las luchas por la defensa de los territorios, surgen, para mí, muchas preguntas: ¿qué son, finalmente, los territorios?, ¿por qué son estratégicos para la construcción de paz y qué define el interés reciente del Estado en esta perspectiva territorial?, ¿quién define cuáles son luisa fernanda uribe larrota los procesos adecuados para alcanzar la lejana meta de la paz?, ¿cómo y en qué circunstancias se articulan las propuestas de paz y territorialidad gubernamental con las que tiene el FISCH desde hace, por lo menos, diecioho años?, ¿cuál es el contenido de la paz territorial en un contexto de agendas en torno a la autonomía territorial?
Mapa 1. Presencia territorial de los consejos comunitarios en el departamento del Chocó
Fuente: Portal de Datos Abiertos de la ANT.
Con esta investigación pretendo explorar cómo se articulan y cuáles son las tensiones entre las luchas étnicoterritoriales del FISCH y las iniciativas gubernamentales de construcción de paz dado que, por un lado, los primeros pasos en la implementación de los acuerdos han evidenciado una brecha muy grande entre el discurso oficial y las prácticas concretas que conducirían a la consolidación de escenarios territoriales de paz y, por otro, el FISCH es una organización que en sus dieciocho años de trabajo ha definido numerosas acciones para la protección de los territorios que integran el ahora “escenario estratégico” para la construcción de paz en el país (el departamento del Chocó). Como investigadora y antropóloga, comprender de cerca cómo se han configurado estas agendas políticas y cómo se relacionan con instituciones locales y nacionales, de cara a la consolidación de escenarios de paz, era un primer paso para llenar de contenido la apuesta de la paz territorial. Esto para reconocer su importancia, pero también sus límites en un contexto con muchas más necesidades que la articulación entre instituciones de diversos niveles.
Con luchas étnico-territoriales hago referencia a los espacios, estrategias y demandas definidos por las múltiples organizaciones que conforman el Foro en torno a cómo comprenden el territorio: un espacio de vida y para esta, o sea, para la consolidación de escenarios efectivos de paz. Las comunidades negras (e indígenas) del FISCH parten de que el territorio, más allá de la objetivación del espacio físico, es un entorno de vivencia cultural: “en el territorio tejemos y construimos relaciones familiares, comunitarias, económicas, administrativas, simbólicas, religiosas y espirituales con las plantas, el agua, los animales, el monte [...], en el territorio escribimos y reescribimos nuestra historia” (FISCH, 2015).
Según Hoffman (2007), “el territorio es actualmente una categoría jurídico-política, normativa y legal que condiciona el acceso a derechos específicos [...]. Designa las porciones de espacio que pueden solicitar en propiedad colectiva grupos constituidos y organizados, [...] a