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CHRISTIAN ROJAS CALDERÓN*
Potestades de la comisión de mercado financiero (CMF). Entre control y regulación de riesgo
RESUMEN
La Comisión del Mercado Financiero (CMF) es un servicio público descentralizado, de carácter técnico, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, entre cuyos objetivos principales está velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública; además de velar porque las personas o entidades fiscalizadas, desde su comienzo hasta el término de su liquidación, cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que las rijan. Este trabajo analiza las cuestiones generales de carácter institucional de la CMF, y avanza en una explicación acerca del modo como debe tomar sus decisiones en un escenario de alta complejidad como es el financiero, basado ya no en metodologías de control sino en metodologías direccionales o funcionales, también denominadas responsivas o receptivas.
PALABRAS CLAVE
Comisión de Mercado Financiero; Control; Decisión; Riesgo.
I. ANTECEDENTES
Como bien se sabe, la regulación de ciertos sectores de la economía constituye un tipo de actividad administrativa de intervención en este ámbito que, tradicionalmente, se entendía contenida en la clásica actividad de policía general (Esteve Pardo, 2018, pp. 355-357), y si bien la regulación siempre ha estado presente en la economía, hoy se presenta con unas características especiales (Cano Campos, 2009, p. 33), gatilladas probablemente a partir de los cambios sociales y tecnológicos con incidencia en el ordenamiento jurídico, que adquieren una especial importancia cuando tocan al interés público y al bien común que debe tutelar en principio el Estado, lo que se ha manifestado en transformaciones sociales que explican una nueva relación entre el Estado y la sociedad, cuestión que tiene implicancias políticas y en definitiva jurídicas. Al respecto, se ha señalado que la regulación económica consiste en la “supervisión continua de una determinada actividad, ordenándola y encauzándola tanto mediante decisiones de valor normativo como de otras de carácter ejecutivo que se refieren a la verificación o el control del complimiento de los requisitos previamente establecidos en las normas” (Cano Campos, 2009, p. 34).
Ahora, específicamente el modelo chileno de regulación y supervisión del sistema financiero chileno fue estructurado originalmente con base en superintendencias sectoriales, cuyas jefaturas son de carácter unipersonal dirigidas por un funcionario de exclusiva confianza del Presidente de la República1. Se trataba de un modelo de supervisión institucional o “por silos”, en donde el estatuto legal de las instituciones supervisadas define la órbita de sus competencias y sus objetivos de supervisión.
Dicho modelo, sin embargo, ya a inicios de esta década se estimó que estaba agotado. Al efecto, se generó una propuesta desde la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) para asumir los “(...) desafíos relevantes en relación a la estructura de regulación y supervisión financiera existente en nuestro país, ya que ante mercados cada vez más dinámicos e integrados, productos financieros de creciente complejidad y en constante evolución y con un acceso cada vez más masivo al mercado por parte de inversionistas y asegurados de distintos perfiles, resulta