FIGURA 1. DISTRIBUCIÓN DE LA MUESTRA EN LOS ESTUDIOS QUE OFRECE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
FIGURA 2. AÑOS DE EXPERIENCIA COMO DOCENTE EN EL SECTOR PÚBLICO
Ahora bien, frente a lo que atañe específicamente a este estudio, en las figuras 3 y 4 puede verse la cantidad de veces que los participantes han presentado la evaluación de desempeño docente, tanto la inicial de competencias presentada con lápiz y papel (que se desarrolló desde 2010 hasta 2014), como la ECDF (que ha tenido tres versiones hasta el momento), en la que se utiliza el video como elemento importante para mostrar la práctica pedagógica. En ambos casos, la repetición de la evaluación supera el 50%, lo que podría estar demostrando que, al estar ligada la evaluación al ascenso laboral y la reubicación salarial, la importancia de presentarla está más en estos aspectos que realmente en su carácter formativo y, por tanto, en la reflexión sobre la práctica pedagógica.
FIGURA 3. CANTIDAD DE VECES QUE SE PRESENTÓ LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS
FIGURA 4. CANTIDAD DE VECES QUE SE PRESENTÓ LA EVALUACIÓN ECDF
Para el análisis de los datos, en principio se realizó una organización de los rasgos evidenciados en las respuestas, que refirieran a cada una de las categorías definidas, en atención a la organización previa de las preguntas hechas respecto a cada una de estas: funciones de la evaluación de desempeño docente y práctica pedagógica. Para la primera categoría, las subcategorías e indicadores fueron emergentes; para la segunda categoría se tuvieron en cuenta las dimensiones de la práctica pedagógica propuestas por Tamayo (2017): macro, meso y micro pedagógica. Posteriormente se acudió a la elaboración de análisis con el programa Nvivo, referido a nubes de palabras por pregunta, recuento y frecuencia de estas. Estos análisis se cruzaron para obtener los resultados y la respuesta a la pregunta de investigación.
RESULTADOS
Los resultados de esta investigación comprenden aspectos teóricos, normativos y los identificados a partir de las respuestas que los docentes encuestados brindaron. Así, se presentan dos apartados con resultados referidos a la evaluación docente (funciones y normativas), otro con referencia a la teoría sobre práctica pedagógica y un último que comprende el análisis cualitativo de los resultados de la encuesta.
1. LAS FUNCIONES DE LA EVALUACIÓN DOCENTE Y EL CONTEXTO DE POLÍTICA EDUCATIVA EN COLOMBIA
La tendencia a nivel mundial, o al menos en América Latina, el Caribe, Europa y Norteamérica (Álvarez et al., 2015a; Cruz-Aguayo et al., 2020) es considerar la evaluación del desempeño docente como una de las herramientas para velar por el mejoramiento de la calidad de la educación que reciben los niños, niñas y jóvenes por parte de un sistema educativo, especialmente en los niveles de preescolar, educación básica y educación media. Esta idea ha ido en crecimiento, unida a la evolución de los marcos que van desde las buenas prácticas hasta las prácticas como objeto de investigación.
Ahora bien, según Díaz (2007, citado por González, Padilla y Vega, 2012), “la evaluación tiene un fuerte sentido político, económico y social” (p.184), lo que le confiere un papel fundamental para entender los cambios en los sistemas educativos. En este mismo sentido, Meuret (2004, citado por Álvarez, et al., 2015a) señala que
Los programas de evaluación de desempeño pueden jugar un papel importante para la regulación de las políticas educativas en términos de conocer las prácticas efectivamente realizadas, definir objetivos al nivel institucional e individual, acompañar a los agentes a alcanzarlos. Estas son algunas de las funciones que pueden tener incidencia en la calidad de la educación (p. 11).
En este contexto, conviene hacer una breve reseña de los objetivos que la legislación colombiana confiere a la evaluación docente para, desde allí, ubicar el surgimiento de la expresión “evaluación formativa” en el contexto particular de la evaluación del desempeño docente.
El artículo 26 del Decreto Ley 1278 de 2002 señala que la carrera docente en Colombia debe someterse a procesos de evaluación permanente. Además, indica como característica de la evaluación: la verificación de los niveles de idoneidad, calidad y eficiencia de los docentes y directivos evaluados. A partir de esto se toman decisiones respecto a permanencia en el cargo, ascensos en el escalafón y reubicaciones en los niveles salariales dentro del mismo grado.
En el artículo 28 del mismo Decreto se explicitan como objetivos de la evaluación:
a. Estimular el compromiso del educador con su desarrollo profesional, su rendimiento y la capacitación continua, en búsqueda del mejoramiento de la calidad de la educación.
b. Conocer los méritos de los docentes y directivos docentes y comprobar la calidad de su actuación frente al estudiantado y a la comunidad, en lo atinente al desempeño de sus funciones.
c. Medir la actualización pedagógica y los conocimientos específicos, con el fin de detectar necesidades de capacitación y recomendar métodos que mejoren el rendimiento en su desempeño.
d. Estimular el buen desempeño en el ejercicio de la función docente mediante el reconocimiento de estímulos o incentivos.
e. Establecer sobre bases objetivas cuáles docentes y directivos docentes deben permanecer en el mismo grado y nivel salarial o ser ascendidos, reubicados en el nivel salarial siguiente, o separados del servicio, por no alcanzar los niveles mínimos de calidad exigidos para el desempeño de las funciones a su cargo (MEN, Decreto Ley 1278 de 2002).
Es de anotar que con la adición del Decreto 1757 de 2015, propuesto como reglamentación parcial y transitoria del decreto explicado anteriormente, en temas de evaluación docente, ascenso de grado y reubicación de nivel salarial, se comenzó a hablar de una evaluación de carácter diagnóstico formativo. Mediante el Decreto 1657 de 2016 esta evaluación usada para valorar la práctica educativa, pedagógica, didáctica y de aula (evaluación de desempeño) se ratificó y se incorporó al Decreto Único Reglamentario del Sector Educación (Decreto 1075 de 2015), manteniendo lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Ley 1278.
Este cambio en la normatividad, materializado en lo que los educadores y el contexto educativo en general ubican como “la incorporación del video”, tiene de trasfondo dos cambios específicos: el paso de unas pruebas hechas a lápiz y papel a pruebas mediadas por tecnologías audiovisuales (uso del video) y tecnologías digitales (disposición de plataformas para montaje de información), y un tránsito entre funciones de la evaluación. No en vano la comisión técnica nacional, que hace parte de la comisión tripartita, ha reiterado que es importante avanzar en:
(…) la precisión de las funciones y alcances de la evaluación y en el uso de sus resultados para definir el ingreso, permanencia y promoción del docente en el